Contrato privado de anticresis que suscriben, por una parte, W.W. y, por
otra, Y.Y., bajo las condiciones y términos que se estipulan a continuación:
Primera.- Yo, W.W.,
mayor de edad y hábil por derecho, declaro que soy propietario legitimo de la
casa No._________, situada en el Pasaje "__________" de la
calle_________ de esta ciudad: derecho de propiedad que se encuentra inscrito
definitivamente en al Oficina del Registro de Derechos Reales bajo la Partida
No.________ en fecha________
de____________ de19________.
Segunda.- Al presente,
por convenir a mis intereses, en el referido inmueble, de mi libre y espontánea
voluntad, doy en contrato anticrético una habitación grande, otra pequeña y una
cocina, con acceso a servicio higiénico, uso de agua potable y servicios de
energía eléctrica, con todos sus uso, costumbres y servidumbre, en favor del
señor Y.Y. por el capital anticrético
libremente convenido de __________
(__________), los mismos que declaro haberlos recibido en moneda de
curso legal y corriente, a mi plena satisfacción.
Tercera.- El contrato anticrético tendrá una duración
de un años forzoso y otro voluntario. El
término del año forzoso será computable a partir de fecha __________ de________
de19____ hasta el ________ de ______de19___; fecha en la que, si no se llega a
un común acuerdo formal y escrito entre partes, con 15 días de anticipación por
los mes, para la vigencia del años voluntario, el contrato quedará
automáticamente fenecido, debiendo el anticresista, en consecuencia, procederá la devolución de los
ambientes en el mismo estado que lo recibió, procediendo en su caso, a la
reparación de los desperfecto o deterioros ocasionados por su culpa,
negligencia o descuido. Por su parte el
propietario, en la misma fecha estará en lal obligación de devolver el capital
anticrético.
Cuarta.- Conforme a la naturaleza de esta clase de
contratos, durante el tiempo estipulado, el anticresista no abonará canon de
alquiler alguno.
Quinta.- En caso de incumplimiento en la devolución
del capital anticrético o en la entrega de las habitaciones a su propiedad al fenecimiento del plazo establecido en la cláusula tercer, si no se suscribiera otro documento
prorrogando el contrato por el año voluntario, el presente instrumento tendrá
la fuerza ejecutiva necesaria y de plazo vendido, quedando facultad lal parte
afectada a iniciar la acción judicial respectiva, con imposición de daños,
perjuicios y costas del proceso para el infractor.
Sexta.- Nosotros. W.W.,
como propietario, poro una parte y Y..,
como anticresista por otra, damos
nuestra plena conformidad a las cláusulas estipuladas en el presente documento, el
mismo que, caso necesario, previo
reconocimiento de firmas y rúbricas,
surtirá efectos legales de instrumentos público.
Es firmado en doble ejemplar de un solo tenor y a un solo efecto, en el
ciudad de ______ a los ______ días del mes de _______ de mil novecientos
noventa y ____años.
Fdo._______________________ Fdo.___________________
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