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Tuesday, April 15, 2014

MODELO DE ESTATUTOS PARA SINDICATOS DE TRABAJADORES - CAPITULO 12

CAPITULO XII
De las comisiones
Art. 37.- El Sindicato tendrá comisiones permanentes nombrados por el Directorio, para un período de (tantos) meses y cada comisión estará inte­grada por tres miembros.
Estas comisiones son:
Comisión de Previsión y Asistencia Social.
Comisión de Trabajo y Conflictos Laborales.
Comisión de Cultura Sindical y Propaganda.
Comisión de Administración y Vigilancia.

Estas comisiones, en sus funciones y atribuciones, se sujetarán a las nor­mas, previsiones y disposiciones establecidas en el Reglamento Interno del Sindicato.

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