NOCION.- La rendición de cuentas es la acción que persigue el objetivo de
definir el estado de una administración o negocio, determinando en su caso la
responsabilidad consiguiente.
DEMANDA.- Ante el Juez Instructor Ordinario en lo Civil
solicitando rendición de cuentas y dirigida en contra del administrador o de
aquel que gestionarse negocios ajenos.
Conc. 780, 817, 1227,
C.Civil; 83, 119, 369, 1272, 1515, 1563, 1615, C. Comercio; 330-353 C. Familia;
640, 687 689 C. Pdto. Civil.
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