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Thursday, May 22, 2014

INSTRUCCION DE PODER ESPECIAL AMPLIO Y SUFICIENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES DE GERENTE GENERAL DE UNA EMPRESA O SOCIE¬DAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

……………. fueron presentes en esta oficina ……………. los señores: …………….. con cédula de identidad N°…………………… otorgada en ……………., y …………….., con cédula de identidad N°………………. otorgada en ………………, ambos mayores de edad, de profesión ingenieros civiles, domiciliados en la calle …………………. N°………………….. el prime­ro, y en la Av. ……………….. N°…………. el segundo, hábiles por derecho, a quienes de conocerlos doy fe, y dijeron: Que en sus calidades de socios de la EMPRESA CONSTRUCTORA “SCALA S.R.L.”, con domicilio legal en esta ciudad, confieren poder especial, amplio y suficiente, cual por derecho se requiere, en favor de su socio Lic. ……………………. con cédula de identidad N°……………… otorgada en ……………………., domi­ciliado en la calle ……………… N°……….., para que en su calidad de GE­RENTE GENERAL DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA “SCALA S.R.L.”, designado mediante Asamblea Ordinaria de fecha ……………….. de ……………….. de …………… según la cláusula ………………… de la escritura ……………… de constitución N°…………. de ……….. de …………. de ………., suscrita por ante Ud. mismo señor Notario (o por ante tal Notaría de Fe Pública), en nombre y representación de la Empresa, con suficiente personería, actúe y admi­nistre la sociedad como tal, conduciendo los negocios, intereses, bienes y derechos en general de la misma, teniendo a su cargo el uso de la firma social, con las facultades inherentes al ejercicio de sus funciones y las especiales de: a) Representar a la sociedad, judicial o extrajudicialmente, ante cualquier clase de autoridades civiles, políticas, administrativas, mu­nicipales, judiciales, laborales, policiarias, agrarias, mineras, del trabajo, militares, aduaneras, hacendarías, tributarias, industriales, comerciales, bancarias, y de cualquier otra índole, del país o del exterior, así como también ante cualquier clase de personas individuales o naturales, colec­tivas o jurídicas, entidades públicas o privadas, centralizadas o descentra­lizadas, fiscales, autárquicas, semiautárquicas, autónomas, estatales, mix­tas, nacionales, extranjeras o internacionales; representar en forma espe­cial ante la Cámara de Comercio y Cámara de la Construcción; b) com­prar, ceder, permutar y transferir toda clase de bienes muebles o inmuebles, equipos, vehículos, materiales, mercaderías, productos y demás bienes de la Sociedad o para la Sociedad; c) Importar y exportar, realizar despa­chos aduaneros, firmando pólizas y toda clase de documentos; firmar co­rrespondencia, retirar y recoger cargas, encomiendas, paquetes posta­les; d) Solicitar y realizar cualquier operación bancaria con los Bancos nacionales o extranjeros que operen en el país y/o en el exterior, pudiendo abrir cuentas corrientes o de ahorro, manejarlas y operar en dichas cuen­tas, suscribiendo y librando cheques y endosando los mismos; depositar, cobrar y protestar letras de cambio, libranzas, pagarés y otros documen­tos y títulos valores mercantiles; solicitar y contraer créditos directos en cuentas corrientes, avances, sobregiros, financiamientos, aceptaciones, boletas de garantía, apertura de acreditivos o créditos documentarios de cualquier clase y bajo cualquier modalidad, cartas de crédito o de garan­tías; obtener avales y fianzas en respaldo de compromisos y obligaciones de la Sociedad; solicitar y obtener préstamos y financiamientos y contraer toda clase de obligaciones en moneda nacional, en dólares norteamericanos u otra clase de moneda extranjera ante personas o entidades particu­lares, privadas, públicas, estatales o de otra clase, ante entidades banca­rias o financieras y de crédito nacionales, extranjeras o internacionales o ante firmas exportadoras, importadoras, vendedoras, proveedoras, de bie­nes, equipos, materiales, maquinarias, mercaderías, etc., y negociar, acep­tar, convenir y estipular montos, intereses, comisiones, plazos, formas de pago, garantías y demás términos, condiciones y modalidades, incluyen­do la aceptación de condiciones especiales o exigencias que pudieran hacer los acreedores en protección de sus derechos, aunque impliquen limitaciones o restricciones para la Sociedad y formalizar y suscribir los correspondientes contratos; e) Otorgar como respaldo o garantía de prés­tamos, créditos y demás obligaciones que adquiera o contraiga a nombre de la Sociedad, garantías personales o los bienes de la Sociedad en ga­rantía hipotecaria, prendaría con o sin desplazamiento, depósitos, etc., títulos, valores u otra clase de garantías de cualquier índole; f) Realizar, en suma, toda clase de actos, celebrar, suscribir y formalizar de modo general, toda clase de documentos constituyendo sociedades accidenta­les o de cuentas en participación y contratos, civiles, mercantiles, adminis­trativos, laborales etc., y negociar, acordar y estipular el objeto, monto, precios, plazos, formas de pago, participaciones, porcentajes, comisio­nes, garantías y demás modalidades y condiciones de los mismos, cua­lesquiera que fuesen y proceder a su firma y celebración, sea en docu­mentos o instrumentos públicos y privados, títulos, valores y de cualquier otra calidad, naturaleza, género o especie; extender y suscribir minutas, escrituras, protocolos y todo cuanto se requiera al efecto, pudiendo prorrogarlos, renovarlos, ampliarlos, complementarlos, resolverlos, rescindir­los, etc., cuando corresponda; g) Nombrar uno o más apoderados para encargarse de los asuntos judiciales de la Sociedad y otorgarles poderes especiales para acciones, juicios y pleitos, fijándoles atribuciones y facul­tades necesarias y suficientes para dicho objeto; también podrá otorgar poderes especiales en favor de agentes despachantes de Aduana y en favor de cualesquier otras personas para trámites y gestiones especiales, poderes éstos que podrá revocarlos cuando así lo crea conveniente; h) En caso de impedimento o ausencia temporal del Gerente General podrá sus­tituir total o parcialmente el presente poder, sólo en favor de uno de los socios de la Sociedad, pudiendo reasumir todas sus facultades o atribu­ciones en cualquier momento, sin necesidad de requerimiento o formali­dad especial. En su testimonio así dijeron, lo aprueban y ratifican previa lectura de su contenido de principio a fin, sin observación alguna, firman­do con los testigos instrumentales ciudadanos ………………….. y ………………., mayores de edad, hábiles por derecho, capaces al afecto, de lo que doy fe.

(Nota: En la protocolización del correspondiente poder, a continuación se insertará el tenor del Acta suscrita por los socios en Asamblea General Ordinaria, por la cual se designa GERENTE GENERAL al socio que debe desempeñar tales funciones, de acuerdo a las facultades conferidas en el mandato y de conformidad a las estipulaciones contenidas en el docu­mento de constitución de la Sociedad).

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