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Monday, June 15, 2015

CONTRATO DE TRABAJO


Conste por el presente documento privado que a solo reconocimiento de firmas se elevará al instrumento público, lo que a continuación las partes contratantes acuerdan al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- Suscriben el presente contrato, por una parte el señor: TEODORO RAMIREZ, con C.I. 476371 L.P., propietario del inmueble, ubicado en la Av. Alfonso Ugarte, zona 16 de Julio, que en adelante se denominará CONTRATANTE y por otra parte el señor CARLOS EDGAR CORI, con C.I. 6021868 L.P., que adelante se denominará CONTRATADO.
SEGUNDA.- El contratado cumplirá las funciones de electricista para realizar el trabajo de la instalación eléctrica del dicho inmueble de las cinco plantas.
TERCERA.- El precio convenido por mano de obra de ambas partes es de Bs. 4.200.
CUARTA.- El presente contrato comenzará a regir a partir de la fecha y durará por un tiempo indefinido.
QUINTA.- Ambas partes firman el presente contrato dando su conformidad en la ciudad de El Alto La Paz, a los 23 días del mes de marzo del 2005.






CONTRATANTE CONTRATADO
Sr. Teodoro Ramirez Sr. Carlos Edgar Cori
CI. 476371 L.P. C.I. 6021868 L.P.

Sunday, June 14, 2015

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL (II)

312.00 CAPITAL SUSCRITO
312.01 Capital suscrito pendiente de canje
312.02 Capital suscrito pendiente de pago

313.00 (SUSCRIPCIONES DE CAPITAL PENDIENTE DE INTEGRACIÓN
313.01 (Suscripciones de capital pendientes de canje)
313.02 (Suscripciones de capital pendiente de pago)

321.00 PRIMAS DE EMISIÓN
321.01 Primas de emisión

330.00 AJUSTES AL PATRIMONIO

331.00 AJUSTES GLOBAL DEL PATRIMONIO
331.01 Actualización capital social
331.02 Actualización aportes no capitalizados
331.03 Actualización reservada
331.04 Actualización resultados acumulados

350.00 RESULTADOS ACUMULADOS

351.00 UTILIDADES ACUMULADAS
351.01 Utilidades acumuladas

352.00 UTILIDADES DEL PERIODOS O GESTIÓN
352.01 Utilidades del periodo o gestión

353.00 (PERDIDAS ACUMULADAS)
353.01 (Pérdidas del periodo de gestión)

354.00 (PÉRDIDAS DEL PERIODO O GESTIÓN)
354.01 (Pérdidas del periodo o gestión)

400.00 GASTOS

410.00 GASTOS FINANCIEROS

411.00 CARGOS POR OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
411.01 Intereses obligaciones con el público depósitos en cuenta corriente
411.03 Intereses obligaciones con el público depósitos en cuenta de ahorro
411.04 Intereses obligaciones con el público por depósitos a plaza fijo.

420.00 CARGOS POR AJUSTES POR INFLACIÓN

421.00 AJUSTES POR OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
421.00 Diferencias de cambio de obligaciones con el público.

455.00 IMPUESTOS
455.02 Transacciones

513.00 PRODUCTOS POR CARTERA VIGENTE
513.01 Intereses préstamos a entidades del país.
513.02 Intereses adelantos en cuenta corriente
513.02 Intereses documentos descontados
513.03 Intereses documentos descontados
513.04 Intereses préstamos a plazo fijo.
513.05 Intereses préstamos amortizables
513.20 Intereses préstamos con recursos de B.C.B.

514.00 PRODUCTOS POR CARTERA CON ATRASO HASTA 30 DÍAS
514.01 Intereses cartera con atraso hasta 30 días
514.10 Intereses penales

515.00 PRODUCTOR POR CARTERA VENCIDA
515.01 Intereses cartera vencida
515.10 Intereses penales

516.00 PRODUCTOS POR CARTERA EN EJECUCIÓN
516.01 Intereses cartera en ejecución.

520.00 ABONOS POR AJUSTES POR INFLACIÓN

523.00 AJUSTES DE CARTERA
523.01 Diferencias de cambio de cartera vigente.
523.02 Diferencias de cambio de cartera con atraso hasta 30 días
523.03 Diferencias de cambio de cartera vencida
523.04 Diferencia de cambio de cartera en ejecución

541.00 COMISIONES POR SERVICIOS
541.03 Comisiones administración de cuentas corrientes

545.00 INGRESOS OPERATIVOS DIVERSOS
545.01 Ingresos por gastos recuperados
545.02 Ingresos oficina jurídica (costas judiciales)
545.10 Formularios Bancarios.

600.00 CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS

640.00 LÍNEAS DE CRÉDITO COMPROMETIDAS
641.00 CRÉDITOS ACORDADOS EN CUENTA CORRIENTE
641.01 Créditos acordados en cuenta corriente

700.00 CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS

740.00 OBLIGACIONES POR LÍNEAS DE CRÉDITO COMPROMETIDAS
741.00 OBLIGACIONES POR CRÉDITOS ACORDADOS EN CUENTA CORRIENTE
741.01 Obligaciones por créditos acordados en cuenta corriente

800.00 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

866.00 PRODUCTOS EN SUSPENSO
866.01 Productos en suspenso cartera vigente
866.02 Productos en suspenso cartera con atraso hasta 30 días.
866.03 Productos en suspenso cartera vencida
866.04 Productos en suspenso cartera en ejecución

900.00 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

960.00 ACREEDORES POR CUENTAS DE REGISTRO
966.00 Acreedores por productos en suspenso.

Saturday, June 13, 2015

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL (I)



100.00 ACTIVO
110.00 DISPONIBILIDADES
111.00 CAJA
111.01 Billetes y monedas
Nominativo por moneda

112.00 BANCO GENERAL
112.01 Cuenta Corriente B.C.B.

130.00 CARTERA

13100 CARTERA VIGENTE
131.01 Préstamos a entidades del país vigente
131.02 Adelantos en cuenta corriente
131.02 M.01 Adelantos en cuenta corriente de públicos vigentes
131.02 M.02 Adelantos en cuenta corriente de instituciones fiscales vigentes
131.03 Documentos descontados vigentes
131.03 M.01 Valor nominal documentos descontados vigentes
131.03 M.02 (Intereses documentos descontados vigentes)
131.04 Préstamos a plazo fijo
131.05 Préstamos amortizables vigentes
131.20 préstamos con recursos de B.C.B. vigente

132.00 CARTERA CON ATRASO HASTA 30 DÍAS
132.01 Préstamos a entidades del país con atraso hasta 30 días.
132.02 Adelanto en cuenta corriente con atraso hasta 30 días.
132.02 M.01 Adelantos en cuenta corriente del público con atraso hasta 30 días
132.02 M.02 Adelantos en cuenta corriente de instituciones fiscales con atraso hasta 30 días
132.03 Documentos descontados con atraso hasta 30 días
132.03 M.01 Valor nominal documentos descontados con atraso hasta 30 días
132.03 M.02 (Intereses documentos descontados con atraso hasta 30días)
1.332.04 Préstamos a plazo fijo con atraso hasta 30 días
132.05 Préstamos amortizables con atraso hasta 30 días.
132.20 Préstamos con recurso del B.C.B. con atraso hasta 30 días.

133.00 CARTERA VENCIDA
133.01 Préstamos a entidades del país vencidos
133.02 Adelantos en cuenta corriente vencidos
133.02 M.01 Adelantos en cuenta corriente del público vencido
133.02 M.02 Adelantos en cuenta corriente de instituciones fiscales vencidos
133.03 Documentos descontados vencidos
133.03 M.01 Valor nominal documentos descontados vencidos
133.03 M.02 (Interés documentos descontados vencidos)
133.04 Préstamos a plazo fijo vencidos
133.05 Préstamos amortizables vencidos
133.20 Préstamos con recursos de B.C.B. vencidos

134.00 CARTERA EN EJECUCIÓN
134.01 Préstamos a entidades del país en ejecución
134.02 Adelantos en cuenta corriente en ejecución
134.02 M .01 Adelantos en cuenta corriente del público en ejecución
134.02.M .02 Adelantos en cuenta corriente de instituciones fiscales en ejecución
134.03 Documentos descontados en ejecución
134.03.M .01 Valor nominal documentos descontados en ejecución
134.03.M .02 ( Interés documentos descontados en ejecución
134.04 préstamos a plazo fijo en ejecución
134.05 préstamos amortizables en ejecución
134.20 préstamos con recurso del B.C.B. en ejecución

138.00 PRODUCTOS DEVENGADOS POR COBRAR CARTERA
138.01 Productos devengados por cobrar cartera vigente
138.02 Productos devengados por cobrar cartera con atraso hasta 30 días
138.03 Productos devengados por cobrar cartera vencida
138.04 Productos devengados por cobrar cartera en ejecución

140.00 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
143.00 DIVERSAS
143.01 Crédito Fiscal IVA

180.00 OTROS ACTIVOS
183.00 PARTIDAS PENDIENTES DE IMPUTACIÓN
183.02 Fallas de caja (faltante)

200.00 PASIVO
210.00 OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO

211.00 OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO ALA VISTA
211.01 Depósitos en cuenta corriente

212.00 OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO POR CUENTAS DE AHORRO
212.01 Depósitos en caja de ahorros

213.00 OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO A PLAZO
213.01 Depósito a plazo fijo hasta 30 días
213.02 Depósito a plazo fijo de 31 a 60 días
213.03 Depósito a plazo fijo de 61a 90 días
213.04 Depósito a plazo fijo de 91 a 180 días
213.05 Depósito a plazo fijo de 181 a 360 días
213.06 Depósito a plazo fijo de 361 a 720 días
213.07 Depósito a plazo fijo mayor a 720 días

218.00 CARGOS DEVENGADOS POR PAGAR CON EL PÚBLICO
218.01 Cargos devengados por pagar obligaciones con el público ala vista
218.02 Cargos devengados por pagar obligaciones con el público cuentas de ahorros
218.03 Cargos devengados por pagar obligaciones con el público a plazo

242.00 DIVERSAS
242.01 Cheques de gerencia
242.03.M.01 Régimen complementario impuesto al valor agregado retenido a clientes
242.04.M 01 Impuesto a las transacciones por pagar
242.04.M.02 Débito fiscal impuesto al valor agregado

244.00 PARTIDAS PENDIENTES DE IMPUTACIÓN
243.02 Fallas de caja (sobrante)

300.00 PATRIMONIO

311.00 CAPITAL PAGADO
311.01 Capital pagado

Friday, June 12, 2015

SOCIEDAD ANONIMA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN (II)

Articulo 310.- (IMPIDIDOS Y PROHIBIDOS PARA SER DIRECTORES). No pueden ser Directores:
1) los impedidos y prohibidos para ejercer el comercio, conforme dispone el articulo 19;
2) los que tengan conflicto de intereses, asuntos litigiosos o deudas en moda con la sociedad;
3) en un mismo directorio, los que tengan entre si parentesco hasta cuarto grado de consansaguinidad o según de afinidad, inclusive;
4) los síndicos o personas que ejerzan funciones de fiscalización en la misma;
5) los funcionarios públicos de competencia y jurisdicción en asuntos que se relacionen en el objeto de la sociedad, hasta dos años después de cede de sus funciones;
6) los sentenciados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades o por otro delito común, hasta cinco años después de hacer cumpliendo la condena impuesta.


Artículo 311.- (EJERCICIO PERSONAL). El ejercicio del cargo de director es persona e indelegable. Los directores no pueden votar por correspondencia. Cada director tiene un voto en las reuniones del directorio. Todo pacto en contrario es nulo.
El otorgamiento de poderes generales o especiales por el directorio, en ningún caso puede significar la modificación de las facultades y atribuciones propias de los directores, como tampoco de sus obligaciones y responsabilidades.

Artículo 312.- (FIANZA). Para garantizar las responsabilidades emergentes del desempeño de sus cargos, los directores, antes de ingresar al ejercicio de sus funciones, prestarán la fianza señalada por los estatutos.
Los directores, siendo accionistas, pueden dar en fianza acciones de la propia sociedad, las cuales serán depositadas en una entidad bancaria.
La fianza de los directores será cancelada un año después de la aprobación de los balances y estados financieros de la última gestión en que hubieran intervenido conforme a Ley.

Artículo 313.- (ELECCIÓN DE PRESIDENTE). Si la elección estuviera encomendada al directorio, sus miembros elegirán al presidente por mayoría absoluta de votos, salvo que los estatutos dispongan un número mayor.

Artículo 314.- (REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD). El presidente del directorio inviste la representación legal de la sociedad. Los estatutos pueden prever

Thursday, June 11, 2015

SOCIEDAD ANONIMA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN (I)


Articulo 307.- (COMPOSICIÓN DEL DIRECTORIO). La administración de toda sociedad anónima estará a cargo de un directorio compuesto por un mínimo de tres miembros accionistas o no, resignados por la junta de accionistas.
Los estatutos pueden señalar un numero mayor de directores que no excederá de doce.

Articulo 308.- (RESIGNACIÓN EN FORMA PERIODICA Y REBOCABLE). Los directores deben ser designados por la junta general ordinaria, por un periodo determinado, pudiendo ser reelegidos. Su designación es revocable para la junta general.
Es la nula cualquier otra forma de designación.
En los estatutos se regulara la manera de nombrar directores titulares y suplementes. Cuando existan diversas clases de acciones, los estatutos pueden prever que cada una de ellas elige uno o más directores normando la forma de elección y remoción.

Articulo 309.- (CAPACIDAD REQUERIDA). Para desempeñar en cargo de Director se precisara la capacidad requerida para ejerce y comercio.

Wednesday, June 10, 2015

SOCIEDAD ANONIMA JUNTA DE ACCIONISTAS (IV)

Articulo 301.- (ACTAS DE LAS JUNTAS). Las actas de las juntas generales se asentaran en el libro de “actas” y resumirán las expresiones vertidas en las deliberaciones, la forma de las votaciones y sus resultados, con indicación completa de las resoluciones adoptadas; serán firmadas a mas tardar dentro de los cinco días siguientes a la celebración de la junta por quien la presidio, el secretario y dos representantes de los accionistas elegidos con tal objeto.
De las actas de las juntas extraordinarias, pasadas al libro respectivo, se obtendrá copia legalizada y se inscribirá en el Registro de comercio, previo conocimiento de la Dirección de Sociedades por Acciones.
Cualquier accionista puede solicitar, a su costa, copia legalizada del acta.
Si no es establecerá un procedimiento diferente el acta de las juntas generales indicara la nomina de accionistas o sus representantes y el numero de votos que les corresponda.

Articulo.- 302 (IMGNACIÓN DE NULIDAD). Cualquier resolución de la junta de viole las disposiciones de este Código o los estatutos, puede ser impugnada de Nulidad por los Directores, Administradores Síndicos o autoridad administrativa contralora o por cualquier accionista que no hubieses participado en ella o que habiendo asistido, hubiera hecho costar su disidencia y, en general, cuando la resolución sea contraria al orden publico.
La acción deberá dirigirse contra la sociedad, dentro de los sesenta días siguientes a la reunión de su publicación con los documentos que amparen la demanda, debiendo tramitarse sumariamente.

Articulo 303.- (DEMANDA APROBADA). En caso de probarse la demanda Juez declarara nula y sin efecto alguno la resolución impugnada, pudiendo ordenara la suspensión de la convocatoria hasta que se cumpla los preceptos legales

Articulo 304.- (RESPONSABILIDAD DE LOS ACCIONISTAS). Quienes voten a favor de las resoluciones declaradas posteriormente nulas, responden solidaria pero las consecuencias de la mismas, sin perjuicio de la responsabilidad de los directores y síndicos.

Articulo 305.- (CONVOCATORIA DE LA RESOLUCIÓN IINPUGNADA). Revocada por junta posterior la resolución impugnada, no procede la demanda o continuación de la misma, subsistiendo, sin embargo la responsabilidad de por sus efectos o consecuencias directas hasta la fecha de revocación.

Articulo 306.- (FIANZA PARA RESPONDER DEL JUICIO). Para el ejercicio de la acciones previstas en el articulo 302, los accionistas impugnantes constituirán fianzas suficientes para responder por los daños y perjuicios que la sociedad sufriera, además de las resultas de juicio.

Tuesday, June 9, 2015

SOCIEDAD ANONIMA JUNTA DE ACCIONISTAS (IV)

Artículo 296.- (VOTOS NECESARIOS). Las resoluciones en las juntas ordinarias se tomaran por la mayoría absoluta de los votos presentes que no se hallen indebidos de emitirse en relación al asunto sometido a decisión, salvo que los estatutos exijan mayor número.
En las extraordinarias, se tomaran las resoluciones por materia absoluta de los votos presentes no impedidos de emitirse con relación al asunto sometido a decisiones, salvo que los estatutos exijan mayor número.
Las votaciones serán secretas así los solicite por lo menos el diez por ciento, de las acciones presentadas en junta.

Articulo 297.- (SEGUNDO CONVOCATORIA). La junta ordinaria funcionaria validamente, en segunda convocatoria, cualquiera sea el numero de accionistas presentes con derecho de voto. Esta convocatoria se hará conforme al señalado en el artículo 288 pudiendo residirse a dos el número de publicaciones la última con tres días de anticipación al verificativo de la reunión, señalando que se trata de una segunda convocatoria.

Articulo 298.- (APLAZAMIENTO DE VOTACIÓN). Los accionistas que constituyen el veinticinco por ciento de las acciones presentes con derecho de voto, podrán solicitar un aplazamiento de la votación de cualquier asunto hasta por treinta días, sin necesidad de nueva convocatoria. Este derecho podrá ejercitarse sólo una ves sobré el mismo asunto.

Articulo 299.- (JUNTA SIN REQUISITO DE CONVOCATORIA). La junta podrá reunirse validamente sin el cumplimiento de los requisitos previstos para la convocatoria, y resolver cualquier asunto de su competencia, siempre que concurran accionistas que presten la totalidad del capital social. Las resoluciones se adoptaran por dos tercios de las acciones con derecho a voto.

Articulo 300.- (PETICIÓN DE INFORMES). Todo accionistas tiene derecho a pedir en la junta general informes relacionados con los asuntos en discusión.