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Sunday, June 28, 2020

Unidad Educativa Kakani - INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES FINALES DE GESTIÓN

Unidad Educativa Kakani, 21 de diciembre de 2004.

Al señor:
Prof. Raúl Rolando Yujra Pacosaca
DIRECTOR DE NÚCLEO EDUCATIVO ROSARIO
Presente.-

Ref.: INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES FINALES DE GESTIÓN


El suscrito profesor Calixto tizona Hilari de la Unidad Educativa Kakani dependiente del núcleo Educativo Rosario, de la Dirección Distrital Irupana, de la provincia Sud Yungas de la Jurisdicción Cantón Taca, de este Departamento de La Paz, en cuya virtud paso a informar sobre los alumnos de transformación en los siguiente aspectos:

LOGROS.- En la Unidad Educativo Kakani, en el presente año escolar se han inscrito 26 alumnos de ambos sexos, en los diferentes grados, primero, segundo, tercero y cuarto grado del ciclo primario.

- En el proceso enseñanza aprendizaje en el programa de transformación, el primero, segundo y tercero de primaria del primer ciclo y el cuarto de segundo ciclo, lo cual es imprescindible para satisfacer en forma positiva hacia los educandos.

- De acuerdo al proceso de enseñanza de los módulos ya desarrollados en el primer año se avanzó el módulo No. 1, 2, 3, de lenguaje, módulo 1, 2, 3 de matemáticas, el segundo año se avanzó los módulos No. 3, 4, 5 de lenguaje, 3, 4, 5, de matemáticas y el tercer año se avanzó No. 6, 7, 8 de lenguaje, 6, 7, 8, de matemáticas y el cuarto se avanzó los proyecto, en cuanto el aprovechamiento de los educandos es positivo a excepción de algunas que es regular.

- Para evaluar los conocimiento sobre aprendizaje de los educandos, en el presente año escolar utilizando autoevaluación y coevaluación con el fin de valorar el aprovechamiento del proceso aprendizaje.

DIFICULTADES.- En el proceso de enseñanza en primer lugar se tropezó con dificultades en la lectura y escritura, manejo de módulos por que el aula no es satisfactoria para preparar los rincones de aprendizaje y también los padres de familia no apoyan con los materiales escolares, en cuando el aprovechamiento es regular por que causa de inasistencia de alumnos.

ASPECTO SOCIAL.- En cuanto al aspecto social tenemos para dar mayor optimización al aspecto deportivo, es necesario realizar competencias deportivos, atlético y demostración de gimnasia, tenemos la participación de los alumnos en actos cívicos, fiestas patrios los días lunes actuando rondas recitaciones, danzas y canciones escolares.

LABOR COMUNAL.- En vista de que en la labor comunal se hicieron una nueva construcción de aula y vivienda de maestro, baño y otros.

Para cuya constancia es cuando puedo informar en honor a la verdad.




Unidad Educativa Kakani, 21 de diciembre de 2004.

Al señor:
Prof. Raúl Rolando Yujra Pacosaca
DIRECTOR DE NÚCLEO EDUCATIVO ROSARIO
Presente.-


Ref.: INFORME ECONÓMICO DE LA UNIDAD EDUCATIVA KAKANI


El suscrito profesor Calixto Ticona Hilari de la Unidad Educativa Kakani dependiente del núcleo Educativo Rosario, de la Dirección Distrital Irupana, de la provincia Sud Yungas de la Jurisdicción Cantón Taca, de este Departamento de La Paz, en cuya virtud paso a informar a su autoridad Educativa de la Unidad Educativa Kakani no tiene el fondo escolar:

Para cuya asistencia es cuando puedo informar en honor a la verdad.

Saturday, June 27, 2020

Informe Diezmos




FECHA
DETALLES
INGRESO
Bs.
DIEZMOS
Bs.
EGRESO
Bs.
SALDO
Bs.
Miércoles
Viernes
Domingo




Domingo
Domingo


Lunes

Lunes

Viernes
Domingo
Domingo
Miércoles
Viernes
Domingo



Domingo
Miércoles
Domingo




Domingo
Domingo

Domingo

Lunes
Lunes

2
4
6




5
5


7

7

11
13
13
16
18
20



20
23
27




27
27

27

28
28
Ofrenda Estudio Bíblico
Ofrenda Noche de Oración
Ofrenda Escuela Dominical
Diezmos
-          Hno. Primo Villca
-          Hna. Ortencia Calderon
-          Hna. Nieves Sirpa
Ofrenda Noche de Adoración
Se dio a la Hna. Damiana Loza
Para compra de Vino para memoria del Señor
Se dio al Hno. Primo Mamani, para compra de gaseosa.
Se dio al Hno. Primo  Villca para pasajes de viaje a Peñas.
Ofrenda Noche de Oración
Ofrenda Escuela Dominical
Ofrenda Noche de Adoración
Ofrenda Estudio Bíblico
Ofrenda Noche de Oración
Ofrenda Escuela Dominical
Diezmos
-          Hno. Agustín Cori.
-          Hna. Ortencia Calderón
Ofrenda Noche de Adoración
Ofrenda Estudio Bíblico
Ofrenda Escuela Dominical
Diezmos
-          Hna. Nieves Sirpa
-          Hno. Hermógenes Mamani
-          Hna. Margarita Zanabria
Ofrenda Noche de Adoración
Se dio a la Hna. Nieves Sirpa para el Aseo de Iglesia cera y virutilla.
Se dio al Hno. Carlos Martines para fotocopias de Escuela Dominical.
Pago por consumo de Luz
Pago por consumo de agua más el aporte del Hno. Primo Mamani.
4,50
4
27




2.20







1,80
7,20
7,50
4,50
2
45



3
2,50
41




2,50






200
20
80















100
3




40
50
25












15

20

195


















10

80
50,50

9,50




154,70
518
380
292,70

Thursday, June 25, 2020

INFORME - INSPECCIÓN TÉCNICA DEL CONSULTORIO MÉDICO

INFORME

A:                    Dr. Juan Mollinedo Q.
                        RESPONSABLE DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN
                        UDSEA EL ALTO

VÍA:               Dr. Victor Jiménez
                        JEFE DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN
                        SEDES LA PAZ

DE:                 Dr. Emilio Mendoza A.
                        RESPONSABLE DE CARNETS SANITARIOS
                        UDSEA EL ALTO

REF.:              INSPECCIÓN TÉCNICA DEL CONSULTORIO MÉDICO

FECHA:         El Alto La Paz, 17 de Noviembre de 2004.
_____________________________________________________________________________

De mi consideración:

                                    Por intermedio de la presente le informo de la Inspección técnica Realizada al Consultorio Médico de propiedad del Dr. Gerardo Flores Ali, situado en la Avenida Alfonso Ugarte, No. 203 de la zona 16 de Julio de la ciudad de El Alto. Director y Propietario de dicho Consultorio Médico es el Dr. Gerardo Flores Ali.

                                    El consultorio médico cuenta con todo lo necesario de primer nivel, para atención de pacientes. Con todos los antecedentes señalados se concluye que el consultorio médico, reúne las condiciones exigidas y establecidas por Ley para un adecuado funcionamiento y atención a la población.

                                    Es cuanto informo para fines consiguiente del caso.

Atentamente,



Wednesday, June 24, 2020

INFORME DE TRABAJO - Responsable del Proyecto Educativo Indígena

INFORME DE TRABAJO

A:                    Lic. German Jiménez Lora
                        Responsable del Proyecto Educativo Indígena

DE:                 Juan Romero  Lizárraga
                        Asisten Técnico Indígena – Distrito Sayhuani

Ref.:                Informe de las actividades del mes de enero de 2004

Lugar y Fecha: Sayhuani 30 de Enero de 2004
____________________________________________________________________________

1.  ACTIVIDADES REALIZADAS

Las actividades realizadas en el presente mes de referencia son:
Inspección de las obras de ejecución “refacciones”.
Distribución de los materiales requeridos para estos trabajos.
Recojo y traslado de pizarrones de todo el distrito.
Inventariación de toda la documentación requerida dentro el proceso de regulación de estados financieros dentro la Alcaldía.

Reforzando en Unidad Educativa Taquiña, para una entregar la obra al Ministerio de Educación.

El día 29 de Enero estuvimos haciendo reunión con las autoridades originarias indígenas y juntas escolares y OJEs de unidad gestión.




Tuesday, June 23, 2020

INFORME ANUAL DE TRABAJO - DIRECTOR DE CENTRO EDUCATIVO TÉCNICO HUMANÍSTICO AGROPECUARIO CETHA. “HNO. NILO CULLEN”

AL SEÑOR: Prof. Felix Laura Copama
DIRECTOR DE CENTRO EDUCATIVO TÉCNICO HUMANÍSTICO
AGROPECUARIO CETHA. “HNO. NILO CULLEN”
DE: Prof. Nestor Huanca Mamani
PROFESOR DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE ADULTOS (EPA)

El suscrito profesor Nestor Huanca Mamani, con C.I. 3458609 L.P., con Item 01080 de Educ. Primario del Centro Educativo Técnico Humanístico Agropecuario CETHA Hno. Nilo Cullen, tiene a bien de elevar el siguiente informe en los siguientes aspectos:

ASPECTO ADMINISTRATIVO.- En lo referente se procedió a la elaboración del Registro Pedagógico, Diseño Curricular Semestral de acuerdo al Programa de Transformación de Aprendizajes Básicos del Primer Ciclo de la Reforma Educativa, Proyectos de Aula, Cronogramación de Actividades Pedagógicas para los diferentes Sub Centro, lo cual se cumplió hasta el final.

ASPECTO TÉCNICO PEDAGÓGICO.- Con relación a este aspecto, el suscrito profesor hace conocer a su autoridad que se presentó al lugar de sus funciones docentes en el mes de febrero para proceder con las actividades pedagógicas correspondientes a la gestión, en Educación Primaria de Adultos (E.P.A.) Se hizo un diagnóstico previo, donde los participantes de diferentes Sub Centros como ser: Centro Alcoche, Sub Centro Villa el Carmen, Sub Centro Taipiplaya estaban preparados para el nivel correspondiente.

En los aprendizajes aplicados se elaboró cuadros didácticos de acuerdo al contenido de los módulos de aprendizajes, utilizando el método inductivo dando resultados satisfactorios en las cuatro asignaturas humanísticas, esto en todos los Sub Centros más arriba mencionados. El aprovechamiento en el aprendizaje de los temas programados para los semestres fue un 90%.

ASPECTO SOCIAL CULTURAL.- En lo social la Dirección, los facilitadores y los participantes de los diferentes sub centro planificamos llevar un Festival Folklórico para la fecha 1 de Octubre, Nombrando “FESTIVAL LA FLOR DEL ARROZ” y al inicio de la siembra del arroz en la región, con el objeto de estrechar lazos de amistad y acercamiento de hermandad entre diferentes colonias, sub centro e instituciones públicas en esa región de los yungas.

Por otra parte el suscrito a mostrado respeto, sociabilidad ante la comunidad y los participantes, no habiendo ningún reclamo en contra.

SUGERENCIAS.- Para la posterior, para que haya una mayor planificación e interés por la educación alternativa que es lo primordial, sugiero una “concientización” hacia los participantes, Autoridades Educativas y Autoridades de la Población.

Es todo cuanto puedo informar a su autoridad, firmando al pie de la presente para su constancia.

Alcoche, Diciembre 10 del 2004.



__________________________________
Prof. Nestor Huanca M.

Monday, June 22, 2020

Modelo de Invitación de Graduación de hijo

Mario Díaz Mamani
Feli Mamani de Díaz

Saludan a Ud., (s) muy atentamente y tienen el agrado de invitarle (s) a la graduación de su hija:

Marlenny Willma Díaz Mamani
Del Col. Mcal. José Ballivián

Que se realizará el día Viernes 17 de Diciembre a horas 15:00 p.m. en el Salón de Eventos Sociales “ESMERALDA MR”, Av. 16 de Julio, No. 75, esquina Alvarez Plata, pasando una cuadra de la Parroquia Santa maría de los ángeles, zona 16 de Julio.

Padrino de Graduación:                Albaro Mamani Ali
           
Padrino de Torta:                         Juan Días M. y
                                                                       María Choque de D.


Agradecen su gentil asistencia


La Paz, Diciente de 2004.

Sunday, June 21, 2020

Modelo de Invitación Bodas de Plata

La Familia: Arzala Chaparro
Tienen el grato placer de invitarles a la fiesta sorpresa con motivo de celebrar “Las Bodas de Plata” 25 años de los esposos:

Marco Antonio y Roxana

Que se efectuará el día sábado 27 de Noviembre a Hra. 18:00 p.m. en su domicilio de la calle Hermanos Santa Cruz ·6905, entre calle Nery  y L. de la Vega, zona 16 de Julio.

Agradecen su gentil asistencia.
El Alto, Noviembre de 2004


PADRINOS:

Saturday, June 20, 2020

Modelo de Invitación de Bautizo

Miguel Quispe Calle
Beatriz Berna Aroa
Saludan a Ud. (s) muy atentamente y tienen el agrado de invitarle (s), al bautizo de su hijo:

Elvis Luis Quispe Berna

Que se realizará el día Sábado 15 de Enero, a horas 14:00 p.m., en la Iglesia del Rosario, calle Illampu.

Con este especial motivo agradecemos su gentil asistencia
El Alto, Enero de 2005.
PADRINOS DE BAUTIZO                                                                                                                           MADRINA DE TORTA
        Alfredo Aroba                                                                                                                                            Justina Quispe
 Simona Cosme de Aroba                                                                                                                            


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MI BAUTIZO
Elvis Luis

Pasada la misa ruegan acompañar al Salón de Fiestas “Sol de Mayo”, calle Copacabana, No. 502, Plaza German Busch Alto Lima.

Friday, June 19, 2020

Modelo de Invitación de Bodas 2

Por el camino que juntos recorrimos, abrazamos la esperanza por medio de la fe, y la unión de nuestras vidas en santo matrimonio ante Dios, es por el amor que juntos compartimos, perdure por siempre.
Percy     y    Elisa
Con la bendición de Dios y el consentimiento de nuestros padres:

       Juan Mamani Lamaca                     Juan Choquetarqui Mújica (+)
Basilia Mejillones de Mamani                Elena Chura de Choquetarqui
Saludan a Ud. (s) muy cordialmente y tienen el grato honor de hacerles partíciples en presenciar nuestro enlace matrimonial que se bendecirá el día sábado 15 de enero a horas 12:15 en la parroquia “Sagrado Corazón de Jesús” (Plaza Juana Azurduy de Padilla, Villa Dolores).

La Paz, Enero  de 2005.
PADRINOS DE RELIGIÓN                          PADRINOS DE CIVIL                                 PADRINOS DE TORTA
Antonio Marca Rodríguez                         Humberto Godoy Castillo                                  Fernando Solano

Estefa Limachi de Marca                           Bertha Pérez de Godoy                         Maritza Choquetarqui de Solano


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Percy    y   Elisa
Pasada la ceremonia religiosa, invitan a servirse una copa de champagne en el salón de eventos sociales “Playa Azul”, No. 100, Av. Juan Pablo II, (final Los Andes frente a la pasarela).

Agradecen de antemano su gentil concurrencia
El Alto, Diciembre de 2004




Thursday, June 18, 2020

Formato Invitación de Bodas 1

Yo: Freddy                                a: Elena
Reafirmo mi amor ante                                                                         Que hoy es la novia
Dios y ante los hombres                                                                    y que será mi esposa

Juntos emprendemos este camino con amor, comprensión y deseamos que Ud. (s) sean partícipes de nuestra boda; Que se bendecirá el día Sábado 25 de Diciembre a Hrs. 7:00 a.m. en el Templo “San Francisco de Borja”, camino Laja zona Villa Yungujo

CON LA BENDICIÓN DE DIOS Y EL CONSENTIMIENTO DE NUESTROS PADRES:


 Quintín Uruchi C.                                          Vicente Amaru Mamani
Lucía Quispe de V.                                          Germana Ivañez de A. (+)
La Paz, Diciembre de 2004.
    PADRINO DE RELIGIÓN Y CIVIL
               Santiago Uruchi C.                                                                                                  
            Justina Limachi de U.                                                                                                 



                                                  
                                                   
                                                  

 
 


UNIÉNDOME CON AMOR Y PARA SIEMPRE Y PARA SIEMPRE
 
                                   















Wednesday, June 17, 2020

Tuesday, June 16, 2020

ELEMENTOS CURRICULARES DEL PLAN DE ESTUDIOS - INGENIERÍA CIENCIAS AGRÍCOLAS Y ZOOTECNIAS.

1. ADMISIÓN DE ALUMNOS NUEVOS

Toma la modalidad de ingreso la carrera de ingeniería ciencias agrícolas y zootecnia (recogiendo la Ley de segundo congreso académico nacional noviembre de 1996 años con fines de bachilleres en ciencias) está establecida y normado en los reglamentos de la universidad boliviana que contempla como única forma de ingreso a través de la aprobación de exámenes de dispensación, la admisión especial y el curso pre nivelación.
El nombramiento de director del curso preuniversitario está encargado por el concejo universitario de socios, así como va organizando para el examen de dispensación, admisión y el curso de preuniversitario.

2. DURACIÓN DE LA CARRERA

El plan de estudio realizado que contempla la formación de un grado intermedio a costo de dos años de curso, que es bachiller en ciencias de acuerdo a la reglamentación general de títulos aprobado en la segunda reunión de academia nacional en (noviembre de 1996 en sucre), pudiendo el bachiller en ciencias agrícolas contemplando sus estudios y al cabo de dos años del curso completará para obtener la licenciatura en ingeniería en ciencias agrícolas zootecnias.

3. SISTEMA ACADÉMICO

El sistema académico conformado para la carrera de INCAZ es anualizado. La carrera para el bachillerato en Ciencias es de dos años cursos académicos.

Sunday, June 14, 2020

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DOCENTE - CAPITULO VI

RÉGIMEN ADMINISTRATIVO FINANCIERO
Art. 1. La administración financiera tiene sus principios y objetivos para el manejo o servicio de la Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas para formar planes de academias de diferentes áreas.
Art. 2. El administrativo financiera de Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas debe estar al servicio de los, planes y mejoramiento académico de proyectos.
Art. 3. El director administrativo financiero es el directo responsable del funcionamiento de la universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas.
Art. 4. El director administrativo financiero no puede actuar fuera de dichas normas, si no puede ser estructura de curso a determinaciones de reglamento que emanan dentro del concejo universitario de socios.
Art. 5. Particularmente Dirección Administrativo Financiera es centralizada todas las facultades y carreras.
Art. 6. Apoyo la ejecución descentralización de los presupuestos Universitario en base a la administración financiera directa de las facultades, sus presupuestos asignados.
Art. 7. El Director Administrativo Financiero si segará a malversar el presupuesto Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas inmediata será suspendido y todo ese daño pegará en un tiempo menor a 10 días.
Art. 8. El director administrativo financiero es uno de los socios de la Universidad Auténtica de los Pueblos Originarios e Indígenas a incurrido en las malversaciones de fondos de la universidad Auténtico será suspendido de su cargo de dentro de concejo universitario, si es más grave de delito, nunca más puede asumir el cargo de director administrativo financiero ni otros similares.
Art. 9. El director administrativo financiero haya conculcado con otras Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas inmediato convoca el concejo universitario de socios para restituir el cargo de administración financiera por extranjero el fondo de la universidad, el individuo debe responder esa suma extraída a menor tiempo posible o en diez días.
Art. 10. El director administrativo financiero es una de los socios que haya intentado la destrucción o destrozándoos la universidad y malversando el presupuesto el concepto universitario, analiza su delito y es muy grave, será expulsado tenga del socio sin ningún beneficio.
Art. 11. Todos los beneficios han sido encontrados en la Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas queda para la universidad, si uno de los socios ajenara los bienes inmuebles será excluido de los socios, no puede reclamar sus bienes ni sus bienes ni su acción.
Art. 12. El director administrativo financiero desposeería el presupuesto a utilizar para uso individuo desprende el fondo, que no presta servicio a la universidad realmente que necesitaba apoyo económico y infraestructura, el director administrativo financiero deben ser sancionados por perjudicar a la institución superior, y debe ser enjuiciado por malversar a la casa superior y también debe prepara ese daño inmediato, para legal funcionamiento de la universidad.

Saturday, June 13, 2020

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DOCENTE - CAPITULO V

Art. 46. El docente que intenta dañar el patrimonio de la UNIVERSIDAD AUTENTICA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS E INDÍGENAS (bienes y valores), serán sometidos, de acuerdo a los parámetros de la justicia ordinaria, o el individuo que a cometido un delito será sancionado drásticamente.
Art. 47. En la UNIVERSIDAD AUTENTICA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS E INDÍGENAS esta casa de educación superior privada, ningún trato y amenazas o penas de inhumanos degradantes ni citas no podrán hacer los docentes las relaciones personales con los estudiantes es sumamente prohibido, este tipo de actos y delitos, al infractor será suspendido de su cargo de inmediato.
Art. 48. El docente universitario o aquel profesional que se dedica a la tarea de destrozar, el patrimonio privado, quienes hayan hecho falsedad serán sancionados dentro el concejo universitario, el infractor reparará el daño sufrido en esta instancia.
Art. 49. El concejo universitario jurídico convoca al docente que a cometido un delito de destrucción del patrimonio (bienes inmuebles) el autor de este acto que compromete prepara en manos de quince días y para que su multa por daños y perjuicios con una resolución formal.
Art. 50. Si el individuo o docente no cumple ese compromiso dentro de 15 días será preparado el daño que ha sufrido la universidad.

Friday, June 12, 2020

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DOCENTE - CAPITULO IV

Art. 32. En la comisión con la evaluadora estará conformado con dos de concejo universitario y un facultativo o carrera de área, se precederá el director del estudio, jefe de carrera o su representante.
Art.33. El concurso de mérito es el procedimiento de selección docente mediante el estudio exhaustivo de los antecedentes académicos de la labor intelectual y profesional realizada por los postulantes y de la evaluación de los documentos presentados por los mismos.
Art. 34. Después de un funcionamiento de lazo de inscripción se reunirá la comisión respectivo para la evaluación de la documentación presentadas por todos los postulantes las misma que se hará de acuerdo para la tabla de puntaje establecidas en cada facultad.
Art. 35. El concurso de méritos será evaluado con una prueba de conocimientos científicos y pedagógicos que una comisión evaluadora específicamente tomará al postulante sobre los aspectos señalados en la convocatoria.
Art. 36. La prueba de conocimiento científico y pedagógico deberá hacerse conocer oportunamente el lugar y la hora de su relación son las siguientes.
a) Expresión del postulante sobre un tema general de la materia sorteado 24 horas antes del examen.
b) Análisis y defensa de un plan de trabajo que incorpora la investigación, interacción social y el análisis de defensa social presentado por el postulante.
Art. 37. El postulante será ponderado con una prueba de conocimiento son:
a) La prueba de conocimiento dentro una ponderación no mayor al 60% de la nota final.
b) La nota ponderada de la evaluación de merito y examen de competencia ser igual o superior al 75% para el postulante puede ser aceptado como de materia.
c) Se hubiera mas de un postulante aprobado ganará el concurso el que haya aprobado con la nota ponderado mas alta.
Art. 38. Si los postulantes dos o más alcanzan el puntaje de igual con la misma nota, se procederá a tomarles en nuevo examen sobre un mismo tema sorteado en 24 horas antes del examen.
Art. 39. Si los profesionales postulantes ninguno alcanzaran la nota mínima de aprobación el concejo universitario o facultativo deberá convocar a un nuevo concurso.
Art. 40. En caso no se presentan ningún postulante o se declara desierto, el concejo universitario de socios podrá nombrar a un docente interno para esta cátedra, previo examen de concurso de suficiencia.
Art. 41. El postulante no debe tener sentencia ejecutorial de ninguna institución. Ni mucho menos de la universidad para ejercer un cargo de cátedra.
Art. 42. No se dará curso ala solicitud de prueba de examen de competencia, si el profesor solicitante hubiera obtenido un puntaje igual o mayor de 75% en el cumplimiento de las actividades académicas asignadas.
Art. 43. El docente que ejerce su cátedra a un periodo anterior en la universidad, no será incluido a través de un examen de competencia o suficiencia.
Art.44. El docente anterior un periodo más será incluido por ciertas amistades, el concejo universitarios de socios inmediatamente lo invalida o se desconoce.
Art. 45. El consejo universitario de socios de inmediato convocará a una asamblea extraordinaria, para levantar el proceso sumario y posteriormente será sometido al proceso jurídico universitario mas allá si el delito agravante pasará ala justicia ordinario.
V

Thursday, June 11, 2020

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DOCENTE - CAPITULO III

CAPITULO III
LA SELECCIÓN Y ADMISIÓN DOCENTE
Art. 23. Previsión de cargo los docentes se harán sujeción a las normas que establece el presente reglamento y a las disposiciones que sobre la materia rigen en la universidad privada.
Art. 24. Para ingresar en calidad de docente ordinario, postulantes se someterán a examen de méritos y examen de competencia.
Art. 25. Pondrán postular como docente universitario los profesionales nacionales y extranjeros, en caso de extranjeros (estos últimos con residencia legal) que son grado académico y título en provisión nacional, reúnan los requisitos señalados por el presente reglamento y avalen una experiencia profesional a mayor de 4 años así mismo no deberán haber sido separado anteriormente de la universidad por sentencia ejecutoriada o por estar comprendido en casos de inhabilitación nombrados por el honorable consejo universitario de Socios las mismas serán para los extranjeros no pueden ser ejecutoriadas en su país ni nacional.
Art.26. Todos los docentes deberán transcurrir alas pruebas de aprobación en un taller didáctico para coordinar en investigación científica y con el concejo universitario de socios y con académica.
Art. 27. Los ganadores de pruebas ingresaran como docentes contratado y regentarán la cátedra por el tiempo de un año, habiendo el cabo este tiempo aromáticamente se cesará de acuerdo el presente reglamento.
Art. 28. La autoridad competente para llamar a un examen de competencia y concurso de meditos es el consejo universitario de socios de acuerdo a las necesidades de área correspondiente.
Art. 29. La convocatoria será de carácter público y deberá ser publicado con un mínimo de 20 días de anticipación. Dicha publicación se realizará en local dando en prensa circulará nacional amenos detrás oportunidades a partir de la fecha de aprobación.
Art. 30. Esta convocatoria deberá contener los siguientes lineamientos:
a) Se indicara el área o las asignaturas según los requerimientos de cada facultad o carrera.
b) El número de horas teórica - práctica que requiere las actividades, tiempo de de dedicación requeridas por la facultad de clases especifico del profesional, su especialidad según la naturaleza de las actividades.
c) c) Los interesados deben presentar su solicitud escrita dirigida al concejo universitario dentro del término establecido por la convocatoria y acompañar los documentos
Pertenencias en suma importancia.
Art. 31. Los requisitos mínimos que debe cumplir los postulantes en diferentes áreas que son:
a) Currículum vitae
b) Fotocopia legalizado de diploma académica y de profesión nacional.
c) El postulante debe demostrar un experimento adecuado en caso de área técnico, una practica específico el postulante en caso de áreas jurídicas y sociales y humanidades que debe demostrar en mediato solución un problema atengente.
d) Un plan de trabajo correspondiente a las actividades a los cuales se postula, este plan debe ser recibida para los recursos con que cuenta la universidad.

Wednesday, June 10, 2020

Banco Unión CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COBRANZA PARA ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO

Conste por el presente “Contrato de Prestación del Servicio de Cobranza para entidades del sector público”, que con el sólo reconocimiento de firmas y rúbricas ante autoridad competente a requerimiento de cualquiera de las partes contratantes, hará la misma fe que un documento público, sujeto al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA (PARTES). Son partes del presente contrato: 1.1El BANCO UNIÓN S.A. con Matrícula de Comercio N° 12933 y NIT N° 1028415020, instituido como la Entidad Bancaria Pública mediante Ley N° 331 de 27 de diciembre de 2012, representado legalmente por el ______ con Cédula de Identidad N°_____expedido en ____, en su condición de _____ y en virtud al Testimonio de Poder N° _____ de fecha _____, otorgado ante la Notaría de Fe Pública _____ del Distrito Judicial de _____ a cargo de _____, y por el ______ con Cédula de Identidad N°_____expedido en ____, en su condición de _____ y en virtud al Testimonio de Poder N° _____ de fecha _____, otorgado ante la Notaría de Fe Pública N° _____ del Distrito Judicial de _____ a cargo de _____, en adelante y para efectos del presente contrato será denominado como el BANCO. 1.2_____________con domicilio en ___________, NIT N°___________, representado legalmente por ___________, con Cédula de Identidad N°___________ expedido en ___________, en calidad de ___________, designado mediante/facultado a través del Testimonio de Poder (Colocar el instrumento jurídico que corresponda) ___, que en adelante se denominará el CLIENTE. Ambas partes podrán ser denominadas simplemente como PARTES. SEGUNDA (ANTECEDENTES Y DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO). Son antecedentes y documentos integrantes del presente Contrato: 2.1Nota de invitación. 2.2Documento de adjudicación. 2.3Condiciones Técnicas (Especificaciones técnicas). 2.4Propuesta adjudicada. 2.5Número de Identificación Tributaria (NIT) del CLIENTE. 2.6Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente (Emitida por la AFP Previsión y AFP Futuro).(Incluir según corresponda)2.7El Acta N° ______ de la Reunión de Directorio del Banco Unión S.A. que aprueba el modelo de Contrato de Prestación del Servicio de Cobranza para entidades del sector público. TERCERA (LEGISLACIÓN APLICABLE). La legislación aplicable al presente contrato es la siguiente: 3.1Constitución Política del Estado. 3.2La Ley N° 393 de 21 de agosto de 2013 de Servicios Financieros. 3.3Ley N° 331 de 27 de diciembre de 2012 crea la Entidad Bancaria Pública como una Entidad de Intermediación Financiera Bancaria Pública en la persona del Banco Unión S.A. 3.4Decreto Supremo N° 1841 de 18 de diciembre de 2013. 3.5Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios aprobadas mediante Decreto
2Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 y sus modificaciones. CUARTA (OBJETO Y CAUSA). El objeto del presente contrato es la prestación del SERVICIO DE COBRANZA (Ley Municipal N°0204/2017) que realizará el BANCO a favor del CLIENTE, de ingresos no tributarios, que será denominado en adelante como el SERVICIO y cuyas condiciones están estipuladas en el presente contrato y documentos integrantes del mismo. Para efectos del alcance del SERVICIO, se consideran ingresos no tributarios a los siguientes: 4.1____ (Detallar que concepto recaudará el Banco)_____. 4.2_____________________________________________.En caso de que el CLIENTE requiera incluir en el SERVICIO la recaudación de otros ingresos no tributarios que no se encuentren detallados en la presente cláusula, podrá requerir al BANCO su inclusión en la prestación del SERVICIO, previo consentimiento expreso del BANCO, debiendo realizarse los ajustes en las condiciones técnicas si corresponde, aspecto que no requerirá una modificación al presente contrato, bastando la conformidad de ambas partes, y cuyos documentos formarán parte indisoluble del presente contrato. QUINTA (CONDICIONES DEL SERVICIO). El BANCO para la prestación del SERVICIO procederá por cuenta del CLIENTE, a recibir pagos por los conceptos detallados en la cláusula anterior, aplicando el procedimiento y si corresponde los sistemas informáticos que acuerde con el CLIENTE. El CLIENTE al momento de suscribir el presente contrato comunicará de manera escrita al BANCO, la o las cuentas bancarias aperturadas en este último, que serán utilizadas para operativizar el SERVICIO, debiendo comunicar de igual manera de forma escrita, las modificaciones que afuturo se establezcan al efecto, siendo todas estas comunicaciones parte del presente contrato. En caso de que el CLIENTE no tenga aperturada una cuenta bancaria en el BANCO, deberá contar con una, debiendo para ello cumplir con la normativa vigente. Finalmente el CLIENTE deberá sujetarse a las siguientes condiciones: 5.1Supervisión. El CLIENTE podrá en todo momento supervisar la prestación del SERVICIO, ya sea por sus apoderados o por cualquier persona designada al efecto, previo aviso y coordinación con elBANCO. El BANCO informará a requerimiento formal del CLIENTE sobre el desarrollo del SERVICIO y acatará las indicaciones, con relación al SERVICIO, siempre que el requerimiento se enmarque en el presente contrato y en la normativa de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI); además, brindará todo tipo de información técnica y de pagos cuando sea requerida por el CLIENTE, siempre que se efectúe conforme al presente contrato y documentos que forman parte del mismo. 5.2Cumplimiento de Normas yProcedimientos. Las PARTES se comprometen a coordinar labores, proporcionar, mantener y mejorar los sistemas técnicos, operativos y administrativos necesarios para la mejor y eficiente realización del SERVICIO. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)5.3Corresponsalías. El BANCO para la prestación del SERVICIO podrá contratar bajo el régimen de corresponsalía a otras entidades financieras en el marco de la normativa vigente aplicable al BANCO. 5.4Intercambio de información. Las PARTES coordinarán las especificaciones de los procesos automatizados y estructuras de datos, para el procesamiento periódico de información. Estos procedimientos implican lo siguiente: a)Todo intercambio de información entre las PARTES debe realizarse mediante mecanismos
3de intercambio de información seguros. b)El CLIENTE proporcionará al BANCO los registros electrónicos si correspondieren así como otros que se requieran para la prestación del SERVICIO. c)Implantación de medidas de seguridad de información en el intercambio periódico de información. d)Los mecanismos de intercambio de información deberán ser consensuados con el CLIENTE. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)e)El CLIENTE dispondrá de un canal de comunicaciones de datos con el BANCO ya sea por VPN usando Internet, Fibra Óptica dedicada u otros que se determinarán previamente a la implantación del SERVICIO. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)5.5Extravío de recursos y/o documentos. El extravío de recursos económicos y/o cualquier documento entregado al BANCO para y como producto del SERVICIO objeto de este contrato, es de única y exclusiva responsabilidad del BANCO, debiendo reponerse en un plazo máximo de diez (10) días hábiles. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)5.6Formularios para el servicio de cobranza. El BANCO y sus corresponsales utilizarán los formularios determinados por el CLIENTE para realizar el SERVICIO. 5.7Tipo de moneda: Las recaudaciones correspondientes al SERVICIO serán efectuados en moneda nacional o en moneda extranjera, no obstante en este último caso el BANCO realizará la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional, para lo cual considerará como operación de compra venta de divisas al tipo de cambio de venta que ofrece el BANCO a sus diferentes clientes. Corresponderá al CLIENTE Informar a los depositantes esta situación. 5.8Depósito de montos recaudados: Al día hábil siguiente de las recaudaciones, el BANCO se encargará de depositar los montos recaudados por sus corresponsales y por cada día de recaudación sin deducciones, en cuentas definidas por el CLIENTE en el BANCO. De manera excepcional y por motivos de cierre de Gestión Fiscal, los montos recaudados por el BANCO y sus corresponsales en fecha 31 de diciembre de cada año, deberán ser depositados en el mismo día. Por el incumplimiento del depósito de los montos recaudados, el BANCO se constituirá en mora sin necesidad de ningún aviso previo del CLIENTE, obligándose a pagar por cada día calendario de retraso una multa equivalente al 0.5% del monto no depositado. En caso de existir alguna diferencia sobre las recaudaciones de las entidades financieras corresponsales, el BANCO regularizará la situación con la entidad financiera correspondiente y comunicaráde esta situación al CLIENTE cuando corresponda. 5.9Coordinación de aspectos técnicos del SERVICIO. Para resolver inconvenientes relativos a aspectos técnicos del SERVICIO, el CLIENTE deberá mantener coordinación directa con el BANCO, asimismo el BANCO se compromete a resolver los inconvenientes que surjan durante la prestación del SERVICIO. 5.10Otros aspectos técnicos y operativos del SERVICIO: La condiciones del SERVICIO se sujetarán a lo establecido en el presente contrato y los documentos que forman parte del mismo, tales como las condiciones técnicas y la propuesta adjudicada entre otros. Queda exenta la responsabilidad del BANCO en caso fortuito y/o fuerza mayor, y otros fuera de su competencia y servicio, tales como la caída de conectividad simultánea originada en las empresas proveedoras del servicio de comunicación. SEXTA (EQUIPAMIENTO E INSTALACIÓN DE LOS PUNTOS DE ATENCIÓN Y PRESTACIÓN DEL
4SERVICIO). El BANCO en los puntos de atención financiera autorizados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero -ASFI contará con el adecuado equipamiento físico, tecnológico, además del personal requerido para la prestación del SERVICIO de conformidad con los términos contenidos en el presente contrato y los documentos que forman parte del mismo. SÉPTIMA (PLAZO Y VIGENCIA). El presente contrato tendrá un plazo de duración de __________computables a partir de ________________, al vencimiento del mismo quedará automáticamente renovado por otro plazo igual que el fenecido y así sucesivamente, salvo que cualquiera de las PARTES comunique a la otra su intención de no renovar el presente contrato con al menos treinta (30) días hábiles previos al vencimiento del mismo. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)El plazo de duración del contrato incluirá en su inicio, un periodo de adecuación de ___________.OCTAVA (SERVICIOS CONTRATADOS POR EL BANCO). El CLIENTE a través del presente contrato autoriza al BANCO la contratación de entidades que otorgan el servicio de plataforma tecnológica y soluciones informáticas y/u otras, que puedan ser requeridas para el cumplimiento del SERVICIO contratado, conforme al alcance y condiciones técnicas que el BANCO considere pertinentes y sean acordadas con las entidades correspondientes. Por lo anterior el CLIENTE manifiesta su conformidad con las condiciones que pacte el BANCO con entidades que otorgan el servicio de plataforma tecnológica y soluciones informáticas y/u otras entidades que presten servicios al BANCO, dichas condiciones serán comunicadas oportunamente. El servicio de plataforma tecnológica y soluciones informáticas, así como de otros servicios que eventualmente contrate el BANCO, deberá aplicar políticas, mecanismos y procedimientos que aseguren los siguientes principios: 8.1Confidencialidad. Se protegerá debidamente la información, considerando su grado de sensibilidad y confidencialidad, a fin de evitar su divulgación no autorizada. 8.2Integridad. Se deberá asegurar información exacta, suficiente y válida, acorde con los lineamientos fijados por el CLIENTE, y regulaciones externas, garantizando para esto que la información no esté sujeta a manipulación no autorizada. 8.3Disponibilidad. La información estará disponible en tiempo y forma, toda vez que sea requerida. 8.4Confiabilidad. Los sistemas deberán brindar información correcta para ser utilizada en todas sus operaciones, en la presentación de los informes necesarios a los usuarios internos y externos y en su entrega al CLIENTE. 8.5Cumplimiento. El manejo de la información deberá cumplir estrictamente con las leyes y reglamentaciones a las que esté sujeto, así como los contratos pertinentes y sus normas internas. 8.6Eficacia. La información y los procesos relacionados a ésta, son relevantes y pertinentes para el desarrollo de la actividad de la entidad. Por cuanto se presentarán en forma correcta, coherente, completa y que pueda ser utilizada en forma oportuna. 8.7Eficiencia. El proceso de la información será realizada mediante una óptima utilización de los recursos. Para ello se aplicaran los mecanismos que sean necesarios, a objeto de cumplir estos aspectos en cada uno de los recursos intervinientes en los procesos de tecnologíainformática, tales como: datos, sistemas de aplicación, tecnología, comunicaciones, instalaciones y personas. 8.8Control de Calidad. Todos los procedimientos contarán con una traza o log de auditoría. 8.9Propiedad de la información. Toda información generada a través del CLIENTE, es de su
5exclusiva propiedad, por lo que no puede ser divulgada, utilizada para otros fines, ni proporcionada a terceros, ni generar un producto sobre estos datos. NOVENA (PRECIO, MONEDA Y FORMA DE PAGO). El CLIENTE, reconocerá al BANCO una comisión que incluirá todos los costos, impuestos y otros, por el SERVICIO prestado que asciende a ______________, previa conciliación y solicitud de pago remitida por el BANCO, conforme a los procedimientos que se acuerden entre las PARTES. Para tal efecto, el CLIENTE a través del presente contrato autoriza al BANCO que se apliquen débitos automáticos de la o las cuentas bancarias que se determinen para el efecto. El BANCO emitirá la factura por el SERVICIO prestado a favor del CLIENTE. DÉCIMA (OBLIGACIONES DEL CLIENTE). El CLIENTE se obliga a: 10.1Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)10.2Proveer la base de datos para la identificación de los depositantes, cuando corresponda, así como el cálculo de los recursos a ser recaudados, conforme convengan las PARTES, misma que será empleada por el BANCO y entidades corresponsales. 10.3Efectuar el pagode las comisiones correspondientes al presente contrato, por la prestación del SERVICIO. 10.4El CLIENTE debe contar con todos los mecanismos razonables para brindar un servicio oportuno y continuo en sus sistemas. Lo cual incluye pero no se limita a: Tener equipos de respaldo, UPS, procedimientos de contingencias en caso de cortes del servicio y otros. 10.5El CLIENTE debe informar oportunamente al BANCO sobre cortes y/o cambios que puedan afectar la prestación del SERVICIO. 10.6Avisar y notificar bajo su entera responsabilidad, en forma oportuna y por escrito al BANCO, cualquier modificación realizada a la información enviada para la prestación del SERVICIO. 10.7Registrar en el BANCO, todas las firmas autorizadas para el manejo de las cuentas receptoras, actualizándolas cuando se requiera y acreditar mediante la presentación de los documentos pertinentes, su existencia legal y capacidad, registros especiales, y otros relacionados con sus representantes, en los que consten las facultades y limitaciones correspondientes. 10.8Dar aviso oportuno y por escrito al BANCO sobre cualquier cambio y modificación operados en su naturaleza y estado jurídico, de sus representantes acreditados ante el BANCO, cambio de domicilio, direcciones, teléfono y otros de similar naturaleza, justificando mediante documentación legal probatoria suficiente, no siendo el BANCO responsable por la falta de comunicación oportuna de esas notificaciones o en la forma en que aquellas hayan sido comunicadas al BANCO. 10.9Retirar de las oficinas del BANCO, los extractos de las cuentas receptoras cuando estén disponibles. DÉCIMA PRIMERA (OBLIGACIONES DEL BANCO). El BANCO se obliga a lo siguiente: 11.1Prestar el SERVICIO, objeto del presente contrato, en forma eficiente, oportuna y en la cobertura estipulada en el presente contrato y los documentos que forman parte del mismo. 11.2El BANCO deberá realizar las capacitaciones a sus cajeros, supervisores, operadores y demás funcionarios en el manejo del software de la plataforma tecnológica u otros aspectos que correspondan y sean empleados para el SERVICIO, así como los procedimientos asociados al mismo, en coordinación con el CLIENTE, asimismo deberá coordinar el soporte técnico
6requerido para el buen funcionamiento del módulo informático a ser aplicado, si corresponde. 11.3Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. 11.4El BANCO es responsable por todos los actos de sus funcionarios o terceros que actúen por cuenta del BANCO, relativos al SERVICIO objeto del presente contrato. Consiguientemente, el BANCO asume la responsabilidad plena, es decir, que cubrirá por si mismo los importes recaudados y no depositados, así como la devolución de la comisión que hubiere cobrado por haber efectuado una transacción errónea. 11.5El BANCOproveerá el personal y otros elementos necesarios para el cumplimiento del SERVICIOobjeto del presente contrato, dejándose expresa constancia que la comisión pactada comprende todos los servicios, honorarios y cualquier otro gasto que se presente en la realización del mismo. (Incluir según corresponda a las condiciones técnicas)11.6Entregar al usuario final que realiza un pago a favor del CLIENTE, el formulario correspondiente a la transacción, debidamente sellado y firmado en constancia del monto recibido. 11.7Los formularios de recaudación, deberán permanecer en el BANCO durante el periodo que establece la normativa vigente y estar disponible a solicitud del CLIENTE. DÉCIMA SEGUNDA (LUGAR Y COBERTURA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO). El BANCO prestará el SERVICIO objeto del presente contrato con cobertura a nivel nacional, en su oficina principal, agencias y sucursales propias o de sus corresponsales autorizados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero -ASFI y ubicadas en el territorio del Estado Plurinacional. DÉCIMA TERCERA (CONDICIONES Y TRABAJOS ADICIONALES). Bajo ningún concepto, el BANCO realizará una actividad que no sea la descrita en el objeto y en las condiciones del SERVICIO estipulados en el presente contrato y demás documentos que forman parte del mismo. DÉCIMA CUARTA (DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE COMO CONSUMIDOR FINANCIERO). En el marco de lo previsto en el artículo 74 de la Ley N° 393 de 21 de agosto de 2013 de Servicios Financieros, el CLIENTE goza del ejercicio pleno de sus derechos como consumidor financiero, pudiendo asumir defensa y protección de sus intereses conforme la normativa aplicable a la defensa del consumidor financiero, dejando expresa constancia que el ejercicio de sus derechos como consumidor financiero utilizara el régimen de sanciones establecido por la normativa vigente. DÉCIMA QUINTA (RELACIONES LABORALES). El BANCO deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente enBolivia, en este sentido será responsable y deberá mantener al CLIENTE exonerado contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social. DÉCIMA SEXTA (MODIFICACIONES). Los términos y condiciones contenidas en este contrato no podrán ser modificados unilateralmente, debiendo ser consensuados entre las PARTES y en caso de modificación al contrato constar por escrito mediante la respectiva adenda. DÉCIMA SÉPTIMA (PROHIBICIONES). El BANCO queda prohibido de: 17.1Disponer total o parcialmente, bajo ninguna circunstancia, de los dineros recaudados para
7fines ajenos a la transferencia y acreditación en cuentas fiscales del CLIENTE. 17.2Utilizar la informaciónotorgada por el CLIENTE, para fines propios diferentes a la prestación del SERVICIO, durante la vigencia del contrato o en forma posterior. 17.3Otorgar, ceder o transferir directa o indirectamente información de recaudación a terceros ajenos durante la vigencia del contrato, salvo en los casos expresamente permitidos por ley (Requerimiento Judicial y solicitud de información de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero -ASFI), que será comunicada al CLIENTE. DÉCIMA OCTAVA (CONFIDENCIALIDAD). Las PARTES se obligan a mantener estricta confidencialidad acerca de la información que reciban para efectuar el SERVICIO, así como de toda la información, documentación, estudios, datos y otros que se originen en la prestación del SERVICIO, mismos que serán considerados con la máxima reserva y confidencialidad, absteniéndose las PARTES de toda forma de utilización con terceros salvándose la utilización de la información por parte de la entidad que preste servicios de plataforma tecnológica y soluciones informáticas y otras contratadas por el BANCO para la prestación del SERVICIO, de acuerdo a las estipulaciones establecidas en la Ley de Servicios Financieros. Estas obligaciones subsistirán aún después de concluido el plazo del contrato. Esta cláusula se entenderá subsistente aún si el contrato fuera anulado o invalidado por cualquier causa. DÉCIMA NOVENA (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO). En el marco de lo previsto en el parágrafo III de la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N°1841, que incorpora el parágrafo IV en el artículo 20 del Decreto Supremo N°181 de 28 de junio de 2009, el CLIENTE se halla exento de la aplicación de garantías. VIGÉSIMA (RESOLUCIÓN DEL CONTRATO). El incumplimiento de cualquiera de las PARTES a cualquiera de las obligaciones adquiridas bajo este contrato, dará derecho a la otra a resolver el mismo. La resolución se cumplirá a sola comunicación escrita de la parte perjudicada, sin perjuicio del resarcimiento de daño que hubiere podido ocasionarle la otra parte, salvo hechos de caso fortuito y/o fuerza mayor, debidamente justificados, los cuales deben ser comunicados por la parte que incurrió en incumplimiento. Las PARTES se reservan el derecho, en todos los casos de resolver unilateralmente el presente contrato mediante notificación enviada a la otra parte con treinta (30) días hábiles de anticipación. En caso de existir acuerdo de PARTES para la resolución del contrato, este surtirá efectos legales a los treinta (30) días hábiles computables desde la formalización escrita de acuerdo de resolución. Cualquiera de estas resoluciones operará sin necesidad de intervención judicial, previo procesamiento de las operaciones en curso. VIGÉSIMA PRIMERA (TERMINACIÓN DEL CONTRATO). Tanto el CLIENTE como el BANCO darán por terminado el presente contrato, una vez que las PARTES hayan dado cumplimiento a todas y cada una de las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por el CLIENTE. A este efecto y concluido el plazo del presente contrato, el CLIENTE procederá al cierre del mismo, estableciendo saldos a favor o en contra, elaborara el Informe de Conformidad y emitirá el Certificado de Cumplimiento de Contrato. VIGÉSIMA SEGUNDA (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de exceptuar
8al BANCO de determinadas responsabilidades durante la vigencia del presente contrato, el CLIENTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre el cumplimiento del contrato. El BANCO no tendrá responsabilidad alguna por hechos que constituyan causas de fuerza mayor y/o caso fortuito o contingencias técnicas que le hubieran impedido prestar el SERVICIOtotal o parcialmente o cumplir con las obligaciones emergentes del presente contrato, siempre que éstos sean comunicados al CLIENTE por escrito y adjuntando los descargos que correspondan, dentro de los cinco (5) días hábiles de producido el hecho. La comunicación fuera de plazo citado, dará lugar al rechazo de la misma. VIGÉSIMA TERCERA (DESCARGOS POR FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Cuando el BANCO incurra en algún incumplimiento por imponderables atribuibles a causales de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre el incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato, deberá presentar como descargo, un documento original que certifique la veracidad del hecho, tales como: 23.1Publicaciones de prensa. 23.2Certificación de las empresas que presten el servicio de energía eléctrica, conexión en línea y los que correspondan debidamente firmada con sellos de rigor de los funcionarios que la expiden. 23.3Fotocopia de la resolución del Gobierno Autónomo Departamental, Municipal u otros según corresponda. 23.4Otros documentos que demuestren fehacientemente el caso fortuito y/o fuerza mayor ocurrido. El BANCO deberá presentar el descargo debidamente respaldado,dentro de los cinco (5) días hábiles de iniciado u ocurrido el hecho, sin el cual de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar luego al CLIENTE, la aceptación del descargo por el incumplimiento de la obligación. El CLIENTE deberá manifestar la validez o rechazo del descargo en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles de recibido el mismo. En caso que el descargo sea aceptado este se tendrá presente para todos los efectos legales consiguientes. VIGÉSIMA CUARTA (FISCALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS).El CLIENTE designará como contraparte encargada del seguimiento y control del SERVICIO a ___________, siendo sus funciones entre otras asignadas las siguientes: 24.1Realizar el seguimiento al SERVICIO. 24.2Fiscalizar directamente el cumplimiento de las condiciones técnicas y del contrato. 24.3Ser el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el SERVICIO. 24.4Coordinar permanentemente con el agente del servicio, aspectos inherentes al SERVICIO. VIGÉSIMA QUINTA (REPRESENTANTE DEL BANCO). El BANCO designará mediante notificación escrita a un representante para la provisión del SERVICIO, dicho personero será denominado agente del servicio y será presentado oficialmente por el BANCO al inicio del mismo, mediante comunicación escrita dirigida al CLIENTE. VIGÉSIMA SEXTA (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS). Para las divergencias o conflictos que se susciten entre las PARTES con relación a la interpretación, aplicación y/o ejecución del presente contrato y/o que deriven de éste, como mecanismo para solución de controversias las PARTES
9acuerdan la vía de la conciliación ante un tercero imparcial, independiente y nombrado por las partes, que tendrá la función de facilitar la comunicación y relacionamiento entre las PARTES, en el marco de la Ley N° 708 de Conciliación y Arbitraje de fecha 25 de junio del 2015. VIGÉSIMA SÉPTIMA (DOMICILIO). Las PARTES señalan que sus domicilios, para fines de comunicación entre ellas, de ejecución del presente contrato, de ejecución judicial y cualquier otro acto emergente del mismo, son los siguientes: 27.1. El CLIENTE en _______ Bolivia. 27.2. El BANCO en _______ Bolivia. VIGÉSIMA OCTAVA(CONSENTIMIENTO). Nosotros los señores ___________en representación del BANCO, por una parte y por ______en representación del CLIENTE, manifestamos nuestra plena conformidad con todas y cada una de las cláusulas que anteceden, obligándonos a su fiel y estricto cumplimiento en toda forma de derecho suscribiendo el presente contrato al pie del mismo. La Paz, ___ de ____ de 20__________________________________(ENTIDAD DEL SECTOR PÚBLICO)______________________________________________BANCO UNIÓN S.A.BANCO UNIÓNSA