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Friday, March 25, 2022

MINUTA DE COMPRAVENTA DE MURO MEDIANERO

 SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA

En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, sírvase Ud., insertar una de compraventa de derechos de medianería, con sujeción a las siguientes cláusulas:

Primera.- Dirá Ud., que yo, TEMÍSTOCLES ROSELLI, mayor de edad, domiciliado en la calle………N°…………. de esta ciudad, C.I. N°…………….., hábil por derecho, soy legítimo propietario del inmueble situado en la Av. ……………..N°….. de esta misma capital; inmueble que lo adquirí a título de compra venta de su anterior propietario, Sr. ……………….. conforme consta en el testimonio de escritura pública N°…..; otorgado por el Notario señor …………………… en fecha ………………. De ……… de 2003, encontrándose definitivamente inscrito en la Oficina de Registro de Derechos Reales, bajo la Partida Computarizada N°………. de fecha………….

Segunda.- Dirá Ud., asimismo que, el señor GODOFREDO KENT, es también propietario del inmueble situado en la parte (Norte, Sud, Este u Oeste, según sea el caso) y que se encuentra separado del inmueble de mi propiedad, mediante una pared medianera en una extensión de (tantos) metros de longitud; relación jurídica que nace de la situación de vecindad, motivada por la contigüedad de ambas propiedades.

Tercera.- Al presente, yo, TEMÍSTOCLES ROSELLI, con el propósito de demarcar, fijar y determinar con exactitud los linderos que deben separar a ambas propiedades, de mi libre y espontánea voluntad, y de perfecto acuerdo con el señor GODOFREDO KENT, vendo a éste parte de la pared medianera que me corresponde y que separa los inmuebles de la Av. …………….N°……….. que es de mi propiedad, y de la calle ………………. N°……,  que es de propiedad del citado comprador; ambos ubicados en la ciudad de ……………, cuyos registros catastrales son os siguientes: ……………………. Y ……………  respectivamente.

cuarta.- El plano de medianería, anexo al presente contrato y que se halla firmado por ambas partes, formará parte del mismo.

Quinta.- Las medidas de la medianería son las siguientes: largo ……………., alto ……………,  espesor …………….. correspondiendo a la venta realizada las siguientes medidas: largo…………….  Alto …………. Espesor. 

Sexta.- El precio total del contrato se conviene en la suma de ……………….. (……….) que el comprador abona al suscribir el presente documento; valor que declaro haber recibido en moneda de curso legal y corriente a mi plena satisfacción, a tiempo de suscribir esta minuta.

Séptima.- Para cualquier acto judicial o extrajudicial que pudiera derivar a la suscripción de este contrato, ambas partes se someten a la competencia de los tribunales de ………. con renuncia de todo otro fuero o jurisdicción.

Octava.- Nosotros, TEMISTOCLES ROSELLI, como vendedor, por una parte, y GODOFREDO  

KENT, (C.I.  N°…………….), con domicilio en la calle ……………….. N°…….. de esta misma ciudad, como comprador, por otra, declaramos nuestra plena conformidad con todas las cláusulas suscritas en la presente minuta, a la que, por voluntad de las partes, le asignamos la calidad de documento privado hasta tanto se haya suscrito la respectiva escritura pública.

Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.

Lugar y fecha  



                                 Fdo. ……………………             Fdo. ………………..


Monday, March 21, 2022

MODELO DE MINUTA SOBRE TRANSFERENCIA O DONACION DEPARTE DE UN FUNDO RÚSTICO EN FAVOR DE MUNICIPIO SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA

 En el registro de escrituras públicas a su cargo, dígnese Ud., extender una de transferencia a título gratuito o donación de parte de un fundo rústico en favor del Municipio de ____ , de acuerdo a las siguientes cláusulas:

Primera.- Dirá Ud., que yo, X.X., mayor de edad, viudo, de este vecindario, C.I. N°………………., hábil por derecho, soy legítimo propietario de la Hacienda denominada “……………………..”,  ubicada en la circunscripción del cantón …………….  Provincia ……………. de este Departamento, la misma que me fue adjudicada en calidad de venta por su anterior propietario, Sr.- ………………, cuyos títulos se encuentran debidamente inscritos en la Oficina de Derechos Reales, bajo la Partida computarizada N°……….,  de fecha ………………

Segunda.- Con el propósito de servir al pueblo de ………… y muy especialmente a la comunidad de la cual he formado parte en el transcurso de mi existencia como vecino del mismo, a través del presente instrumento, de mi libre y espontánea voluntad, he resuelto transferir a título gratuito, específicamente, en calidad de DONACION, en favor de la JUNTA MU¬NICIPAL del referido pueblo, de una parte del mencionado fundo rústico. en el lugar denominado    sobre el camino y a la entrada del pueblo. Terreno que tiene una superficie de ……… mil metros cuadrados, con un frente de (tantos) metros sobre el camino y un fondo de (tantos) metros.

Tercera.- La Junta Municipal de ……, por intermedio del organismo técnico de su dependencia, se obliga a determinar la exacta ubicación y dimensiones del terreno, mediante un cerco que será construido a su costa en todo el perímetro de la propiedad materia de la donación, a fin de separarla del resto del fundo rústico perteneciente al donante, Sr.………________

Cuarta.- El lote objeto de este contrato de donación, tiene un valor inferior a la quinta parte del monto de los bienes del donante y no reconoce grava¬men ni hipoteca alguna, por lo que el Sr. _______ garantiza a la Junta Municipal de …………….. la alodialidad del terreno donado, y se obliga, en su caso, a salir a la evicción y saneamiento conforme a Ley.

Quinta.- Al aceptar en todas sus partes los términos de este contrato, la Junta Municipal de ……………….  deja expresa constancia de su profunda gratitud para el señor …………….. por el desprendimiento y generosidad con que ha procedido al hacer tal donación. De su parte, el señor ………………….,  otorga asimismo, su plena conformidad con el presente contrato, expresando que lo hace de su espontánea voluntad.

Sexta.- Concurren a la suscripción de este contrato, en representación de la Junta Municipal de ………………., el señor ………, Presidente del Consejo Deliberante, y el señor ………………,  

Alcalde Municipal en ejercicio de sus funciones.

Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.

Lugar y fecha


                     Fdo. …………………….              Fdo. ……………………….



Fdo. ………………………………..


Saturday, August 15, 2020

Minuta de Compra de un lote de terreno

SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA DON:
En el registro de Escrituras Públicas y contratos que cursan a su cargo, dignase incluir una de compra venta de un lote de terreno, que suscribimos conforme al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- Dirá Ud., que Yo: SIXTO GUTIERREZ MAMANI, con Cédula de Identidad No. 42235 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, declaro ser legítimo propietario de varios lotes de terrenos, ubicados en el Ex Fundo Tilata, actualmente denominado URBANIZACIÓN NUEVA TILATA, cantón Viacha, de la Provincia Ingavi, de este departamento de La Paz, propiedad que se encuentra registrado en las Oficinas de Derechos Reales, bajo la Partida No.
SEGUNDA.- Al presente, por así convenir a mis intereses de manera libre y voluntaria, sin que exista vicio de consentimiento, doy en calidad de venta real y enajenación perpetua, con todos sus usos, costumbres y servidumbres, un lote de terreno signado con el No. 2, Manzano. “G”, con una superficie de: 239.20 Mts2., de la Unidad Vecinal 1, Bloque 3, en favor de: ANDRÉS FLORES GOMEZ y NANCY LOURDES CAHUAYA DE FLORES, por un precio libremente convenido entre partes de: Bs. 1.000, dinero que declaro haber recibido conforme.
TERCERA.- El lote de terreno de la presente transferencia no reconoce gravamen ni hipoteca alguna, sin embargo, como vendedor de buena fe me obligo a las garantías de evicción y saneamiento de Ley. Sus colindancias se hallan especificadas en el respectivo plano de su referencia de pleno conocimiento de los compradores.
CUARTA.- Nosotros, tanto vendedor como compradores, mayores de edad y hábiles por derecho, declaramos nuestra entera y absoluta conformidad con todas y cada una de las cláusulas que anteceden en la presente.
Ud., Sr. Notario, se servirá agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad.
La Paz, 16 de Agosto de 2004.


SIXTO GUTIERREZ MAMANI
C. I. No. 42235 L.P.,


ANDRÉS FLORES GOMEZ NANCY LOURDES CAHUAYA DE FLORES
CI. 3416927 LP. CI. 2692100 LP.

Friday, August 14, 2020

MINUTA de Donación de Terreno


Señor Notario de Fe Pública Don:
En los registro de Escrituras Públicas que corren a su cargo, sírvase Ud., insertar una de donación de lotes de terreno al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- Dirá Ud., que Yo: RODOLFO RUIZ ALARCÓN, con C.I. 236515 L.P., mayor de edad, vecino de esta ciudad y hábil por derecho soy legítimo propietario de 114 lote agrupados en la URBANIZACIÓN “ROSITA” situado en región de PARCOPATA cantón de Achocalla de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz, legalmente, inscrita en las oficinas de Derechos Reales, bajo el folio N° 2.01.3.01.0004539.
SEGUNDA.- En la fecha de mi libre y voluntad doy en calidad de donación el lote de terreno N° 4 en el manzano “F” con superficie de 220..-Mts2., a favor de la Sra. LUCIA CRISPIN ARIAS, con C.I. 3335856 L.P.
TERCERA.- El beneficiario de la donación de lote de terreno referido en la cláusula segunda de la presente Minuta está sujeto a las siguientes restricciones y condiciones: no podrá vender, hipotecar, permutar, alquilar, dar en anticrético o enajenar bajo ninguna condición, debiendo tener su derechos propietario de lote de terreno en forma perpetua siendo los únicos beneficiarios sus herederos forzosos.
CUARTA.- Son obligados del beneficiario la instalación de los servicios que requieran una vivienda (cordones de acera, energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y otros).
QUINTA.- Al mismo tiempo el beneficiario se compromete a la cancelación de impuestos de transferencia, impuestos corriente y otros.
SEXTA.- Los límites y colindancias del lote de terreno se encuentran detallados en el plano de planimetría final de la Urbanización “ROSITA”
SÉPTIMA.- Yo: LUCIA CRISPIN ARIAS como beneficiaria declaro mi entera satisfacción con las cláusulas de la presente minuta y me comprometo al fiel y estricto cumplimiento de la misma.
Usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad que corresponden.



                 Donante                                                            Beneficiario
RODOLFO RUIZ ALARCÓN                               LUCIA CRISPIN ARIAS

            C.I. 236515 L.P.                                                 C.I. 3335856 L.P.

Thursday, August 13, 2020

MINUTA de Constitucion de Sociedad de Responsabilidad Limitada



Señor notario de fe pública:
En los registros de escrituras públicas que cursan a su cargo sírvase insertar una de las constituciones de Sociedad de Responsabilidad Limitada: con sujeción a las siguientes estipulaciones:

PRIMERA: ( DE LOS SOCIOS)dirá Ud. que nosotras Benita Pari Apaza, Boliviana, mayor de edad, soltera, hábil por derecho con C.I. 479778 L. P., de ocupación estudiante, domiciliada zona San Luis Calle A, No. 116; en legitimo ejercicio de nuestros derechos, hemos convenido en formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la que será debidamente inscrita y registrada conforme a la ley u que se registra de acuerdo a las siguientes cláusulas.

SEGUNDA: (DE LA DENOMINACIÓN) Dirá Ud. Señor Notario, que la sociedad girara bajo la razón social de EMPRESA “B&A S.R.L” para los fines consiguientes y desarrollara sus actividades al amparo de las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes que le son relativas.

TERCERA; (CAPITAL SOCIAL) El capita social íntegramente pagado es de 20.000.00.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS) aportadas y pagadas en la proporción y porcentaje iguales de la siguiente forma:

SOCIO                             APORTE                     CUOTAS                       %
1.- Lourdes Valda            10.000.00.-                   50                                50%
2.- Rita Díaz                     10.000.00.-                   50                                50%
    TOTAL                        20.000.00                      100                            100%

Consta mediante declaración expresa del presente documento, que a fecha de constitución la Sociedad no cuenta con bienes inmuebles de su propiedad.

CUARTA; (DEL INCREMENTO O REDUCCIÓN DE CAPITAL) En cualquier tiempo, pero necesariamente,por resolución de los socios que representen por o menos dos tercios del capital social, podrá ser este incrementado o reducido, sin embargo la reducción será obligatoria, en caso de perdida no reintegrada por los socios, que sobrepase el 50% del capital y reservas libres.

QUINTA;( DEL DOMICILIO) La sociedad señala por domicilio, la ciudad de la Paz, facultada para abrir su oficina, en Av. 6 de Agosto casi esquina Aspiazu # 567, estando facultada para abrir agencias, sucursales y/o oficinas en el interior y exterior de la Republica.

SEXTA; (DEL OBJETO) La sociedad tiene por objeto la distribución, venta, comercialización importación y exportación a nivel nacional e internacional de PRODUCTOS DE BELLEZA  además de ejecutar toda otra actividad subsidiaria y/o colateral necesaria para el buen desempeño de sus objetivos.

SÉPTIMA;(DE LA DURACIÓN) La sociedad de Responsabilidad Limitada, tendrá una duración de veinte anos, computables a partir de la suscripción del presente documento, este plazo podrá ser prolongado por acuerdo unánime de socios.

OCTAVA; (DE LA ASAMBLEA DE SOCIOS) La Asamblea General de Socios es el órgano superior de la Sociedad y conocerá y decidirá todos los asuntos que sometan a su consideración y competencia.
Las Asambleas de Socios serán Ordinarias y Extraordinarias y se constituirán con la concurrencia de los socios que representan el 100% del capital social. las Asambleas Generales de socios se reunirán, por lo menos, una vez al ano. dentro de los res meses siguientes al cierre de cada gestión anual, y sus facultades son: a) Discutir, aprobar modificarlo rechazar el balance general correspondiente a la gestion pasada.b) Aprobar y distribuir utilidades; c) Nombrar y remover al Gerente general, d) Adoptar los reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de la sociedad.

Para modificar la escritura social, cambiar el objeto de la sociedad, aumentar o reducir el capital social, admitir nuevos socios, autorizar la transferencia de cuotas y disolver la sociedad, así como las demás resoluciones pertinentes, se requiere del voto de socios que representan el 100% del capital social mediante actas.

NOVENA(LA DISRIBUCION DE UTILIDADES) L as ganancias y las perdidas se distribuirán entre los socios en proporción a los aportes efectuados. La distribución de utilidades se hará previa deducción del (5%) de las mismas, destinadas a la reserva de ley.

DECIMA ( DEL BALANCE GENERAL) Cada ano al 31 de diciembre, se hará un Balance General, el mismo que será puesto en consideración de la asamblea ordinaria de socios. El balance se dará por aprobado si dentro de los 15 días de habérselo puesto en conocimiento de los socios, no es observado, este plazo cierre para cada socio, desde el momento de su notificación.

DECIMO PRIMERA; (DE LAS CAUSALES DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD) La sociedad podrá disolverse: a) por perdida del 50% del capital social, que.será  verificada y comprobada por las perdidas asentadas en los registros contables sea en una o varias gestiones y en forma acumulativa, c) Por las causales señaladas en el Código de Comercio.

DECIMA SEGUNDA: ( DE LOS LIBROS DE REGISTRO Y DE ACTAS) La sociedad llevara un libro de registro de socios donde se inscribirá el nombre, domicilio, monto de aportación y en su caso, transferencia de cuotas, embargos, gravámenes. Llevara así mismo un libro de actas de asambleas de socios.

DECIMA TERCERA: ( DEL SOMETIMIENTO AL CODIGO DE COMERCIO) Todo aspecto que no estuviera considerado en la presente escritura, se resolverá de acuerdo a las disposiciones convenidas en Código de Comercio.

DECIMA CUARTA; (DE LA ACEPTACIÓN) Nosotras Lourdes Valda y Rita Díaz otorgamos nuestra aceptación a todas las cláusulas y estipulaciones convenidas en el presente documento obligándonos a su fiel y estricto cumplimiento, firmando al pie en señal de conformidad en doble ejemplar a los 5 dias del mes de diciembre de Dos Mil Uno.

Usted Señor Notario se servir agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.





__________________
Benita Pari Apaza

C.I. 479778 L. P.

Wednesday, August 12, 2020

Minuta - transferencia de un lote de terreno

SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA

En el registro de Escrituras y Contratos Públicos que corren a su cargo, sírvase insertar una transferencia de un lote de terreno, al tenor de las siguientes cláusulas:-----------------

PRIMERA.- Dirá usted que nosotros: CARMELO NINA CRUZ, con C.I. No. 171594 L.P., y CELESTINA CHAMBILLA DE NINA, con C.I. No. 2033347 L.P., ambos mayores de edad y hábiles por derecho declaramos que somos legítimos y únicos propietarios unos lotes de terreno, ubicados en la Unidad Vecinal “G”, de la Urbanización Bautista Saavedra, Ex – Comunidad Hichucirca Chico, con Resolución Técnico Administrativo Municipal No. 075/2002, de fecha 25 de Junio de 2002, aprobado mediante la Homologación Concejal No. 337/2002, de fecha 18 de Diciembre del 2002, de la ciudad de El Alto, de la Escritura Pública No. 5285/92, debidamente registrado en las Oficinas de Derechos Reales, bajo la Partida No. 01189142, de fecha 29 de Diciembre de 1992.--

SEGUNDA.- Al presente por convenir a nuestros intereses damos en venta real y enajenación perpetua un lote de terreno asignado con el No. 15 del Mzno. 20, con una extensión superficial de: DOSCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS (210.-Mts2). A favor de: AUGUSTO NINA CHAMBILLA, por el precio libremente convenido de CINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 5.000), suma de dinero que declaro haber a mi entera conformidad, en moneda de curso legal y corriente.-------------------------------------------------
TERCERA.- El terreno de transferencia no reconoce gravamen ni hipoteca alguna, en caso necesario como vendedores de buena fe nos comprometemos a la evicción y saneamiento conforme a Ley.-----------------------------------------------------------------------------
CUARTA.- El terreno, materia de la transferencia tiene las siguientes colindancias: al Norte con el lote No. 11, al Sur con la calle Esperanza, al Este con el lote No. 14, y al Oeste con el lote No. 16.------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA.- Yo, AUGUSTO NINA CHAMBILLA, con C.I. No. 2372778 L.P., mayor de edad, hábil por derecho y vecino de esta ciudad, declaro mi conformidad con cada una de las cláusulas que anteceden.-----------------------------------------------------------------------------------
Usted señor Notario de Fe Pública de Primera Clase se servirá agregar las demás de estilo y seguridad.--------------------------------------------------------------------------------------------
El Alto, 31 de Marzo de 2003.



CARMELO NINA CRUZ                              CELESTINA CHAMBILLA DE NINA
C.I. 171594 L.P.                                           C.I. No. 2033347 L.P.
Vendedor                                                       Vendedora



PASTORA MAMANI TICONA                     GERARDO MARCA TARQUI
C.I. 5981404 L.P.                                         C.I. 3490213 L.P.
Testigo a ruego                                             Testigo a ruego



AUGUSTO NINA CHAMBILLA
C.I. 2372778 L.P.
Comprador   










DOCUMENTO PRIVADO DE TRANSFERENCIA DE LOTE DE TERRENO

Conste por el presente documento privado de transferencia de lote de terreno que una vez autenticado, por su fiel y estricto cumplimiento tendrá carácter público, previo reconocimiento de las firmas y rúbricas, ante la autoridad competente una de compra y venta de un lote de terreno de acuerdo a las siguientes cláusulas:------------------------------

PRIMERA.- Yo, AUGUSTO NINA CHAMBILLA, con C.I. 2372778 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, con domicilio en la Av. 16 de Julio No. 600 de la zona Los Andes de la Ciudad de El Alto, declaro que por la presente ser poseedor y propietario del lote de unos lotes de terreno, ubicados en la Unidad Vecinal “G”, de la Urbanización Bautista Saavedra, Ex – Comunidad Hichucirca Chico, con Resolución Técnico Administrativo Municipal No. 075/2002, de fecha 25 de Junio de 2002, aprobado mediante la Homologación Concejal No. 337/2002, de fecha 18 de Diciembre del 2002, de la ciudad de El Alto, de la Minuta Pública de fecha 31 de Marzo del 2003, suscrito en la ciudad de El Alto, correspondiente a la Escritura Pública No. 5285/92, debidamente registrado en las Oficinas de Derechos Reales, bajo la Partida No. 01189142, de fecha 29 de Diciembre de 1992.-------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA.- Demostrado mi derecho de propiedad en mi condición poseedor y propietario, al presente, por convenir a mis intereses y por mi espontánea voluntad doy en venta real y enajenación perpetua un lote de terreno.-------------------------------------------
TERCERA.- La materia de transferencia real corresponde por otra parte a mi acción y derecho en mi condición de legítimo sucesor de los señores CARMELO NINA CRUZ, con C.I. 171594 L.P., y CELESTINA CHAMBILLA DE NINA, con C.I. No. 2033347 L.P., correspondiente a la Partida antes mencionado.------------------------------------------------------
CUARTA.- Al presente por convenir a mi espontánea voluntad doy en venta real y enajenación perpetua un lote de terreno con una superficie de DOSCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS, al señor: JAIME QUISBERT QUISPE, con C.I. No. 3473002 L.P., por un precio libremente convenido de OCHOCIENTOS DÓLARES AMERICANOS ($us. 800), suma de dinero que declaro haber recibido a mi entera conformidad.------------
QUINTA.- El terreno de transferencia no reconoce gravamen, ni hipoteca alguna, en caso necesario como vendedor de buena fe me comprometo a la evicción y saneamiento conforme a Ley.-----------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA.- El terreno materia de transferencia tiene las siguientes cláusulas: al Norte con el lote No. 11, al Sur con la calle Esperanza, al Este con el lote No. 14, y al Oeste con el lote No. 16.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA.- Yo, JAIME QUISBERT QUISPE, con C.I. 3473002 L.P., con efecto a las leyes, acepto y declaro mi plena conformidad al tenor que anteceden.-------------------------
Ciudad de El Alto, 25 de Marzo de 2003.


                                                           AUGUSTO NINA CHAMBILLA
                                                           C.I. 2372778 L.P.
                                                           Vendedor


                                                           JAIME QUISBERT QUISPE
C.I. 3473002 L.P.
Comprador


            ANGEL CARI ESQUIBEL                                        FROILAN FIDEL CHUI MAMANI   
            C.I. No. 4957302 L.P.                                              C.I. No. 5977315 L.P.
            Testigo a ruego                                                         Testigo a ruego


Friday, April 17, 2020

MINUTA

Señor Notario Público de esta Capital doctor..........................................................................
Sírvase Usted extender, en su Registro de Escrituras Públicas una de Constitución de Pequeña Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que otorga la señora..........................., identifica con DNI Nº..................., casada con............................,domiciliada en ....................................., en los términos siguientes:
Primera.- Las otorgantes se comprometen a constituir una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada al amparo del Decreto ley Nº 21621, sus modificatorias y complementarias, para dedicarse al comercio, la que se denominará.................................
Segunda.- Intervienen en el otorgamiento de este instrumento el esposo de la otorgante señor............................,para prestar su expresa conformidad en virtud de lo establecido en el Articulo 173º del código Procesal Civil. Tercera.- La Empresa................................, se regirá por los siguientes:
ESTATUTO
CAPITULO PRIMERO
DETERMINACION, OBJETO, DURACION Y
DOMICILIO DE LA EMPRESA
Articulo Primero.- La denominación de la Empresa que por esta escritura se constituye es................................, cuya Titular es la señora............................................
Articulo Segundo.- El objeto de la Empresa es .............................
Articulo Tercero.- La Empresa tendrá una duración indeterminada,
con las limitaciones que señala la Ley e iniciará una duración indeterminada, con las limitaciones que señala la Ley e iniciará sus actividades al inscribirse en el Registro Mercantil esta Escritura, los actos y contratos celebrados en su nombre antes de que aquella se inscriba en los Registro Públicos será reconocidos como válidos y ratificados al adquirir la Empresa su personalidad jurídica plena.
Articulo Cuarto.- El domicilio de la Empresa se fija en la ciudad de ............................-Pérez, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país.
CAPITULO SEGUNDO
DEL CAPITAL DE LA EMPRESA, DE LOS EFECTOS DEL
APORTE Y DE LA RESPONSABILIDAD DEL TITULAR
Articulo Quinto.- el capital de la Empresa es de S/. ............(..........00/100 nuevos soles) totalmente pagado y aportado por el titular en efectivo.
Articulo Sexto.- Dicha suma de dinero, queda en consecuencia, transferida a favor de la Empresa en forma definitiva, como capital de la misma, desde la fecha de otorgamiento de este instrumento la Empresa reconoce a favor de ................................ el derecho sobre ese dinero y los beneficios netos que se obtendrán en los ejercicios sucesivos.
Artículo Séptimo.- La responsabilidad del Titular queda limitada exclusivamente al capital aportado a la Empresa. El titular responderá personalmente ante los acreedores de la Empresa con sus demás bines, propios o comunes, sino en los casos que determinan la Ley.
CAPITULO TERCERO
DE LOS ORGANOS DE LA EMPRESA
Articulo Octavo.- Son órganos de la Empresa:
a) El Titular;
b) La Gerencia
Articulo noveno.- El titular es el órgano máximo de la Empresa y tiene a su cargo la decisión sobre los bines y actividades de ésta. Corresponde al titular:
a) Aprobar o desaprobar las cuentas y el balance general de cada ejercicio;
b) Disponer la aplicación de los beneficios netos luego de efectuar la cobertura de la participación de los trabajadores y de las reservas y provisiones legales;
c) Designar y sustituir Gerente Apoderados, así como los liquidadores, otorgándoles los poderes requeridos para el cumplimiento de sus funciones;
d) Modificar la Escritura de Constitución de la Empresa, aumentar él capitulo reducirlo, transportar, funcionar, disolver y liquidar la Empresa;
e) Decidir sobre los demás asuntos que requiera el interés de la Empresa o que la Ley señale.
Articulo Décimo.- El titular responderá personalmente ante terceros en forma limitada:
a) Cuando no se designe al representante legal de la Empresa;
b) Si hubiera efectuado retiros del patrimonio de la Empresa o no correspondan a beneficios debidamente comprobados,
c) Si producida un pérdida del cincuenta por ciento o más del capital y transcurrido un ejercicio económico persistiera tal situación sin haberse compensado el desmedro, y no se hubiera dispuesto la reducción del capital o la disolución de la Empresa.
Articulo Undécimo.- La Gerencia es el órgano administrativo de la Empresa y tiene la representación legal de la misma. Gerencia será desempeñada por una persona natural o por varias con capacidad para contratar, las que se señalaran por el Titular, quien les conferirá los mandatos, generales o especiales, que estimaré convenientes.
Articulo Duodécimo.- El cargo de Gerente es personal e indelegable y de duración indeterminada, el nombramiento puede ser revocado en cualquier momento por el
El cargo concluye, además por renuncia, por muerte, por enfermedad que lo imposibilite para ejercerlo y por incapacidad civil del Gerente.
Articulo Decimo Tercero .- Corresponde al Gerente:
a) organizar el régimen interno de la Empresa contratando al personal necesario, fijándose sus remuneraciones y dar por terminado sus servicios;
b) Realizar los actos y celebrar los contratos que fueran necesarios para el cumplimiento de los fines de la Empresa;
c) Representar a la Empresa, judicialmente y extrajudicialmente;
d) Velar por la existencia, regularidad y veracidad de los libros y registros contables, formulando en su oportunidad las cuentas y el balance general. e) Dar cuenta al Titular, periódicamente de la marcha de la Empresa .
e) Ejercer las demás atribuciones que le señalen la Ley o le confiere el Titular.
Articulo Décimo Cuarto.- El Gerente responderá personalmente ante el Titular y ante terceros por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus deberes; siendo particularmente responsable por la conservación de los bienes de la Empresa consignados en los inventarios, así como los fondos de la misma y en general, del patrimonio de la Empresa, así como por ejemplo indebido de los recursos de la Empresa en negocios distintos a su objeto.
El Titular será solidariamente responsable por el gerente por los actos infractorios de la Ley que practique este y que constan de Acta, si no lo impugna judicialmente. Dentro de los quince días de asentada el Acta, salvo que acredite no haber podido conocerlos en su oportunidad. Las acciones de responsabilidad contra el Gerente prescriben a los dos años a partir de la comisión del acto que les dio lugar.
Articulo Décimo Quinto.- Las decisiones del titular referentes a los asuntos que se indicada en el articulo 9º y 13º de estos Estatutos y a las demás que sea necesario dejar constancia, se asentarán en un libro de Actas legalizado conforme a Ley. En cada acto se anotará el lugar, la fecha y hora en que asienta el Acta tiene fuerza legal desde el momento de suscripción.
Articulo Decimos Sexto.- El nombramiento y remoción del Gerente y demás apoderados se hará por el Titular por Acta en la que constarán las facultades que se le confieren. Copia legalizada notarialmente de dicha Acta servirá para él titulo para su inscripción en el registro Mercantil conforme al Articulo 46º de Decreto Ley Nº 21621.
CAPITULO CUARTO
DE LA MODIFICACIÓN DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN Y DEL AUMENTO Y
REDUCCIÓN DEL CAPITAL
Articulo Décimo Séptimo,- En cualquier tiempo puede el Titular modificar los términos de la escritura de constitución de la Empresa aumentar o reducir el capital, siguiendo en cada caso los procedimientos establecidos por Decreto Ley Nº21621
CAPITULO QUINTO
DEL BALANCE Y DISTRIBUCION DE LOS BENEFICIOS
Articulo Décimo Octavo.- Dentro del plazo máximo de 80 días contados a partir de la fecha de cierre del ejercicio económico anual, el gerente deberá presentar al Titular al Balance General y las cuentas, no importa la liberación y el descargo del Gerente por la responsabilidad que pudiera corresponderle.
Articulo Décimo noveno.- Determinamos los beneficios netos se procederá al cálculo de la Repartición de Utilidades conforme a Ley Articulo Vigésimo.- Cuando la Empresa obtenga beneficios líquidos superiores al 7% de su capital, deberá de traer de ellos un 10% para formar el fondo de reserva legal hasta alcanzar la quinta parte del capital de la Empresa.
Articulo Vigésimo Primero .- El Titular tiene el derecho, luego de efectuadas las deducciones indicadas en las cláusulas que anteceden a percibir los beneficios obtenidos, siempre que el valor del patrimonio de la Empresa no resulte inferior al capital.
CAPITULO SEXTO
DE LA TRANSFORMACION, FUSION, DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA EMPRESA
Articulo Vigésimo Segundo.- La transformación de la Empresa a otro tipo de sociedad puede ser acordada por el titular, con arreglo a las disposiciones legales vigentes.
Articulo Vigésimo Tercero.- La fusión de la empresa con otra se efectuará con arreglo a las disposiciones de Ley. La fusión y disolución se hará constar por escritura pública que se inscribirá en el registro. Articulo Vigésimo Cuarto.- La disolución de la Empresa procede:
a) Por voluntad del titular, con arreglo a los trámites Ley;
b) Por conclusión a su objeto o imposibilidad sobreviviente de realizarlo;
c) Por fusión en los casos señalados por la Ley;
d) Por muerte del Titular;
e) Por quiebra de la Empresa;
f) Por producirse pérdidas que reduzcan el patrimonio de la Empresa en más del 50% si transcurrido un ejercicio económico no se hubiere compensando de desmedro, o reducido el capital; g) Por resolución judicial, en los casos señalados por la Ley.
Articulo Vigésimo Quinto.- El cargo de liquidador puede ser asumido por el Titular, el Gerente u otra persona que designe el titular o el Juez, en su caso. El cargo de liquidador puede ser renovado en cualquier momento por el Titular o por el Juez, en su caso. El liquidador ceñirá su actuación alas disposiciones establecidas en la Ley de la materia.
Artículo Vigésimo Sexto.- Liquidada la Empresa y pagados los acreedores de aquella, el titular tiene derecho al remitente de la liquidación, así como a los libros y documentos de la Empresa, por el término de 5 años, bajo su responsabilidad.
CAPITULO SEPTIMO
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- De conformidad con el Articulo 48º del Decreto de Ley Nº21621 se designa como primer Gerente a la Señora......................., quien en su condición de titular asume el cargo de "Titular Gerente" de la Empresa con las atribuciones señaladas en los Estatutos y en la Ley.
Segunda.- La Empresa.....................................E.I.R.L, otorga poder a favor de la señora.......................quien en su condición de Titular asume el cargo de "Titular Gerente" de la Empresa, con las atribuciones señaladas en los Estatutos y en la Ley. Tercera.- La Empresa...................................E.I.R.L, otorga poder a favor de.............................................. para que a sola firma, ejercite las siguientes facultades:
a) Representar a la Empresa ante toda clase de entidades y personas de los sectores públicos y no públicos nacional o extranjero, suscribiendo bajo el sello de la Empresa toda clase de comunicaciones, solicitudes, recursos o correspondencia, presentando propuestas, cotizaciones y proforma en licitaciones, invitaciones o concursos de precios;
b) Representar a la Empresa ante toda clase de autoridades, ya sean administrativas, políticas, judiciales o municipales, pudiendo presentar en nombre de ella toda clase de solicitudes, recursos y reclamaciones.
c) Representar a la Empresa de toda clase de procedimientos judiciales y administrativos, juntas de acreedores, quiebras, liquidaciones extrajudiciales, con las facultades generales del mandato y todas las especiales del Articulo 10º del Código Procesal Civil, especialmente para contestar demandas, celebrar transacciones, prestar confesión, reconocimiento de documentos, otorgar poderes para pleitos y revocarlos y representar a la Empresa en Procedimientos laborales.
d) En el orden comercial solicitar la apertura y en el cierre de cuentas corrientes, girar cheques sobre fondos propios o en sobregiro, endosar suscribir vales y pagarés y descontarlos, solicitar sobregiros, solicitar contratos de préstamos, créditos o avances de cuentas corrientes con o sin garantía, pactando las condiciones, solicitar fianza, afianzar y prestar aval para operaciones a nombre de la Empresa, contratar seguros y endosar pólizas, comprar y vender muebles, cobrar y otorgar cancelaciones y recibos.
Usted Señor notartio agregará las demás formalidades de Ley cuidando de insertar en el cuerpo de la escritura pública la resolución que autoriza la constitución de la Empresa, y pasará partes al Registro Mercantil de Lima, para su inscripción conforme a Ley.
Lima,......................de..............................del...................






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FIRMAS