Busca en el Blog

Thursday, August 13, 2020

MINUTA de Constitucion de Sociedad de Responsabilidad Limitada



Señor notario de fe pública:
En los registros de escrituras públicas que cursan a su cargo sírvase insertar una de las constituciones de Sociedad de Responsabilidad Limitada: con sujeción a las siguientes estipulaciones:

PRIMERA: ( DE LOS SOCIOS)dirá Ud. que nosotras Benita Pari Apaza, Boliviana, mayor de edad, soltera, hábil por derecho con C.I. 479778 L. P., de ocupación estudiante, domiciliada zona San Luis Calle A, No. 116; en legitimo ejercicio de nuestros derechos, hemos convenido en formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la que será debidamente inscrita y registrada conforme a la ley u que se registra de acuerdo a las siguientes cláusulas.

SEGUNDA: (DE LA DENOMINACIÓN) Dirá Ud. Señor Notario, que la sociedad girara bajo la razón social de EMPRESA “B&A S.R.L” para los fines consiguientes y desarrollara sus actividades al amparo de las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes que le son relativas.

TERCERA; (CAPITAL SOCIAL) El capita social íntegramente pagado es de 20.000.00.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS) aportadas y pagadas en la proporción y porcentaje iguales de la siguiente forma:

SOCIO                             APORTE                     CUOTAS                       %
1.- Lourdes Valda            10.000.00.-                   50                                50%
2.- Rita Díaz                     10.000.00.-                   50                                50%
    TOTAL                        20.000.00                      100                            100%

Consta mediante declaración expresa del presente documento, que a fecha de constitución la Sociedad no cuenta con bienes inmuebles de su propiedad.

CUARTA; (DEL INCREMENTO O REDUCCIÓN DE CAPITAL) En cualquier tiempo, pero necesariamente,por resolución de los socios que representen por o menos dos tercios del capital social, podrá ser este incrementado o reducido, sin embargo la reducción será obligatoria, en caso de perdida no reintegrada por los socios, que sobrepase el 50% del capital y reservas libres.

QUINTA;( DEL DOMICILIO) La sociedad señala por domicilio, la ciudad de la Paz, facultada para abrir su oficina, en Av. 6 de Agosto casi esquina Aspiazu # 567, estando facultada para abrir agencias, sucursales y/o oficinas en el interior y exterior de la Republica.

SEXTA; (DEL OBJETO) La sociedad tiene por objeto la distribución, venta, comercialización importación y exportación a nivel nacional e internacional de PRODUCTOS DE BELLEZA  además de ejecutar toda otra actividad subsidiaria y/o colateral necesaria para el buen desempeño de sus objetivos.

SÉPTIMA;(DE LA DURACIÓN) La sociedad de Responsabilidad Limitada, tendrá una duración de veinte anos, computables a partir de la suscripción del presente documento, este plazo podrá ser prolongado por acuerdo unánime de socios.

OCTAVA; (DE LA ASAMBLEA DE SOCIOS) La Asamblea General de Socios es el órgano superior de la Sociedad y conocerá y decidirá todos los asuntos que sometan a su consideración y competencia.
Las Asambleas de Socios serán Ordinarias y Extraordinarias y se constituirán con la concurrencia de los socios que representan el 100% del capital social. las Asambleas Generales de socios se reunirán, por lo menos, una vez al ano. dentro de los res meses siguientes al cierre de cada gestión anual, y sus facultades son: a) Discutir, aprobar modificarlo rechazar el balance general correspondiente a la gestion pasada.b) Aprobar y distribuir utilidades; c) Nombrar y remover al Gerente general, d) Adoptar los reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de la sociedad.

Para modificar la escritura social, cambiar el objeto de la sociedad, aumentar o reducir el capital social, admitir nuevos socios, autorizar la transferencia de cuotas y disolver la sociedad, así como las demás resoluciones pertinentes, se requiere del voto de socios que representan el 100% del capital social mediante actas.

NOVENA(LA DISRIBUCION DE UTILIDADES) L as ganancias y las perdidas se distribuirán entre los socios en proporción a los aportes efectuados. La distribución de utilidades se hará previa deducción del (5%) de las mismas, destinadas a la reserva de ley.

DECIMA ( DEL BALANCE GENERAL) Cada ano al 31 de diciembre, se hará un Balance General, el mismo que será puesto en consideración de la asamblea ordinaria de socios. El balance se dará por aprobado si dentro de los 15 días de habérselo puesto en conocimiento de los socios, no es observado, este plazo cierre para cada socio, desde el momento de su notificación.

DECIMO PRIMERA; (DE LAS CAUSALES DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD) La sociedad podrá disolverse: a) por perdida del 50% del capital social, que.será  verificada y comprobada por las perdidas asentadas en los registros contables sea en una o varias gestiones y en forma acumulativa, c) Por las causales señaladas en el Código de Comercio.

DECIMA SEGUNDA: ( DE LOS LIBROS DE REGISTRO Y DE ACTAS) La sociedad llevara un libro de registro de socios donde se inscribirá el nombre, domicilio, monto de aportación y en su caso, transferencia de cuotas, embargos, gravámenes. Llevara así mismo un libro de actas de asambleas de socios.

DECIMA TERCERA: ( DEL SOMETIMIENTO AL CODIGO DE COMERCIO) Todo aspecto que no estuviera considerado en la presente escritura, se resolverá de acuerdo a las disposiciones convenidas en Código de Comercio.

DECIMA CUARTA; (DE LA ACEPTACIÓN) Nosotras Lourdes Valda y Rita Díaz otorgamos nuestra aceptación a todas las cláusulas y estipulaciones convenidas en el presente documento obligándonos a su fiel y estricto cumplimiento, firmando al pie en señal de conformidad en doble ejemplar a los 5 dias del mes de diciembre de Dos Mil Uno.

Usted Señor Notario se servir agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.





__________________
Benita Pari Apaza

C.I. 479778 L. P.

No comments:

Post a Comment