ESCRITURA
SOBRE COMPRAVENTA DE ACCIONES SOCIALES E INGRESO DE NUEVO SOCIO EN SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
SEÑOR NOTARIO DE FE
PUBLICA
En el registro de escrituras públicas
a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de acciones sociales e ingreso
de nuevo socio en sociedad de responsabilidad limitada, al tenor de las
siguientes cláusulas:
Primera.- Dirá Ud. que yo, Magaly Cisneros y.
de Mola y mis hijos menores Filiberto y Lola Mola Cisneros, la primera por
derecho propio y los últimos en calidad de herederos del que en vida fue su
padre don Fausto Mola Villar, somos propietarios en conjunto de cinco mil
acciones o cuotas de la SOCIEDAD INDUSTRIAL “FENISIA” S.R.L., cuyo valor total
es de CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 50.000.-), pues cada acción tiene
valor de DIEZ 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 10.-), equivaliendo las cinco mil acciones
al dieciséis, sesenta y seis por ciento (16.66%) del capital social. Derecho de
propiedad que consta en la escritura pública N°……… de fecha ………….. de ………….
de……., extendida ante el Notario Público don ………………. así como en la sentencia
de declaratoria de herederos abintestato dictada por el señor Juez Instructor
…………….. en lo Civil de esta capital, Dr. …………………. en fecha ………………. de …………. de
………….
Segunda.- Al presente, ante la alternativa de
liquidación de la Sociedad, y por convenir a nuestros intereses, yo
Magaly Cisneros y. de Mola, por sí y como tutriz legal de mis
prenombrados hijos, los menores Filiberto y Lola Mola Cisneros, he decidido dar
en venta real y efectiva, como en efecto lo hago, en favor del señor Teodoro
Burgos, las indicadas cinco mil acciones de la empresa SOCIEDAD INDUSTRIAL
“FENISIA” S R L. por el precio libremente convenido de CINCUENTA MIL 00/100
BOLIVIANOS (Bs. 50.000.-), valor que recibo a tiempo de firmar la presente
minuta, en moneda de curso legal y corriente, de cuyo pago Ud., señor Notario,
hará constar expresamente, siendo yo Magaly Cisneros y. de Mola, directa
responsable de la parte o partes que corresponden en dicho precio a mis
precitados hijos menores.
Tercera.- Al efectuar la anterior
transferencia, queda convenido con el comprador, así como con los demás socios
de la firma, señores Salustino Arosemena y Tancredo Casas, que también
concurren al anterior otorgamiento en prueba de aceptación, que nosotros los
vendedores, quedamos desde la fecha, totalmente desvinculados de la sociedad,
sin derechos ni obligaciones por cualquier beneficio o responsabilidad que
pudiera surgir con motivo del giro social, especialmente por beneficios
sociales a los trabajadores, de los mismos que se hace cargo la Sociedad sin
limitación alguna.
Cuarta.- Que, como consecuencia lógica de la anterior
compraventa, el comprador señor Teodoro Burgos, ingresa a la Sociedad en
calidad de nuevo socio, en las mismas condiciones y participaciones que tenían
la vendedora señora Magaly Cisneros y. de Mola e hijos en conjunto,
ingreso al cual los socios, señores Salustino Arosemena y Tancredo Casas, dan
su plena y expresa aceptación, por exigirlo así la ley y las cláusulas que
rigen la vida de la Sociedad.
Quinta.- Nosotros, Teodoro Burgos, en calidad
de comprador y nuevo socio de la firma y, Salustio Arosemena y Tancredo Casas,
aceptamos y damos nuestra plena conformidad a todas las anteriores cláusulas.
Usted señor Notario, se dignará
agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad.
Lugar y fecha.
Fdo.
…………….. Fdo. …………… Fdo. …………….. Fdo. ……………
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