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Tuesday, September 30, 2014

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR - II

Quinta.- (Pago del anticipo).  De acuerdo al artículo 78 del DL. 15192 de 15 de diciembre de 1977, se concederá a EL CONTRATISTA un anticipó del veinte por ciento (20%) del monto total del contrato con la garantía de correcta inversión del anticipo mediante Póliza de Seguro No_______ de fecha______ de_____ de19_______, otorgada por la Compañía de Seguros  "______________", extendida en esta ciudad, en favor del  CONES con plazo de vigencia de ______- meses, por un monto de ________________ (____________); esta suma será reducible en la proporción del veinte por ciento (20%)  de cada una de las planillas qu se  cancelen por concepto de avance de obra hasta cubrirla totalmente.  Se deducirán también de cada una de las planillas de pago por avance de obra, el diez por ciento (10%) como garantía de buena ejecución, cuyo monto será devuelto a EL CONTRATISTA a la firma del Acta de Recepción Definitiva de la Obra, previa deducción de las multas u otras penalidades a que hubiera lugar y que se establecen en este contrato y en las leyes que rigen los contratos del Sector Público.

Sexta.- (De los Reajustes).  Los precios de este contrato no serán modificados poro ninguna causa salvando el hecho de que dentro del plazo fijado en la cláusula séptima del presente documento el  Supremo Gobierno aprobara disposiciones legales de reajuste y que obliguen a el CONES  el pago de este reajuste que puede producirse por incremento de sueldos y salarios o modificación del tipo de cambio con relación al patrón monetario nacional.  Estos reajustes legales de los precios de las propuestas serán aplicados en los detalles de precios unitarios así con dispuestos y presentados  que sean por  EL CONTRATISTA únicamente en ellos ítems sobre los cuales  incide la variación y no sobre el precio total de este contrato.  Se tomarán en cuenta para esto reajustes el cronograma de trabajo en vigencia y los artículos _______y ______ de D. S. No________ DE__________,  siempre que no fueron enojados o en su caso la aplicación expresa de la disposición de incrementos que se sancionara en el curso de vigencia de este contrato se contrata y suscribe.

Estos reajustes se aplicará sólo sobre la parte que falta por ejecutar de la obra conforme al cronograma de trabajo.

Séptima.- (Plazo de entrega ).  El plazo estilado pro la entrega de la obra terminada es de _____ días calendario (_________) que se computará a partir de los _______- días de la entrega del pago por concepto de adelanto que se le proporcionará a EL CONTRATISTA, vencido este plazo de _________ días sin que se hubieran iniciado las obras o vendidos los _____ días sin que se haya terminado la construcción según el pliego de multas por mora del _______ por mil (_______0/00) sobre el monto total del contrato por cada día calendario de atraso, sin necesidad de requerimiento alguno y el  CONES podrá seguir la acción coactiva    con el  informe evacuado por el Supervisor de Obras tanto por el retraso como por las imperfecciones si las hubiese o, utilizar en su caso, los dineros de la deducción que se haga en planillas de garantía retenidas cono la determinación de la Dirección Ejecutiva.  Se descontará para el cómputo de la mora el tiempo de demora en el cancelación de las planillas por parte del CONES  si este pago no se efectúa en _______ días hábiles de presentado, salvándose las observaciones que pudieran hacerse por los Departamento Técnicos, Control de Gestión y  Administrativo que deben corregirse por la Empresa dentro de estos_________ días.

Octava.- (Garantías de cumplimiento y buena ejecución ):  EL CONTRATISTA garantiza la ejecución de la obra  y el fiel cumplimiento de este contrato con la póliza de seguro No. ______, emitida por la Compañía de Seguros  "_____________", en fecha_________ de_______ de 19____ á la orden del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares por el valor de _____________ (__________), cono una vigencia de _________- meses, equivalente al 10% (diez por ciento) del  valor total de la obra y que en caso de rescisión será consolidado en favor del CONES, sin lugar a reclamación alguna de excepción dilatoria o perentoria.  Además se garantiza la buena ejecución de estos trabajos con la póliza de seguro No_________ , expedida por el Empresa de Seguros  "___________" en fechas __________ de  _________de 19_____ con vigencia de ________ meses, desde el _________ de __________ de19_______ hasta el________ de ________ de19_____ por un monto de__________  (_______) correspondiente al diez por ciento (10%) del monto total.

En cumplimiento de disposiciones legales vigentes se hace extensiva la responsabilidad por servicios ocultos de construcción  por el periodo de tres  años, en este caso será de aplicación la vía juridicidad ordinaria o la coactiva a elección de los organismos que representan al Supremo Gobierno conforme a las prescripciones contenidas en el Decreto Ley N° 14933 de 29 de septiembre de 1977 y las disposiciones concordantes relativas a la materia.


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