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Sunday, September 14, 2014

CONTRATO DE COMPRAVENTA CONDICIONADA DE VEHÍCULO SUSCRITO ENTRE UNA FIRMA COMERCIAL IMPORTADORA Y UN CLIENTE - Part 4

Sexta.- Queda asimismo convenido que no podrá(n) el (los) COMPRADOR (ES) empeñar, gravar o vender el vehículo que adquiere(n) condicionalmente mediante este documento, por deudas a terceros, ni podrán darlo en prenda o garantía, ni desarmarlo ni disponer sus piezas o hacer algo con el vehículo que dañe los intereses del propietario VENDEDOR. Las infracciones a estas prohibiciones importarán el delito de abuso de confianza, pudiendo por consiguiente el Vendedor, instaurar el respectivo juicio criminal. Tampoco podrá(n) el (los) COMPRADOR (ES) invocar que la posición vale por título en materia de muebles ni que se trata de un instrumento de trabajo, puesto que mientras no haya(n) pagado el valor total del vehículo, su tenencia es simplemente precaria y condicional. Además, y no obstante que el (los) COMPRADOR (ES) reconoce(N) que tiene precariamente el vehículo materia de este contrato, declara(n) también expresamente que no se operará el beneficio de la prescripción de que habla el Art. 1502 inciso 2 del Código Civil mientras que da pendiente de pago cualquier obligación por crédito convenido por el VENDEDOR a tiempo después de formalizar el presente contrato. Como acto de disposición voluntaria, el (los) COMPRADOR (ES) declara(n) depositado(s) del vehículo motivo de la presente obligación, asumiendo las responsabilidades señaladas por la Ley Civil, renunciado a percibir retribución económica.

Séptima.- El (los) COMPRADOR (ES) se compromete(n) formalmente mediante el presente contrato y mientras dure su vigencia a dar aviso al VENDEDOR a recoger el vehículo de su propiedad en las condiciones indicadas en las cláusulas anteriores a la presente.

Octava.- Siendo el presente un contrato especial en cuya virtud el (los) COMPRADOR (ES) entra(n) a gozar de los beneficios que le proporciona el vehículo, el cual sufre también y de inmediato el deterioro y consiguiente desvalorización en proporción a su uso, se conviene expresamente que todos los pagos acortados se harán precisamente en las fechas estipuladas sin que por ningún motivo puedan demorarse. Cualquier espera o renovación que concediera el VENDEDOR a el (los) COMPRADOR (ES) no se consideran renovaciones o modificaciones al contrato si no como una simple tolerancia que en nada modificará el derecho del VENDEDOR, en virtud de este contrato para exigir el pago como se tienen estipulados en su cláusula  segunda.


Novena.- No siendo conceptuado como instrumento de trabajo, el vehículo objeto de la compraventa, cualquier paro que sufra imputable a fallas mecánicas o a otras causales de cualquier índole, no serán aceptadas por el VENDEDOR como justificaciones para que se dejen de pagar las obligaciones contraídas por el (los) COMPRADOR (ES) según la cláusula segunda del presente contrato, admitiendo de su parte que el pago de las mismas no se encuentran reatadas o condicionadas al vehículo entregado.

Saturday, September 13, 2014

CONTRATO DE COMPRAVENTA CONDICIONADA DE VEHÍCULO SUSCRITO ENTRE UNA FIRMA COMERCIAL IMPORTADORA Y UN CLIENTE - Part 3

Tercera.- No obstante de suscribirse el presente contrato estipulándose el pago de las suma señaladas en dólares americanos, el VENDEDOR aceptará el pago de dicha suma en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en el día en que se efectúa el pago, cualquiera que haya sido la cotización del dólar americano en el momento de suscribirse en las oficinas del VENDEDOR(ES) para pagarlas precisamente en la fecha de cada vencimiento, sin obligación por parte del VENDEDOR de pasarle(s) aviso previo.

Cuarta.- Queda expresamente convenido con el (los) COMPRADOR (ES) que el derecho de propiedad sobre el vehículo, materia de este contrato condicional, se perfeccionará sólo cuando haya(n) pagado la totalidad de las cuotas estipuladas en la cláusula segunda, por consiguiente, al suscribir este documento tanto el VENDEDOR como el (los) COMPRADOR (ES) están desacuerdo en oficiar a la Dirección de Transito, comunicando que el Carné de Propiedad, sólo podrá ser expedido a favor del (de los) segundo(s) cuando el precio del vehículo haya sido cancelado en su totalidad, lo que se acreditara mediante certificado otorgada por el VENDIDO, quedando mientras tanto éste como propietario absoluto del vehículo referido y ampliamente facultado para recogerlo de hecho del (de los) COMPRADOR(ES) o de quien tenga en su poder, o donde se encuentre sin necesidad de notificación alguna, orden judicial, policial de otra autoridad por sólo falta de pago de alguna de las cuotas cuyo detalle aparece en el presente documento.

Producido el recojo del vehículo, por incumplimiento, el VENDEDOR podrá disponer de el a su elección, venderlo a terceras personas, utilizarlo en sus servicios, desarmarlo, y en fin, hacer lo que le conviniese libremente sin que el (los) COMPRADOR (ES) tenga(n) derecho a reclamación alguna, judicial o extrajudicial. El estado en el que haya sido recogido el vehículo por el VENDEDOR, será constatado por el Técnico Mecánico que designe "(la entidad vend.)", cuyo peritaje reconoce(n) el (los) COMPRADOR (ES) y que tendrá valor judicial referida en el Art. 403 y Apartado ll del Art. 404 del Código de Procedimiento Civil, Queda también convenido y aceptado pro ambas partes contratantes que la diferencia que existirá entre el justiprecio del vehículo hecho por el perito y lo adeudado por el (los) COMPRADOR(ES) será ejecutivamente exigible, sin necesidad de otra formalidad.


Quinta.-En caso de haber sido recogido el vehículo por falta de pago de una o más cuotas, el (los) COMPRADOR (ES) perderá(n) el pago inicial hecho al recibir el vehículo, así como todos los pagos parciales que hasta entonces hubiera(n) efectuado a cuenta, sumas que se consolidarán en favor del VENDEDOR sin derecho a reclamación ni recurso ante ninguna autoridad, por haber pactado por mutuo consentimiento que todas las sumas pagadas están destinadas a reembolsar el precio por desgaste del vehículo mientras ha permanecido en poder del (de los)COMPRADOR (ES) y hacer ocasionado su desvalorización.

Friday, September 12, 2014

CONTRATO DE COMPRAVENTA CONDICIONADA DE VEHÍCULO SUSCRITO ENTRE UNA FIRMA COMERCIAL IMPORTADORA Y UN CLIENTE - Part 2

Segunda.-  El precio libremente convenido para esta compraventa es de (generalmente en dólares americanos) (Sus )  por el vehículo puesto en (almacenes- aduana, etc.) El ( los) COMPRADOR ( ES) al aceptar esta  compraventa condiciona, tal como se estipula en este documento, se obliga (n) y comprometen ( n) a pagar  el precio convenido, en la siguiente forma: un pago inicial de ___________  _____________ (Sus. _________) a tiempo de suscribir este contrato y que el VENDEDOR declara haber recibido a su plena satisfacción, según consta del Recibido de Caja No_________, otorgado en fecha________  _________-.

El saldo de _______________ (Sus_________), deberá (n) cubrir o pagar mediante__________ cuotas mensuales aceptadas por el (los)  COMPRADORES (ES) con las siguientes fechas de vencimiento:

Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
Cuota No .....................con vencimiento ...................$US ....................
                                                                                   ______________

                                                                                  $US .....................                                                                             
                                                                                   ============= 


Se deja expresar constancia, que: cualquiera de las cuotas indicadas anteriormente no canceladas en las fechas de su vencimiento, devengarán un interés del _____por ciento(__%) mensual sobre el monto adeudado, total o parcial y que se computará por todo el tiempo que se demore(n) el (los) COMPRADOR (ES) en levantar o cancelar la obligación pendiente, Bastaría, sin embargo, que el (los) COMPRADOR (ES) deje(n) de pagar cualquiera de las anteriores cuotas en su respectivo vencimiento, para conceptuar plazo vencido, todo el saldo que arroje el resto de las obligaciones y sea ejecutivamente de acuerdo con el articulo 1297 e inciso 2) del Art. 319 del Código de Procedimiento Civil, sin necesidad de correr formalidad alguna con las demás cuotas.

Thursday, September 11, 2014

CONTRATO DE COMPRAVENTA CONDICIONADA DE VEHÍCULO SUSCRITO ENTRE UNA FIRMA COMERCIAL IMPORTADORA Y UN CLIENTE - Part 1

En realidad, un contrato e compraventa de esta naturaleza, se halla sujeto a cierras condiciones impuesta   por una firma comercial importadora de vehículos como por ejemplo: el pago del valor del motivado que se transfiere, en cuotas mensuales constantes mediante la suscripción de letras de cambio con sus respectivas fechas de vencimiento, con el reconocimiento de intereses sobre el monto adeudado en caso de incumplimiento en la cancelación de las mismas; no quedando  perfeccionando el contrato de compraventa sino cuando ha sido cancelada la totalidad de la suma adeudada.  Quedando facultada la empresa vendedora, en proceder al recojo del vehículo, cuando existe mora considerable en el pago de tales obligaciones, como  podremos ver en el ejemplo   que  insertamos a continuación, que, jurídicamente puede conceptuarse cono un contrato de adhesión, por misma razón de que, quién tienen interés en la compra de esta vehículo, se adhiere a las cláusulas preestablecidas en el respectivo formulario.  Por ello mismo será de mucha utilidad para abogados que tengan a su cargo el asesoramiento legal y jurídico de dichas empresas

(ACÁ EL NOMBRE DE LA EMPRESA COMERCIAL IMPORTADORA)

CONTRATO DE COMPRAVENTA No_______________

Conste por el presente documento privado que podrá ser elevado a instrumento público a requerimiento de cualquiera  de los contratantes, que, entre nosotros:(nombre de la empresa comercial), debida y legalmente representada por el señor__________ y que en la redacción de este contrato se denominará el " VENDEDOR", por una parte y, el  (ellos) señor (es)__________, por otra, domiciliado (s) en la cuidad de _______ calle______ No con Carné de  Identidad No (s)_________ y ________, respectivamente, que se denominará  (n) el (los)  "COMPRADORES" ( es), hemos convenido de nuestra libre y espontánea voluntad en formalizar un " CONTRATO DE COMPRAVENTA" CONDICIONAL  de vehículos motorizado, en los términos y condiciones siguientes:

Primero.- El VENDEDOR, da en calidad de venta condicional al pago del precio total, all (los) COMPRADORES (ES)  de las generales arriba indicadas, un (a) camión- camioneta) etc., marca_____________ Tipo___________Modelo_________, color_________ Motor No___________Chasis  No_______ Capacidad de ______ Placa No___________.


Que el ( los) COMPRADORES declara (n) expresamente recibido a su entera satisfacción con los accesorios yo herramientas correspondientes en perfecto estado y condiciones de funcionamiento, después de haber efectuado las pruebas y revisiones de su conveniencia; en consecuencia, sin lugar reclamo posterior de su parte, sobre el estado del vehículo.

Tuesday, September 9, 2014

PROCESO SUMARIO - Modelo 11



SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN ………………………… ORDINARIO EN LO CIVIL-COMERICIAL DE LA CAPITAL.

                                               Anotación Preventiva.
                                               Otrosí.-
…………………………… y …………………………………,     en el juicio sumario seguido en contra            de……………………………… y ……………………………………………………, ante Ud., respetuoso, pido:
En el proceso señalado al exordio, se ha dispuesto el embargo del inmueble de propiedad de los demandados, mismo que ha sido trabado por el señor oficial de Diligencias de su despacho judicial, es en esa medida que solicito a Ud. quiera disponer la Anotación Preventiva de dicho bien inmueble antes señalado, para lo cual se expedirá PROVISIÓN EJECUTORIAL, encomendando su cumplimiento al Señor Juez Registrador de la Capital.
            Será Justicia.
Otrosí.- Conforme reza el Auto de Vista, dictado por el Señor Juez de Partido …………………… en lo Civil de la Capital, resolución que condena con costas en ambas instancias; por lo que pido de Ud., regular el honorario del profesional que patrocinó anteriormente el proceso, es decir del Dr. ………………………………………


Cochabamba, …………… de …………………… de………….


ABOGADO                                                  IMPETRATANTE


IMPETRANTE

Monday, September 8, 2014

PROCESO SUMARIO - Modelo 10



SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN ………………………………… ORDINARIO EN LO CIVIL-COMERCIAL DE LA CAPITAL.
Adjuntando prueba documental, impetra embargo de bien inmueble.
                                   Otrosí.-
……………………………………………… y ………………………………………, dentro del sumario seguido contra………………………………………… y ………………………………………………   a su autoridad con todo respeto decimos:

En el proceso señalado al exordio, no se ha trabado ningún embargo sobre los bienes de los demandados: por lo que adjunto copia fotostática del documento privado debidamente reconocido por autoridad competente, de fecha ……………… de……………………….de ………………………, donde se evidencia que son propietarios los demandados: …………………………………… y …………………………… es así, que en base a este documento privado, los demandados al ser enjuiciados penalmente, han manifestado que son propietarios del inmueble sito en calle …………………… Nº……………     de ésta ciudad, y que en esa medida que la señorita juez de Instrucción             en lo Penal, ha decretado Auto final de Instrucción, SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los imputados. Con ese antecedente y en vista que el proceso sumario, al presente se encuentra concluido en todas sus instancias y a efectos de poder hacer la ejecución de sentencia: impetro de su autoridad, disponer se proceda al embargo del bien inmueble, de propiedad de los demandados, bien inmueble sito en calle ………… Nº………, de ésta ciudad, encomendando su cumplimiento y ejecución al señor oficial de diligencias de su despacho judicial.
            Será Justicia.
OTROSI.- Cumplido el embargo del inmueble antes referido, solicito a Ud., disponer la anotación preventiva del inmueble ya citado y fraccionarse la ejecutorial correspondiente, encomendando su cumplimiento al señor Juez Registrador de Derechos Reales de la capital.

Cochabamba,…………. de…………………… de ………………….


ABOGADO                                                  IMPETRATANTE

IMPETRANTE

Sunday, September 7, 2014

PROCESO SUMARIO - Modelo 9



SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN …………………………………… ORDINARIO EN LO CIVIL-COMERICIAL DE LA CAPITAL.
Apela.

………………………………………… y ………………………………………, dentro del sumario que nos siguen ………………………………………… y …………………………………, a su con todo respeto decimos:
La sentencia dictada por su autoridad de fs………… a fs……………… con fecha de …………… del presente año es totalmente gravosa y atentatoria a nuestros intereses por lo que dentro de término apelo la misma y fundamento los agravios recibidos en los siguientes términos:
SENTENCIA ILEGAL Y TOTALMENTE ULTRAPETITA.- De conformidad al Art. 190 del Código de Procedimiento Civil, la sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia; contendrá decisiones expresas, positivas y precisas; recaerá sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieran sido demandadas. Desde el momento que su autoridad ha declarado probada la excepción de incumplimiento que interpuse de conformidad al Art. 573 del Código Civil su autoridad estaba en la obligación de declarar improbada la demanda y no pronunciarse ultrapet4a, declarando probada la demanda disponiendo proceda a devolver la suma de…………………… a favor de …………………………………………       y ……………………………., cuando en el contrato se dice ………………………………… culminando su ilegalidad señalando que los nombrados deben entregar en devolución los enseres y objetos que pudieren tener todavía en su poder. Abriendo la posibilidad de decir que es posible que nos hubieran entregado todo y de esta manera también esta violando el Art. 353 del Código de Procedimiento Civil al modificar la relación procesal con su sentencia, relación procesal que Ud. modifica caprichosamente, como si se hubiera presentado el caso establecido en el Art. 332 del Código de Procedimiento Civil, desconociendo e interpretando erradamente el Art. 573 del Código Civil, disposición esta que nos faculta a negarnos a cumplir la obligación que confiere el Art. 219 del Código de Procedimiento Civil a nombre mío y el de mi poderdante apelo de la sentencia de fs…………. a ………            de fecha de ………………   de ………………, para que el tribunal superior al conocer del mismo revoque su sentencia y deliberando en el fondo declare improbada la demanda y probada la excepción de conformidad al Art. 573 del Código Civil con costas la primera instancia.

Será Justicia

Cochabamba, …………………… de …………………… de……………….
IMPETRANTE                                             IMPETRATANTE
ABOGADO