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Monday, December 22, 2014

ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL EN COMANDITA POR ACCIONES

ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL EN COMANDITA POR ACCIONES

SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA

 En el registro  y escritura publica a su cargo, se ha de servir insertar una de constitución de sociedad mercantil en comandito por acciones, conforme a las siguientes estipulaciones:

Primera.- Nosotros, AA. BB. CC.. D.D E.E. FF.  Y GG. mayores de edad, comerciantes, de este vecindario, hábiles pro derecho, mediante el presente instrumento, hemos resuelto constituir una sociedad mercantil en comandita por acciones que girará bajo la razón social del "______________" S.C.A., con domiciliado en la calle "___________" No.___ de la ciudad de _______, pudiendo establece sucursales, agencias y despachos en otras capitales y regiones del interior de la República que se estime conveniente, a propuesta del Gerente General de la Empresa.

Segunda.- Serán socios colectivos (gestores) don FF. y don GG.,, los demás serán comanditarios, estando sus capitales representados por participaciones comanditarias.

Tercera.- El objeto de la Compañía será la fabricación de jabones, pastas desinfectantes, lociones y otros producto del mismo rubro, pudiendo también dedicarse a los negocios que acuerden los socios gestores, de acuerdo al informe favorable que emita por escrito el Gerente General, con  la correspondiente aprobación de la Junta de la Sociedad.

Cuarta.- La sociedad constituye por un plazo de (tantos) años, a contar de la fecha de suscripción de l presente escritura.    Este plazo será prorrogable según acuerdo de la misma Junta de Asociados.

Quinta.- El capital se fija en _______oo/100BOLIVIANOS(Bs._____).  Los socios colectivos (gestores)Sres.  FF. Y GG., contribuye a dicho capital social, con la suma de (tantos) oo/100 BOLIVIANOS (Bs.______)cada uno de ellos, los que son aportados al suscribir el presente instrumento, en dinero efectivo y de curso legal y corriente.

El resto del capital estará representado en (tantas)  acciones comanditarias, de (tantos)  oo/100 BOLIVIANOS (Bs.______) cada una, suscrita y satisfechas en dinero efectivo, en forma siguiente:

Don       AA.             suscribe              (tantas)             acciones.
Don       BB.             suscribe              (tantas)              acciones.
Don       DD.             suscribe              (tantas)              acciones.
Don       CC.             suscribe              (tantas )              acciones.
Don       EE.              suscribe              (tantas)              acciones.

Las acciones serán nominativas y endosables, irán numeradas correlativamente y firmadas por los socios gestores y por el Secretario y Presidente de la Junta de Asociados.  Las acciones serán individuales y la sociedad no estará obligada a reconocer para cada una de ellas más que un solo propietario.

El capital podrá ser aumentado, previo acuerdo  dentó de los limites fijados por ley, cuando la Junta de Asociados lo acuerde.

Sexta.- La posesión de una o más acciones implica la sumisión al presente contrato, así como a los acuerdos de la Junta de Asociados, aprobados por mayoría de votos.

Séptima.- La administración, gerencia y representación de la Empresa, así como el uso de la firma social, estarán indistintamente a cargo de los socios colectivos (gestores)don FF. Y GG.

Octava.- Los socios gestores precisarían el informe favorable y otros derechos Asociados para realizar las operaciones que se expresan a continuación:

a)  Comprar o adquirir por cualquier medio inmuebles y otros derechos reales.
b)  Adquirir maquinaria nueva que sea conveniente para el desarrollo de la industria, así como para mejor la instalación de la existente.
c)  Tomar dinero a préstamo, con hipoteca o sin ella, emitiendo obligaciones si  así creyere conveniente.
d) Vender o, por cualquier otro titulo, o enajenar la maquinaria que se considere conveniente.
e)  Vender, permutar, hipotecar y de cualquier otro modo enajenar los inmuebles y derechos reales que pertenezcan a la Empresa.
f)  Constituir y cancelar cualquier hipoteca u otros derechos reales.
g)  Transmitir acerca de los intereses y derechos sociales, así como someteremos a juicio arbitral o de amigables componedores.
h)  Establecer sucursales, agencias y despachos, así como suprimir los establecidos.

Novena.- La Junta de Asociados, de conformidad a lo prescrito por el Art.361 del Código de Comercio, estará constituida por ambas clases de socios.  La parte de los intereses de los socios gestores se considerará dividida en fracción del mismo valor de las acciones con objeto de computar el quórum y los votos emitidos en reunión de Junta,. Las fracciones quedo alcancen a una acción, conforme lo dispone el mismo artículo, serán desestimadas.

Décima.- La Junta de Asociados, estará dirigida por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, quienes durarán en el ejercicio de sus  funciones por un periodo de dos años, a cuyo término, se procederá a la renovación parcial, cesando el miembro más antiguo que será reemplazado por el que elija la Junta en sesión ordinaria que deberá celebrarse anualmente.

Décima-primera.- La Junta de Asociados, se reunirá normalmente una vez al mes en, día y ha que señale al efecto el Presidente o quien lo reemplace en caso de ausencia temporal, impedimento o enfermedad, además, se reunirá extraordinariamente a convocatoria efectuar por el Presidente a petición fundamentada del Gerente, para tratar y resolver asuntos considerados de urgencia e importancia.

Para deliberar será precisa la asistencia del mayor número de asociados.

Décima-segunda.- El Gerente General, podrá asistir a las  reuniones, o con voz, pero sin derecho a voto.

Décima-tercera.- Son atribuciones de la Junta de Asociados:

a)  Dirimir las diferencias que pudieran suscitarse entre los miembros asociados o entre estos y el  Gerente General, sobre la observancia, interpretación y aplicación de esto contrato y los reglamentos  internos.
b)  Inspeccionar y examinar cuando lo estime conveniente, por si o por sus representes, o las  operaciones sociales, así como los libros o documentos de la Empresa.
c)  Revisar los inventario, balances, mensuales y generales y sus respectivos comprobantes, y en caso de advertir irregularidades, disponer su enmienda o corrección, sin perjuicio de establecer responsabilidades cuando ellas sean de gravedad y causen perjuicios a la Empresa.
d) Vigilar pro el exacto cumplimiento de las Estatutos y reglamentos internos.
e)  Hacer cumplir acuerdos adoptados en Junta General de Asociados en cuanto no sean estos de incumbencia de la Gerencia General.

Décima-cuarta.- Los beneficios líquidos se distribuirán en la siguiente forma:

a)  El cinco por ciento para repartir entre los socios gestores como remuneración de sus labores.
b)  El cinco por ciento para su distribución entre los miembros de la Junta General de Asociados , en concepto de dietas.
c)  El_________ por ciento con destino al Fondo de Reserva.
d) El_________ por ciento restante para su distribución entre todos los socios, en proporción al capital respectivo.

Décima-quinta.- Las pérdidas se cubrían , ante todo, con el fondo de Reserva, y en cuanto no fuere suficiente, serán imputables al capital social y siempre teniendo en cuenta la responsabilidad limitada de los socios colectivos (gestores) con arreglo al Código  de Comercio.

Décima-sexta.- Cada año, y en el mes de enero, se celebrará la Junta General Originaria, para el examen y aprobación de cuentas.

Décima-séptima.-  La sociedad podrá disolviese por los motivos que prescribe el Código de Comercio y, además por los siguientes:

a) Por pérdida del 50% del capital social.
b) Por fallecimiento de todos los socios gestores.

Décima-octava.- En caso de disolución de la A empresa existiendo algún  socio gestor, este será el liquidador, y si fuera por fallecimiento de todos los gestores, la liquidación será practicada por una Junta de Asociados.

Usted señor Notario, se dignara agrega las demás cláusulas de seguridad y estilo a tiempo de protocolizar la escritura pública correspondiente.


Lugar y fecha.


 Fdo. AA Fdo. BB, Fdo. CC, Fdo., DD, fdo. EE, fdo.FF. fdo. GG.


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