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Tuesday, October 7, 2014

RENDICION DE CUENTAS - Modelo 4

SEÑOR JUEZ DE PARTIDO ORDINARIO ................. EN LO CIVIL - COMERCIAL DE LA CAPITAL.
Fundamenta Rendición de Cuentas.-

......................., en el juicio ordinario de RENDICIÓN DE CUENTAS contra .................... ante Ud. respetuosamente, digo:

Me cumple fundamentar Sr. Juez que la rendición de cuentas que pido a ..........................., es decir por haber sido mi socio, haber recibido luego la cantidad de enseres, muebles y otros para la instalación de la Wiskería "La Oficina” que funcionaba en calle ....... No...... de la ciudad de Sucre, es más habiendo recibido dineros, muebles y valores que se destacan en las nóminas de bienes entregados a
........................           . está obligado a rendir cuentas de los ingresos, egresos, existencia de bienes, etc.; por tanto esa es la fundamentación de la demanda para que responda ..................... quien desde el ingreso a mi negocio COMO ADMINISTRADOR no ha rendido cuentas hasta la fecha al suscrito jefe y responsable de la Wiskería la oficina ubicada
en calle ......... No......

En consecuencia, pido se conmine a ............... para que  rinda acuentas sobre:
- INGRESOS.
- EGRESOS.
- EXISTENCIA DE BIENES Y SU PARADERO ACTUAL.

A Usted pido proceder en Justicia.


Cochabamba,..... de.............. de...

ABOGADO                          IMPETRANTE

Monday, October 6, 2014

RENDICION DE CUENTAS - Modelo 3

SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCION ORDINARIO CUARTO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL.
Responde y pide se ordinarize para probar los extremos de la rendición de cuentas a que esta obligado del        demandado. Otrosí.-

............................, en el juicio de rendición de cuentas que sigo contra      ......................... ante Ud., respetuosamente, digo:
La jurisprudencia establece que LA PETICIÓN DE RENDICIÓN DE CUENTAS SUPONE LA EXISTENCIA PROBADA DEL DERECHO DE EXIGIRLAS Y DE LA OBLIGACIÓN DE RENDIRLAS. Eso es lo que se está tramitando por cuanto como confiesa el mismo ........................ se ha hecho cargo como socio de mi wiskería Ramada "La Oficina", por varios años y esta obligado a rendir cuentas por concepto de INGRESOS DE LA WISQUERÍA, la misma administración, los bienes existentes, porcentajes a favor de ambos y en suma sobre ingresos y egresos para conocer las utilidades, situación que hasta el momento sólo ha servido para el beneficio de ....................... y no de mi persona como socio propietario va que dicha wiskería, la cual se encontraba administrada por ................ como socio, debiendo informar sobre las ganancias recibidas en forma diaria, mensual e - inclusive anual, precisamente por ello es que he formulado este juicio porque no se puede burlar mis intereses económicos.
El Art. 780 del Código Civil dice: "Todo socio, aunque no participe en la administración tiene derecho a informarse por los administradores SOBRE EL NEGOCIO Y EL ESTADO FINANCIERO, consultar los libros y documentos y obtener al final de la gestión o anualmente, una rendición de       cuentas"

Para mayor abundamiento, el Sr ...    ......................... a más de rendir cuentas de tipo económico financiero, debe restituir las bienes de la sociedad cuya lista se adjunta, bienes que están en su poder, de ser de mi propiedad como socio, y que ..................... debe restituirlos.
Ahora bien como el obligado a rendir cuentas ......................., expresa QUE NO ESTA OBLIGADO A RENDIR CUENTAS, así dice en sus memoriales, pido a su autoridad, que de conformidad con el Art. 693 del Código de Procedimiento Civil, pido a Ud. Señora Juez declare contencioso el procedimiento para tramitarla por la vía ordinaria de turno en lo civil, donde demostraremos con pruebas fehacientes y concluir con la obligación del demandado para rendir las cuentas a que esta obligado.
Justicia.-

Otrosí.- Adjunto más documentación a fs....... para la procedencia de la rendición de cuentas.


Cochabamba,..... de.............. de...


ABOGADO                          IMPETRANTE

Sunday, October 5, 2014

RENDICION DE CUENTAS - Modelo 2

SEÑOR JUEZ INSTRUCTOR ORDINARIO DE TURNO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL.
Rendición de Cuentas.
Otrosí 1; 2; 3; 4; 5; 6 y 7.-

..........................., mayor de edad, vecino de esta ciudad, hábil por derecho, ante Ud., respetuosamente, digo:

En mi condición de socio de la Wiskería la "Oficina" ubicada en calle ..... No..... de esta ciudad, di el local y lo designé comno ADMINISTRADOR DE DICHA WISKERÍA al Sr. ...................., desde el ...... de .......         año de 1987, sin que hasta la fecha me rinda informe sobre su administración y ganancias obtenidas, por lo que de conformidad, con el Art. 687 del Código de Procedimiento Civil, inicio acción RENDICIÓN DE CUENTAS, petición que la hago en contra del Sr. ........................., pidiendo a Ud., imprimir el trámite señalado por los Arts. 640 y siguientes del Procedimiento Civil, ya que el mencionado señor debe responder sobre dineros recibidos en el monto de .......... dólares americanos, asimismo debe devolver un medidor de energía eléctrica y debe informar sobre los ingresos y egresos de Wiskería pensión “La Oficina" sito en calle ......... No...... de esta ciudad; para luego concluir con resolución dispuesta por el Art. 692 del Código de Procedimiento Civil.

Justicia.

Otrosí 1.- La demanda la dirijo en contra de ......................., mayor de edad, vecino de esta ciudad, hábil por derecho, con domicilio  en calle ...........  No .......
Otrosí 2.- Adjunto documentación en calidad de prueba preconstituida.
Otrosí 3.- Cuantía demandada: 300 dólares.
Otrosí 4.- Pido que por actuaría se me franquee certificado de existencia de este juicio y un testimonio en el que contenga todo lo obrado.
Otrosí 5.- Solicito se oficie a la Sección Especial de la Policía para que nos remita toda documentación referente al caso de los señores ................... con  .................
Otrosí 6.- Observando lo dispuesto por el Art. 75 de la Ley de la Abogacía el suscrito abogado patrocinante declara que en materia de honorarios profesionales estará a lo dispuesto por el arancel Mínimo fijado por el Ilustre Colegio de Abogados del Distrito.
Otrosí 7.- Señalo domicilio procesal en calle ........... No ........ estudio jurídico del abogado que suscribe.



Cochabamba,..... de.............. de...


ABOGADO                          IMPETRANTE

Saturday, October 4, 2014

RENDICION DE CUENTAS - Modelo 1

SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN DE TURNO EN LO CIVIL – COMERCIAL DE LA CAPITAL.
Rendición de cuentas.
Otrosí 1; 2; 3 y 4.-

.......................... y ....................., mayores de edad, naturales de esta ciudad, con cédulas de identidad Nos. ......... y .......... respectivamente, presentándonos ante su digna autoridad, con todo respeto, exponemos y pedimos:
Hace doce años atrás, al fallecimiento de nuestros recordados padres ................. y .............., mediante escritura pública testimonio con el No. ......./....... de fecha ........ de ........... de ....., por ante el Notario de Fe Pública Dr. ............, fue designado por ellos, tutor o apoderado nuestro el Sr. .................. a quien previo inventario estimado, se le entregó para su administración los bienes de la testamentaria conforme el documento que ahora acompañamos; sin embargo de que ambos hemos cumplido con nuestra mayoría de edad, el Sr. .................... no nos ha entregado los bienes pese a nuestras reiteradas insinuaciones Y menos se nos ha informado sobre la suerte de ellos, teniendo noticias de que muchos bienes muebles han sido dispuestos por él.
Por lo expuesto anteriormente en conformidad a lo dispuesto por los Arts. 687 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, interponemos demanda de rendición de cuentas, dirigiendo nuestra acción contra el Sr. ..............., mayor de edad, con domicilio en calle ........ No....... de esta ciudad, pidiendo que previos los trámites de ley se sirva en definitiva declarar probada la acción.

Justicia.

Otrosí 1.- En calidad de prueba Preconstituida acompañamos la escritura de designación de tutor y apoderado, que pedimos sea aceptada.

Otrosí 2.- En calidad de más prueba, adjuntamos el inventario de los bienes entregados en esa oportunidad.

Otrosí 3.- Observando lo dispuesto por el Art. 75 de la Ley de la Abogacía .el suscrito abogado patrocinante declara que en materia de honorarios Profesionales estará a lo dispuesto por el arancel Mínimo fijado por el Ilustre Colegio de Abogados del Distrito.

Otrosí 4.- Señalo domicilio Procesal en calle ....... No....... estudio jurídico del abogado que suscribe.


Cochabamba,..... de.............. de...


ABOGADO                          IMPETRANTE

Friday, October 3, 2014

RENDICION DE CUENTAS

NOCION.-  La rendición de cuentas es la acción que persigue el objetivo de definir el estado de una administración o negocio, determinando en su caso la responsabilidad consiguiente.

DEMANDA.-  Ante el Juez Instructor Ordinario en lo Civil solicitando rendición de cuentas y dirigida en contra del administrador o de aquel que gestionarse negocios ajenos.

Conc. 780, 817, 1227, C.Civil; 83, 119, 369, 1272, 1515, 1563, 1615, C. Comercio; 330-353 C. Familia; 640, 687 689 C. Pdto. Civil.

Thursday, October 2, 2014

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR - IV

Décima-tercera.- (Interpretación y ejecución coactiva).-  En caso de presentarse desinteligencia y controversia en la interpretación de cualesquiera de las cláusulas  del presente contrato, las partes se someterán a la determinación de los organismos competentes de la Contraloría General de la República.

Décima-cuarta.-(Instrumento legales de adjudicación ).-  Constituyen instrumentos legales  en lal suscripción del presente contrato, los artículos 67,68,69 inciso c) y 90 del  Decreto Ley No15192 de 15 de diciembre de 1977: Artículos 732 al 749 del  Código Civil; propuestas, pliego de especificaciones técnicas y administrativas, adjudicación y aprobación de la propuesta y demás documentación cursante en el expediente respectivo.

Décima-quinta.-  (Intervención Fiscal).-   En la suscripción del presente contrato, intervienen como miembros  de fiscalización en representación del Estado, los señores_______  y________, en sus calidades de Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, respectivamente, quienes firman al pie de este instrumento, expresando su plana conformidad.

Décima-sexta.- Nosotros_________  y________, Ministro de Educación y  Cultura y como Presidente de la H. Junta Directiva, de Director Ejecutivo del Consejo Nacional el Edificaciones (CONES), respectivamente, por una parte y  ________, como personero legal  de la EMPRESA CONSTRUCTORA  "______________",  por otra, declamas nuestra plena conformidad con las cláusulas estipuladas en la presente minuta, para su fiel y escrito cumplimiento.


_________________________                                 _____________________________
Presidente de H.                                                        Director Ejecutivo

Junta Directiva de CONES                                                  CONES


                                     ______________________________________
Representante legal de la Empresa



__________________________                                   ________________________________
Contralor Gral. de la República                                      Fisco de Gobierno


Wednesday, October 1, 2014

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR - III

Novena.-(Supervisión de obras, inspecciones e informe). Los trabajos materia del presente contrato, estará sujeto a inspección del Supervisor de Obras, designado  por el CONES como tandas las facultadas inherentes a tales funciones, debiendo éste rechazar,  los trabajos mal ejecutados , los mismos que serán rehechos por cuenta del CONTRATISTA sin costo alguno para el  CONES, obligándose por otra, el CONTRATISTA, a aceptar las instrucciones y órdenes de trabajo que en ejecución y aplicación de tales documentos importa el  Supervisor  de Obras.  EL CONTRATISTA se obliga a designar y establecer en obra un Superintendente de Obras que deberá ser una profesional  Ingeniero o Arquitecto inscrito en los registro nacionales de su ramo y que será el Supervisor Residente para establecer la responsabilidad de la Empresa en la ejecución de los trabajos, quien permanecerá en la obra en forma corrida y permanente el tiempo necesario y que hará las horas de asistencia a la obra para coordinar los trabajos como el Supervisor del CONES, .  Este funcionario de EL CONTRATISTA, es responsable de los vacíos de hormigón armado, correcta interpretación de los planos, cálculos dosificaciones, calidad de vaciados y material a emplearse de acuerdo al pliego de  Especificaciones Técnicas.

Décima.-  (Entrega provisión y definitiva).  Vencido el plazo para la ejecución de la obra, se procederá a la recepción provisional de la misma con la intervención y concurrencia de los funcionarios competentes, debiendo efectuarse por los organismos  técnicos de CONES una detallada evaluación para establecer el cumplimiento del Pliego de  Especificaciones Técnicas y Administrativas.

 Verificada la correcta ejecución de la obra se procederá a el abonar el La Acta de Recepción Provisional en el que les dejará constancia de todas las observaciones y reparos a que hubiera lugar a objeto de que el  CONTRATISTA subsane en un plazo no mayor a los noventa días (90) calendario antes de procederse a la suscripción del Acta de Recepción Definitiva.. La suscripción de esta acta procedería una vez que loso defectos de construcción observados hayan sido sobresanados satisfactoriamente o que los trabajos defectuosamente ejecutados hayan sido rehechos, sin costo adicional para el CONES.  El Acta de Recepción Provisional servirá de base para el computo del plazo de ejecución de la presente obra.

Décima-primera.- (Cláusulas complementarias y disposiciones diversas).

A) Prohibición de subrogación: De acuerdo como el inciso  b) del artículo 76 del D.L. No 15192 de 15 diciembre de 1977, EL CONTRATISTA está expresamente prohibido subrogar todo o parte de este contrato, traspasar, transferir o suscribir contratos con otras empresas de la misma o diferente  categoría para ale ejecución total o parcial del proyecto sin el consentimiento escrito cláusula será considerado causal de rescisión total o parcial del proyecto sin el consentimiento escrito yo aprobado por la Junta Directiva del  CONES.  El incumplimiento esta cláusula será considerado causal de rescisión.  B) Causales de rescisión.- Son causales de rescisión del contrato las señaladas en el artículo 79 del Decreto Ley de referencia, que prescribe:

1.- Causales imputable al contratista.-  a) Incumplimiento en la fecha de iniciación de las obras;  b) Disolución de la firma constructora;  c)  Quiebra declarada del contritas;  d)  N negligencia grave o contravención  a las obligaciones contractuales;  e) Inobservancia de planos y especificaciones;  f) Incumplimiento de las condiciones del contrato.

2.- Causales imputables a la entidad contratante.- a) Apártese de los términos del contrato y pretender aumentos o disminuciones en las obras sin la necesaria orden de cambio que garantice su pago;  b) Disponer la suspensión de las obras por más de veinte días calendario;  c) Por falta de entrega oportuna de planos especiales y/o de detalle. c) Prohibición de el contratista para transferencia.-  De conformidad con el artículo 80 del mismo D.L. 15192, EL CONTRATISTA no podrá transferir sus acciones total o parcialmente a terceros durante la vigente de este contrato sin previa autorización escrita y justificada de el CONES.

Decimosegunda.-(Consolidación de las pólizas):  Cuando la rescisión de este contorno sea por cuales imputables a EL CONTRATISTA, se  consolidará en favor de el CONES, las garantías de cumplimiento de contrato y de buena, ejecución sin lugar a reclamo alguno.  Se efectuará  la liquidación de este contrato practicando evaluación del trabajo, el costo de los materiales de la obra que pudieran ser empalados en la construcción,  medición del trabajo avanzado, el levantamiento del campamento si existiere así como las demás instalaciones para la ejecución de la obra.   Advirtiéndose además que si el incumplimiento de este contrato por parte de EL  CONTRATISTA ocasionare mayores perjuicios a la obra y al Estado, el  CONES exigirá la indemnización adicional de estas daños y perjuicios por las vías señaladas en este documento, así como  la aplicación de las sanciones previstas en el articulo 81 del D.L. No 15192 de 15 de diciembre de 1977.


Cuando la rescisión del contrato sea por causales imputables a el CONES, se efectuará la liquidación del contrato practicándose la evaluación de la obra, costo de los materiales en obra y que pudieren ser empleados en la construcción los gastos proporcionales que demandaron el levantamiento del campamento y las instalaciones que se hubiesen hecho, reconociéndosele a EL CONTRATISTA una compensación de hasta el diez por ciento (10%) sobre le monto de la obra no ejecutada y se le devolverá las garantías de cumplimiento de contrato y de buena ejecución.