NOCIÓN.- Es el juicio encaminado a
obtener del juez una resolución rápida cuando el poseedor de la cosa mueble o
inmueble ha sido despojado de ella por un tercero.
DEMANDA.- Ante el Juez
Instructor expresando la posesión en que hubiere estado el día en que hubiere
sufrido la eyección, pidiendo recibirle prueba sobre dichos extremos y
reintegrarlo en la posesión. La demanda se interpondrá contra el despojante o
sus herederos, copartícipes o beneficiarios del despojo. Conc. 102(149),
1461(369 l), 1406) C. Civil.- 607, 608, 327, 5913) C. Pdto. Civil.
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