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Sunday, June 14, 2020

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DOCENTE - CAPITULO VI

RÉGIMEN ADMINISTRATIVO FINANCIERO
Art. 1. La administración financiera tiene sus principios y objetivos para el manejo o servicio de la Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas para formar planes de academias de diferentes áreas.
Art. 2. El administrativo financiera de Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas debe estar al servicio de los, planes y mejoramiento académico de proyectos.
Art. 3. El director administrativo financiero es el directo responsable del funcionamiento de la universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas.
Art. 4. El director administrativo financiero no puede actuar fuera de dichas normas, si no puede ser estructura de curso a determinaciones de reglamento que emanan dentro del concejo universitario de socios.
Art. 5. Particularmente Dirección Administrativo Financiera es centralizada todas las facultades y carreras.
Art. 6. Apoyo la ejecución descentralización de los presupuestos Universitario en base a la administración financiera directa de las facultades, sus presupuestos asignados.
Art. 7. El Director Administrativo Financiero si segará a malversar el presupuesto Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas inmediata será suspendido y todo ese daño pegará en un tiempo menor a 10 días.
Art. 8. El director administrativo financiero es uno de los socios de la Universidad Auténtica de los Pueblos Originarios e Indígenas a incurrido en las malversaciones de fondos de la universidad Auténtico será suspendido de su cargo de dentro de concejo universitario, si es más grave de delito, nunca más puede asumir el cargo de director administrativo financiero ni otros similares.
Art. 9. El director administrativo financiero haya conculcado con otras Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas inmediato convoca el concejo universitario de socios para restituir el cargo de administración financiera por extranjero el fondo de la universidad, el individuo debe responder esa suma extraída a menor tiempo posible o en diez días.
Art. 10. El director administrativo financiero es una de los socios que haya intentado la destrucción o destrozándoos la universidad y malversando el presupuesto el concepto universitario, analiza su delito y es muy grave, será expulsado tenga del socio sin ningún beneficio.
Art. 11. Todos los beneficios han sido encontrados en la Universidad Auténtico de los Pueblos Originarios e Indígenas queda para la universidad, si uno de los socios ajenara los bienes inmuebles será excluido de los socios, no puede reclamar sus bienes ni sus bienes ni su acción.
Art. 12. El director administrativo financiero desposeería el presupuesto a utilizar para uso individuo desprende el fondo, que no presta servicio a la universidad realmente que necesitaba apoyo económico y infraestructura, el director administrativo financiero deben ser sancionados por perjudicar a la institución superior, y debe ser enjuiciado por malversar a la casa superior y también debe prepara ese daño inmediato, para legal funcionamiento de la universidad.

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