B)
OPERACIONES SOBRE MERCADERÍAS Y MUEBLES DE DIFERENTE NATURALEZA
·
Comprar
y/o vender muebles de toda clase, satisfaciendo o percibiendo su importe de
acuerdo a los precios estipulas, otorgando aceptando las garantías más convenientes.
·
Efectuar
permuta de bienes muebles que posea o pueda poseer el poderconferente, por
otros de igual o diferente naturaleza, fijando el valor y abonado o recibiendo
la diferencia que pueda resultar en su estimación.
·
Comprar,
vender o permuta mercaderías propias del negocio que desarrollo el mandante,
aceptando las facturas que correspondan y suscribiendo al efecto las de
aclaraciones de embarque, manifiesto y resguardo de depósitos.
·
Liberar,
endosar, avalar, intervenir, aceptar, cobrar y descontar letras de cambio y
demás documentos mercantiles emergentes de las opresiones de compraventa de
mercaderías protestar las letras que los clientes no hayan querido aceptar o
cancelar a su vencimiento y contestar a las actas de protesto los motivos que tenga para no
aceptar o pagar las letras girados por los vendedores o abastecedores.
·
Extender
extractos de cuentas de clientes o acreedores, aprobando o impugnando las que éstos envíen.
·
Verificar
despachos o envíos de géneros o mercancías por vía terrestre, marítima,
lacustre o aérea y recibir los que vengan consignados a nombre del mandante;
formular las oportunas reclamaciones contra las compañías de ferrocarriles,
navieras o empresas de transporte, por retraso
en su llegada o por desaparición de ellas, y proceder al cobro de las
indemnizaciones que convengan o a que fuera condenada las aludidas compañías o
empresas, mediante resoluciones judiciales o administrativas.
·
Practicar
cuantas operaciones pudiera hacer el mandante por sí, haciendo formal protesta
de dar por bien hecho todo lo actuado por el apoderado en su nombre.
No comments:
Post a Comment