Busca en el Blog

Thursday, August 8, 2013

BENEFICIO DE GRATUIDAD

BENEFICIO DE GRATUIDAD


NOCIÓN.-     Consiste en la gracia por la cual determinadas personas tienen derecho a litigar gratuitamente, a hacer valer algún derecho fuera de la vía contenciosa aunque tuviere lo indispensable para subsistir.

DEMANDA.-            Se formula ante el juez que conociere o debiere conocer de la causa principal. quien la sujetará al trámite del proceso sumarísimo. Si estuviere en curso el proceso principal, él no se interrumpirá, debiendo sustanciarse la solicitud del beneficio como incidente en cuaderno separado, e) cual se adjuntará al principal una vez resuelta la solicitud. Conc. 82, 146, 318 C. Pdto. Civil.


No comments:

Post a Comment