MODELO DE CONTRATO DE FACTORAJE O DE “FACTORING”
En la
ciudad de …………… a los ………….. días del mes de …………. de …………… y
años,
entre la Entidad Financiera “………………..” (Sociedad Anónima, Compañía Financiera,
etc.), con domicilio legal situado en la calle ………… N°…… de la ciudad de …………. denominada
en adelante” El FACTOR”, por una parte, y por la otra parte, la Empresa
representada en este acto, por su (Gerente General, Gerente Comercial, etc.)
Sr. ………………… con domicilio social en la Av. ………………. N°………. de la ciudad de
………….. en adelante denominada “CEDENTE”, convienen en celebrar el presente
contrato de FACTORING (FACTORAJE). De conformidad a las cláusulas y condiciones
que se estipulan a continuación:
Primera.- EL FACTOR se compromete a adquirir
todos los créditos provenientes de la normal explotación de la empresa del
CEDENTE, en lo que se relaciona a sus ventas a plazo, que se produzcan en el
periodo fijado en la cláusula ……………… y conforme a las condiciones que se expresan
a continuación.
Segunda.-
Los créditos a
adquirir por el FACTOR se juzgarán en forma distinta de acuerdo a sí poseen o
no la autorización previa de éste para su otorgamiento.
Tercera.- En todos aquellos créditos en que
el FACTOR haya dado su autorización para su otorgamiento, asume el riesgo de su
cobranza y libera al proveedor en cuanto al pago de los mismos ante la
insolvencia del deudor o deudores cedidos.
Cuarta.- Con el objeto de que el FACTOR
pueda conceder la autorización previa mencionada en la cláusula anterior, el
CEDENTE debe remitir antes de formalizar cualquier operación en cuanto, a la
concesión del crédito se refiere, al domicilio del FACTOR o donde este lo
indique posteriormente, los siguientes datos y documentos: a) Los formularios
de solicitud de crédito, enumerados como_............................ que el
FACTOR le ha de proveer y donde se deben detallar con claridad todos los datos
allí requeridos; b) Los formularios de promesa de cesión del crédito, enumerados
como ……………….. y donde el cedente se compromete a ceder conforme a lo prescrito
por el Art.384 y siguientes del Código Civil los créditos que otorgue y que le
fueran requeridos mediante el formulario N°…….. al FACTOR en forma exclusiva y excluyente; c) Las planillas de datos
sobre solvencia, enumeradas como Formulario N°………….. y donde deberán constar
todos los datos que hagan a la garantía y solvencia del futuro deudor; d)
Asimismo, deberá acompañar toda promesa de venta, convención, contrato u otra documentación
que haya suscrito con el cliente y que se refiera al crédito a conceder.
Quinta.- El FACTOR deberá notificar
fehacientemente al CEDENTE, dentro de los ………………. días de recibida la
documentación mencionada en la cláusula anterior, si autoriza o no la
concesión del crédito que le solicita el futuro deudor. En caso de que
transcurrido el plazo antes mencionado el FACTOR no se pronuncie sobre la
autorización que se le solicita, se considerará que tácticamente ha otorgado la
misma sin necesidad de notificación o comunicación alguna.
Sexta.-
El FACTOR se
compromete a adquirir los créditos que mensualmente no superen la suma de ……………
(…………..), cifra que se fija como límite para la compra mensual de créditos con
autorización previa del FACTOR, Si por cualquier motivo, con previa autorización dada por escrito por
el FACTOR, se superara dicho límite en algún mes, de ningún modo se podrá
considerar la existencia de un acuerdo táctico para su modificación posterior.
Séptima.- En caso de que no se otorgue la
autorización previa por el FACTOR, ya sea porque no se le haya requerido,
porque éste la ha negado o, porque se ha superado el límite mencionado en ¡a
cláusula anterior, el CEDENTE, igualmente podrá requerir la financiación de
dichos créditos, lo cual el FACTOR podrá aceptar o rechazar.
En caso
de que el FACTOR decida adquirir, acreditará al CEDENTE en forma inmediata el
……………….. por ciento (………… %) del
valor del crédito y el saldo lo abonará al momento de obtener el pago por
parte del deudor cedido. La aprobación para adquirir un crédito que no goce de
autorización previa por parte del Factor, deberá darse, en todos los casos,
UNICAMENTE por escrito. En ningún caso podrá considerarse que se ha dado
autorización tácita para la compra de tales créditos.
Octava.- En caso de que el FACTOR adquiera un crédito que no
tenga autorización previa por parte de éste, el mismo podrá ejercer ¡a acción
ejecutiva correspondiente contra el CEDENTE, quien se constituye en ilimitada
y solidariamente responsable de su pago junto al deudor cedido. A tal fin el
CEDENTE adquiere el carácter de principal deudor., renunciando a los beneficios
de excusión y división
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