MODELO
DE ESTATUTOS DE COOPERATIVA DE SINDICATO DE TRANSPORTISTAS
ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTISTAS
CAPITULO PRIMERO
DENOMINACION, OBJETO Y
DOMICILIO
Art.1.- Con la denominación SOCIEDAD
COOPERATIVA DE TRANSPORTISTAS “……………….”, se organiza en la ciudad de ………………… la
agrupación que reunirá en su seno a todos los trabajadores transportistas,
persiguiendo practicar los fundamentales principios del cooperativismo. La
sigla de esta organización será “ ……………”.
Para tal efecto se la cataloga como
Cooperativa de Servicios y Consumos, de acuerdo con los artículos 23 y 25 de
la Ley General de Cooperativas de 13 de septiembre de 1958.
Art.2.- Los objetivos y finalidades
serán:
a) Adquirir
con fondos propios toda clase de repuestos, herramientas y adminículos en
general para vehículos motorizados, los que serán vendidos a sus afiliados y
particulares.
b) Adquirir
igualmente, lubricantes en general para su realización en igual forma.
c) Importar
y adquirir a cualquier título vehículos nuevos y usados, para su venta entre
los afiliados y otros interesados.
d) Promover
la organización de flotas de transporte de pasajeros y carga en escala nacional
con vehículos en las vías públicas y carreteras.
e) Procurar
obtener la concesión de autorizaciones para la regularización y
estacionamiento de vehículos propios de la sociedad y de afiliados.
f) Obtener
toda clase de mercaderías para el transporte total por intermedio de sus
afiliados o cooperativistas.
g) Obtener
concesión de contratos con instituciones públicas y privadas para cualquier
clase de transporte que arroje beneficios económicos a la cooperativa y sus
asociados.
h) Fijar
las tarifas en cuanto al transporte de carga y pasajeros se refiere, según
líneas, tramos. rutas y caminos.
i) Acordar
la obtención de créditos y prestamos bancarios de casas comerciales y personas
particulares para la realización de todos sus objetivos y finalidades.
j) Adquirir
artículos de primera necesidad para el abastecimiento de socios y personas
particulares.
k) Procurar
la construcción de depósitos para almacenaje de mercaderías y buscar mejores
plazas para su venta.
1) Mantener
el espíritu de sociabilidad, solidaridad, cooperación y ayuda mutua entre sus
asociados.
Art.3.- El domicilio legal de la
cooperativa será la ciudad de …………….. ubicado en su sede social de la calle
……………….N° ………………..
Art.4.- El tiempo de duración será
indefinido y cesará de acuerdo a lo que se prescribe en estos Estatutos.
CAPITULO SEGUNDO
DEL FONDO SOCIAL
Art.5- El capital es de …………………….00/100 BOLIVIANOS
(Bs. ……………) representados por certificados de aportación de Bs. …………….. cada
uno, aportados por cada socio a tiempo de suscribirse y del valor correspondiente
al inmueble y muebles de propiedad del Sindicato de Transportistas “……………….” que
pasan a formar el fondo social de la Cooperativa por decisión de la Asamblea
General.
Art.6.- Funcionará el fondo social, además, con las
aportaciones que hagan nuevos socios, los que serán indefectiblemente
transportistas, debidamente aceptados por la Asamblea General.
Art.7.- Se destinará al fondo de reserva el …………………. por
ciento de las operaciones liquidas.
Art.8.- Los dividendos que ganarán los certificados de
aportación de cada socio cooperativista, será fijado por la Asamblea General, no
pudiendo, empero, exceder del por ciento mensual.
Art. 9.- La cuota de ingreso a la Cooperativa será de
Bs. ………………. pagaderos al tiempo de inscribirse.
Art.1O.- La responsabilidad de la Sociedad y la de los
socios queda limitada al capital social declarado.
CAPITULO TERCERO
DE LOS CERTIFICADOS
DE APORTACION
Art.11.- Los certificados de aportación son
individuales y nominativos, y representan la acción de cada cooperativista en
el fondo social.
Art.12.- Los certificados serán impresos y de número
correlativo, debidamente firmados por el Presidente, Administrador, Tesorero y
llevaran el sello de la Cooperativa.
Art.13.- Los certificados y acciones podrán
transferirse entre cooperativistas, de manera que cada uno podrá detentar
hasta tres acciones incluyendo la primitiva; siendo prohibida la transferencia
a particulares, bajo pena de perder su derecho propietario.
Art.14.- En caso de pérdida de la acción o certificado,
el interesado probara este extremo ante el Consejo de Administración para
obtener el duplicado, previa anulación del anterior.
Art.15.- Los certificados de aportación podrán ser
pagados en efectivo, mercaderías o carga a la par previa tasación y liquidación
del interés ganado por el cooperativista con arreglo al Capítulo Sexto de estos
Estatutos.
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