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Thursday, August 29, 2013

DECLARATORIA DE HEREDERO

 NOCIÓN.-     Es el reconocimiento judicial de la persona o personas que, en virtud de la ley o de testamento están llamados a suceder en sus bienes a otra que ha fallecido.


DEMANDA.-            Ante el Juez Instructor en lo Civil acompañando la partida de defunción del causante, los documentos que acrediten el grado de parentesco de los demandantes con el causante y el nombre o nombres de los otros coherederos que hubiere, Conc. 640, 642, 327, 648 C. Pdto. Civil; 1534 C. Civil.

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