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Thursday, January 9, 2014

OTRO EJEMPLO DE CONTRATO DE SOCIEDAD COMANDITARIA

                                                          OTRO EJEMPLO DE CONTRATO DE SOCIEDAD COMANDITARIA
SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA
En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de sociedad mercantil comanditaria que constituimos los otorgantes A.A. B.B., C.C., D.D., todos mayores de edad, comerciantes y hábiles por dere­cho, con sujeción a las siguientes estipulaciones:
Primera.- La sociedad girará bajo la razón social de “La Fortuna” S. en C. (En el nombre de la sociedad no deberá incluirse los nombres de los socios comanditarios); con domicilio en la ciudad de ………………… pudien­do establecerse sucursales o agencias en otras ciudades de la República o del exterior del país.
Segunda.- La sociedad se dedicará a (insertar en esta parte. las activida­des comerciales o fines sociales que le corresponderá desenvolver).
Tercera.- La sociedad tendrá una duración de …………… años computa­bles desde la fecha de suscripción de la escritura pública correspondiente, pudiendo liquidarse antes de dicho tiempo por decisión de la mayoría de los socios; por pérdida del 50% del capital y reservas; por el fallecimiento de alguno de los socios o por cualquier otra causa prevista en el Código de Comercio o en el Código Civil.
Cuarta.- Forman parte de !a Sociedad como socios gestores o colectivos los señores A.A. y B.B. y en calidad de socios comanditarios los señores C.C. y D.D..
Quinta.- El capital con el que girará la sociedad es de ……………. BOLI­VIANOS (Bs. …………) dividido en acciones de Bs. ……….. cada una; capital constituido con los siguientes aportes: socios comanditarios C.C. y ……….. con la suma de Bs. …………. cada uno, en dinero efectivo; el socio gestor o colectivo, Sr. A.A. , con la suma de Bs. ……….. que aportará en la siguiente forma: (Aquí especificar las fechas y montos en la forma más clara y circunstanciada) y, finalmente el socio gestor o colectivo, señor D.D., con el aporte de los siguientes bienes: (Acá. igualmente. especificar en la forma más clara posible la clase y calidad de los muebles o inmuebles aportados. estableciendo el justiprecio correspondiente de cada uno de ellos y fecha de entrega de los mismos conforme a lo previsto por el artícu­lo 150 del Código de Comercio).
Sexta.- Los socios comanditarios de acuerdo a lo prescrito por el artículo 188 del anotado Código de Comercio, no tendrán injerencia en el manejo administrativo del negocio, reservándose, sin embargo, el derecho de exa­minar, inspeccionar y vigilar la marcha del mismo; examinar los libros y documentos de la sociedad y tomar en caso necesario, las medidas judiciales que estimen convenientes en resguardo de sus intereses, ya direc­tamente o mediante apoderados legales.
Séptima.- Para los casos de ampliación de capital, emisión de nuevas acciones o cualquier modificación que afecte fundamentalmente la exis­tencia de la entidad social y de sus fines, se establece que la medida pertinente se adoptará por mayoría de votos y mediante escritura pública.
Se establece igualmente para los efectos de las votaciones, que se toma­rá en cuenta el voto personal de los socios sin tomar en consideración la proporción del capital aportado por éstos.
Octava.- Durante la vigencia del presente contrato social, ninguno de los socios podrá ejercer un negocio análogo, ni formar parte de entidades similares, bajo pena de responder por los daños y perjuicios que pueda ocasionar a la sociedad y de ceder todos los beneficios que obtenga en aquél.
Novena.- Anualmente se efectuará un Balance al 31 de diciembre y de las utilidades y pérdidas que éste arroje, se distribuirán los socios en la si­guiente proporción: (Aquí especificar el porcentaje de utilidades que co­rresponda a cada socio, estando prohibido por ley. beneficiarse únicamente con las ganancias y no soportar las pérdidas).
Décima.- Para el caso de disolución de la sociedad, por cualquiera causa, los socios se sujetarán a las siguientes normas generales, susceptibles de modificación de acuerdo a las circunstancias:
a) Se levantará un inventario y Balance General dentro del mes de haberse decidido ¡a disolución de la sociedad.
b) De las ganancias o pérdidas que resulten se distribuirán en la pro­porción establecida en la cláusula novena de este contrato.
c) Para el efecto se designará como liquidadores a ………….. o, en su caso a …………. o personas particulares.
d) Los liquidadores mensualmente darán parte a los socios sobre el estado de la liquidación.
e) Las sumas que se obtengan de la liquidación se depositarán en una cuenta especial hasta la conclusión de aquélla.
f) Para la venta de los bienes se someterá al remate precisamente.
g) Cualquier medida modificatoria de las reglas establecidas u otras que se adopten por la liquidación se resolverá por mayoría.
Décima-primera.- En caso de fallecimiento de alguno o algunos de los socios, silos sobrevivientes vieren por conveniente continuar con la socie­dad, podrán adoptar alternativamente las siguientes medidas:
a) Entregar a los herederos del socio fallecido la parte de capital y ga­nancias que corresponda en el término de ………….. días de acaecido el fallecimiento.
b) Decidir que los herederos, siempre que así lo estimen éstos, ingre­sen en la sociedad en representación de la parte del capital aporta­do por su causante.
Décima-segunda.- La Gerencia y Administración de los intereses socia­les quedará a cargo del socio Sr. …… con la siguientes faculta­des: usar de la firma social en todos ¡os actos que la represente; comprar toda clase de bienes muebles o inmuebles; librar y aceptar giros, che­ques, letras de cambio, pagarés, recibos y cuantos documentos sean ne­cesarios para la buena marcha del negocio; suscribir escrituras públicas y privadas; designar, contratar y despedir empleados y obreros. Para el efec­to, se fija las siguientes limitaciones: no podrá otorgar fianzas a favor de terceros en operaciones ajenas a la sociedad. Para hipotecar o vender muebles cuyo valor pase de Bs. …, necesitará autorización expre­sa de la mayoría de los socios, debiendo constar ello en acta.
Décima-tercera.- Cualquier divergencia en la interpretación de las estipu­laciones contenidas en el presente contrato, se someterá a la decisión de un Juez Arbitro designado por común acuerdo de partes, o en su defecto, por designación judicial de acuerdo a leyes pertinentes. Para el efecto se comprometen a acatar el fallo arbitral en única instancia renunciando ex­presamente a los recursos de apelación y de nulidad.
Décima-cuarta.- Nosotros A.A. (C.I. N°………………., B.B. (C.I. N°…………., C.C., (C.I. N° …………….. y D.D. (C.I. N° ………) declaramos nuestra absoluta conformidad con los términos estipulados precedentemente.
Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad para su plena validez.
Lugar y fecha.



                             Fdo. ……………………..              Fdo. ………………….

                             Fdo. ……………………..              Fdo. ………………….

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