Contrato privado de anticresis que
suscriben, por una parte, W.W. y, por otra Y.Y., bajo las condiciones y
términos que se estipulan a continuación:
Primera.- Yo, W.W. mayor de edad y hábil por
derecho, declaro que soy propietario legítimo de la casa N°……….., situada en el
Pasaje “ …………… ” de la calle ………….. de esta ciudad; derecho de propiedad que se
encuentra inscrito definitivamente en la Oficina de Registro de Derechos Reales
bajo la Partida Computarizada N°……. en fecha …… de ……….. de …………
Segunda.- Al presente. por convenir a mis
intereses, en el referido inmueble, de mi libre y espontánea voluntad, doy en
contrato anticrético una habitación grande, otra pequeña y una cocina, con
acceso a servicio higiénico, uso de agua potable y servicio de energía
eléctrica, con todos sus usos, costumbres y servidumbres, en favor del señor
Y.Y. por el capital anticrético libremente convenido de …………… (…………..),
los mismos que declaro haberlos recibido en moneda de curso legal y corriente,
a mi plena satisfacción.
Tercera.- El contrato anticrético tendrá una
duración de un año forzoso y otro voluntario. El término del año forzoso será
computable a partir de fecha ………….. de …………. de ………….. hasta el …………. de ………… de
………; fecha en la que, si no se llega a un común acuerdo formal y escrito entre
partes, con 15 días de anticipación por lo menos, para la vigencia del año
voluntario, el contrato quedará automáticamente fenecido, debiendo el
anticresista, en consecuencia, proceder a la devolución de los ambientes en el
mismo estado que los recibió, procediendo en su caso, a la reparación de los
desperfectos o deterioros ocasionados por su culpa, negligencia o descuido. Por
su parte el propietario, en la misma fecha estará en la obligación de devolver
el capital anticrético.
Cuarta.- Conforme a la naturaleza de esta clase de
contratos, durante el tiempo estipulado, el anticresista no abonará canon de
alquiler alguno.
Quinta.- En caso de incumplimiento en la devolución del
capital anticrético o en la entrega de las habitaciones a su propietario al
fenecimiento del plazo establecido en la cláusula tercera, si no se suscribiera
otro documento prorrogando el contrato por el año voluntario, el presente
instrumento tendrá la fuerza ejecutiva necesaria y de plazo vencido, quedando
facultada la parte afectada a iniciar la acción judicial respectiva, con
imposición de daños, perjuicios y costas del proceso para el infractor.
Sexta.- Nosotros, W.W., como propietario, por una parte
y Y.Y., como anticresista por otra, damos nuestra plena conformidad a las
cláusulas estipuladas en el presente documento, el mismo que, en caso
necesario, previo reconocimiento de firmas y rúbricas, surtirá efectos legales
de instrumento público.
Es firmado en doble ejemplar de un
solo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de ………….. a los ……………. días del mes
de ………………….. de dos mil tres años.
Fdo. …………………………… Fdo. …………………………
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