CONTRATO
DE COMPRAVENTA CONDICIONADA DE VEHÍCULO SUSCRITO ENTRE UNA FIRMA COMERCIAL
IMPORTADORA Y UN CLIENTE
CONTRATO DE
COMPRAVENTA N2
Conste por el presente documento
privado que podrá ser elevado a instrumento público a requerimiento de
cualesquiera de los contratantes, que, entre nosotros: (nombre de la empresa
comercial), debida y legalmente representada por el señor ……………. y que en la redacción de este contrato
se denominará el “VENDEDOR”, por una parte y, el (los) señor (es)……….. por
otra, domiciliado(s) en a ciudad de …………….. calle, ………… N° …….. con C.I. N° …………… y ……………….. respectivamente, que
se denominará(n) el (los) “COMPRADOR” (ES), hemos convenido de nuestra libre y
espontánea voluntad en formalizar un “CONTRATO DE COMPRAVENTA” CONDICIONAL de
vehículo motorizado, en los términos y condiciones siguientes;
Primera.- El VENDEDOR, da en calidad de venta
condicionada al pago del precio total, al (los) COMPRADOR (ES) de las generales
arriba indicadas, un(a) (camión-camioneta) etc., marca ……………. tipo …………… modelo
……….. color …………… motor N°………. Chasis N° ……………….. Capacidad de ……………… placa N°
………… que el (los) COMPRADOR(ES) declara(n) expresamente haber recibido a su
entera satisfacción con los accesorios y herramientas correspondientes en
perfecto estado y buenas condiciones de funcionamiento, después de haber
efectuado las pruebas y revisiones de su conveniencia; en consecuencia, sin
lugar a reclamo posterior de su parte, sobre el estado del vehículo.
Segunda.- El precio libremente convenido para
esta compraventa es de (generalmente en dólares americanos) ($us ) por el vehículo puesto en
(almacenes-aduana. etc.). El (los) COMPRADOR (ES) al aceptar esta compraventa
condicional, tal como se estipula en este documento, se obliga(n) y
compromete(n) a pagar el precio convenido, en la siguiente forma: un pago
inicial de ……………… ($us ……………) a tiempo de suscribir este contrato y que el
VENDEDOR declara haber recibido a su plena satisfacción, según consta del
Recibo de Caja N° ………………, otorgado en fecha …………………
El saldo de ……………. ($us ……………)
deberá(n) cubrir o pagar mediante ………….. cuotas mensuales aceptadas por el
(los) COMPRADOR(ES) con las siguientes fechas de vencimiento:
Cuota N°
……………………….. con vencimiento …………………. $us
………………..
Cuota N°
……………………….. con vencimiento …………………. $us
………………..
Cuota N°……………………….. con vencimiento …………………..$us ………………..
Cuota N°
………………………. con vencimiento …………………. $us ………………..
Cuota N°……………………….. con vencimiento …………………. $us ………………..
Cuota N°
………………………. con vencimiento ………………… $us
………………..
Cuota N°……………………….
con vencimiento ………………… $us ……………....
$us ……………….
Se deja expresa constancia, que:
cualquiera de las cuotas indicadas anteriormente no canceladas o cubiertas en
las fechas de su vencimiento, devengarán un interés del ………….
por ciento ………………. mensual
sobre el monto adeudado, total o parcial y que se computará por todo el tiempo
que se demore(n) el (los) COMPRADOR(ES) en levantar o cancelar la obligación
pendiente. Bastará, sin embargo, que el (los) COMPRADOR(ES) dejen(n) de pagar
cualquiera de las anteriores cuotas en su respectivo vencimiento, para
conceptuar plazo vencido, todo el saldo que arroje el resto de las obligaciones
y sea ejecutivamente exigible el pago, con sólo este documento reconocido ante
juez competente de acuerdo con el artículo 1297 e inciso 2) del Art. 319 del
Código de Procedimiento Civil, sin necesidad de correr formalidad alguna con
las demás cuotas.
Tercera.- No obstante de suscribirse el
presente contrato estipulándose el pago de las sumas señaladas en dólares
americanos, el VENDEDOR aceptará el pago de dichas sumas en moneda nacional,
al tipo de cambio vigente en el día en que se efectúe el pago, cualquiera que
haya sido la cotización del dólar americano en el momento de suscribirse el
contrato. El(los) COMPRADOR(ES) deberán presentarse en las oficinas del VENDEDOR
o del Banco al cual se hubieran remitido las letras de cambio en cobranza si
son aceptadas accesoriamente por el (los) COMPRADOR(ES) para pagarlas
precisamente en la fecha de cada vencimiento, sin obligación por parte del
VENDEDOR de pasarle(s) aviso previo.
Cuarta.- Queda expresamente convenido con el (los)
COMPRADOR(ES) que el derecho de propiedad sobre el vehículo, materia de este
contrato condicional, se perfeccionará sólo cuando haya(n) pagado la totalidad
de las cuotas estipuladas en la cláusula segunda, por consiguiente, al suscribir
este documento tanto el VENDEDOR como el (los) COMPRADOR(ES) están de acuerdo
en oficiar a la Dirección de Tránsito, comunicando que el Carnet de Propiedad,
sólo podrá ser expedido a favor del (de los) segundo(s) cuando el precio del
vehículo haya sido cancelado en su totalidad, lo que se acreditará mediante
certificación otorgada por el VENDEDOR, quedando mientras tanto éste como
propietario absoluto del vehículo referido y ampliamente facultado para
recogerlo de hecho del (de los) COMPRADOR(ES) o de quien tenga en su poder, o
donde se encuentre sin necesidad de notificación alguna, orden judicial,
policial o de otra autoridad por sólo falta de pago de alguna de las cuotas
cuyo detalle aparece en el presente documento.
Producido el recojo del vehículo,
por incumplimiento, el VENDEDOR podrá disponer de él a su elección, venderlo a
terceras personas, utilizarlo en sus servicios, desarmarlo y, en fin, hacer lo
que le conviniese libremente sin que el (los) COMPRADOR(ES) tenga (n) derecho
a reclamación alguna, judicial o extrajudicial. El estado en que haya sido
recogido el vehículo por el VENDEDOR, será constatado por el Técnico Mecánico
que designe “(la entidad vend.)” cuyo peritaje reconoce (n) el (los) COMPRADOR
(ES) y que tendrá valor judicial o extrajudicial para ambas partes sin
reclamación, queja o apelación alguna y se tendrá como confesión judicial
referida en el Art. 403 y Apartado II del Art. 404 del Código de Procedimiento
Civil. Queda también convenido y aceptado por ambas partes contratantes que la
diferencia que existiera entre el justiprecio del vehículo
hecho por el perito y lo adeudado por
el (los) COMPRADOR(ES) será ejecutivamente exigible, sin necesidad de otra
formalidad.
No comments:
Post a Comment