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Friday, January 24, 2014

OTRO MODELO DE ESCRITURA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES

OTRO MODELO DE ESCRITURA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA
En el registro de escrituras públicas que corre a su cargo, sírvase insertar una de constitución de sociedad en comandita por acciones, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
Primera.- Dirá Ud., que nosotros: A , mayor de edad, casado, co­merciante, domiciliado en la calle ……………. N°……….. de esta ciudad, C.I. N°…………. B, mayor de edad, soltero Auditor Financiero, domici­liado en la Av. ……………. N°…….. de esta misma ciudad, C.I. N°……………; C, mayor de edad, casado, Administrador de Empresas, domici­liado en la calle ………… N°……….. de esta misma capital, C.I. N°………… y D; mayor de edad, divorciado, Economista, domiciliado en la Av.  ……………… N°……… de esta misma ciudad, C.I. N°…………. , todos hábiles por derecho, hemos acordado en celebrar el presente con­trato de constitución de una sociedad en comandíta por acciones, que girará bajo la razón social de “………….” S.C.A., con domicilio legal y sede social en la calle …………….. N°…………. de la ciudad de ……………….. pudiendo establecer sucursales y agencias tanto en el interior como en el exterior de la República.
Segunda.- El plazo de duración de la Sociedad será de (tantos) años com­putables desde su inscripción en la Dirección General de Registro de Co­mercio y Sociedades por Acciones.
Tercera. Tendrá por objeto la compra y venta de obras de arte, artículos suntuarios, artísticos y decorativos, así como la importación y exportación de mercaderías afines al ramo. La Sociedad goza de plena capacidad jurídica, pudiendo, por tanto, ejecutar los actos, contratos u operaciones relacionados con los fines que persigue.
Cuarta.- El capital social se fija en la suma de …………. 00/100 BOLI­VIANOS (Bs. ……………) totalmente pagados en dinero efectivo, de los cuales corresponde (tantos) 00/1 00 BOLIVIANOS (Bs.…………..), al capital coman­ditario, dividido en (tantas) acciones ordinarias, de valor nominal de (tan­tos bolivianos cada una. Y al capital comanditado corresponden (tantos) 00/1 00 BOLIVIANOS (Bs. ………….), La acción ordinaria da derecho a un voto, siendo nominativa no endosable. Se extenderán en títulos con la firma de socio comanditado y síndico, pudiendo representar cada título más de una acción. EL CAPITAL COMANDITARIO es aportado en dinero efectivo en este acto y de acuerdo al siguiente detalle: (nombres y apellidos de los socios comanditarios capitales aportados número de acciones porcen­tajes.
Quinta.- El capital social podrá ser aumentado hasta el límite del capital autorizado, respetando el derecho preferencial de los accionistas, quie­nes, de conformidad a lo previsto por el Art. 255 del Código de Comercio, podrán suscribir nuevas acciones en proporción al número que posean.
Sexta.- La administración y representación de la Sociedad será ejercida por el socio comanditado (llamado también socio gestor o colectivo), Sr. …………….. quien se desempeñará como Gerente General y ac­tuará con las más amplias facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluyendo aquellas para las cuales la ley requiere poder especial, conforme a los artículos 810 y 811 del Código Civil. Podrá cele­brar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento de los objetivos señalados en el presente contrato y los res­pectivos Estatutos; entre ellos, operar con los Bancos del Estado y Central de Bolivia, y demás instituciones de crédito, oficiales o privadas; estable­cer sucursales o representaciones dentro o fuera del país, y en general, todo otro acto que tenga relación o beneficie a los fines sociales, no sien­do la enunciación precedente taxativa ni limitativa.
Séptima.- La fiscalización estará a cargo del Síndico titular, elegido por la Asamblea Ordinaria, la que, de la misma manera, elegirá un suplente para cubrir la vacancia del cargo. El Síndico durará (tantos) años en sus fun­ciones, pudiendo ser reelecto.
Octava.- Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias serán convocadas para tratar, respectivamente, los temarios previstos en los artículos 285 y 286 del Código de Comercio, citándoselas mediante, avisos publicados en un periódico de amplía circulación nacional, durante tres días discontinuos, debiendo el último realizarse cuando menos cinco días y no más de treinta, antes de la reunión, conforme lo dispone el Art. 288 del mismo Código.
Novena.- Las Asambleas Ordinarias tendrán quórum con la presencia de socios que representen más del cincuenta por ciento (50%) de acciones con derecho a voto. Para las extraordinarias, será necesaria la represen­tación de las dos terceras partes. Las resoluciones, se tomarán por la mayoría de votos de los socios concurrentes que no se encuentren impe­didos de emitir en relación al asunto sometido a decisión.
Décima.- En caso de segunda convocatoria a Asamblea Ordinaria, ésta funcionará válidamente con el número de accionistas presentes con dere­cho a voto. Dicha convocatoria se hará conforme a lo previsto en el Art. 288 del Código de Comercio, pudiendo reducirse a dos el número de pu­blicaciones, la última con tres días de anticipación al verificativo de la re­unión, haciendo constar que se trata de una segunda convocatoria.
Décima primera.- Al solo efecto de cómputo del quórum y del ejercicio del derecho de voto en las Asambleas, el capital comanditado se considerara dividido en cuotas de (tantos) bolivianos cada una de valor nominal, con derecho a un voto por cuota.
Décima segunda.- El Balance General se practicará en fecha 31 de di­ciembre de cada año, a cuya fecha se confeccionarán los estados conta­bles conforme a disposiciones legales en vigencia y normas técnicas. De las ganancias que resulten, se destinarán el cinco por ciento hasta alcan­zar el veinte por ciento del capital suscripto, al Fondo de Reserva Legal. a remunerar al Administrador y Síndico y el saldo a dividendos en propor­ción al capital suscripto por cada uno de los socios.
Décima tercera.- Disuelta la Sociedad por los motivos señalados en los Estatutos, ésta será liquidada por el Administrador, bajo la vigilancia del Síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital aportado, el rema­nente se distribuirá entre los socios a prorrata del capital integrado por cada uno.
Se autoriza al socio comanditado señor ……………. para que gestione la aprobación de la escritura constitutiva y estatutos sociales e inscripción de la Sociedad en la Dirección General de Registro de Comercio y Socieda­des por Acciones, estando facultado para aceptar o proponer modificacio­nes.
Décima cuarta.- Nosotros: A; B; O y D; declaramos nuestra plena conformidad con todas las cláu­sulas suscritas en la presente minuta, para su fiel cumplimiento.
Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad a tiempo de extenderse la escritura pública correspondiente, para su validez.
Lugar y fecha.


            Fdo. …………….   Fdo. ……………   Fdo. ………….    Fdo. ………

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