SEÑOR NOTARIO DE
FE PÚBLICA
En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase instar una de
sociedad mercantil comanditario que obstruimos los otorgar A.A. B.B.
, C.C. , D.D. , todos mayores
de edad, comerciantes y hábiles por derecho, con sujeción a las siguientes
estipulaciones.
Primera.- La sociedad girará bajo la razón social de
"La fortuna" S. en C. (En el nombre de la socieda no
deberá incluirse los nombre de los socios comanditarios); con domicilio en la
ciudad de _____, pudiendo establecerse o agencias y otras ciudades de al
Repúblicas o del exterior del país.
Segunda.- La sociedad
se dedicará a (insertar en esta parte, las actividades comercio fines
sociales que le corresponderá desenvolver)
Tercera.- La socieda
tendrá una duración de______ años computables desde la fecha de suscripción de
la escritura publica correspondiste, pudiendo liquidarse antes de dicho tiempo
por decisión de la mayoría de los socios, o por
pérdida del 50% del capital y reservas, por el fallecimiento de alguno
de los socios o por cualquier otra causa prevista en el Código de Comercio o en el Código Civil.
Cuarta.- Forman parte
de la Sociedad como socios gestores o colectivos los señores A.A. y
B.B., y en calidad de socios comanditarios los señores C.C. y D.D.
Quinta.- El capital con
el que girará la sociedad es de ______ BOLIVIANOS (Bs.______), dividido en
acciones de Bs._____- cada una; capital constituido con los siguientes aportes:
socio comanditarios C.C. y D.D. con la suma de Bs.______________ cada
nao, en dinero efectivo; el socio gestor o colectivo, Sr., A.A., con la suma de Bs.______ que aportará
en la siguiente forma (Aquí especificar las fechas y montos en la forma mas
clara y circunstanciada). y,
finalmente el socio gestor o colectivo, señor
D.D., con el aporte de los siguientes bienes: Acá queremos
especificar en forma más clara posible la clase de bienes, estableciendo el
justiprecio correspondiente en cada uno de ellos y fecha de entrega de los
mismos conforme al artículo 150 del Código de Comercio.
Sexta.- Los socios
comanditarios de acuerdo al artículo 188 del Código de Comercio no tendrán
ingerencia en el manejo administrativo, reservándose sin embargo el derecho de
examinar y vigilar la marcha del mismo, examinar los libros y documentos de la
propiedad y tomar en cada caso necesario las medidas judiciales más
convenientes en resguardo de sus intereses, ya directamente o mediante
apoderado legal
Séptima.- Para los casos de ampliación de capital,
emisión de nuevas versiones o cualquier especificación que afecte
fundamentalmente la existencia de la entidad social o de sus fines, se
establece que la medida pertinente se aceptará con mayoría de votos y mediante
escritura pública.
Se establece igualmente para los efectos de las votaciones, que se
tomarán en cuenta el acto personal de los socios sin tomar en consideración la
proporción de capital aportada por estos.
Octava.- Durante la vigencia del presente contrato
social, ninguno de los socios podrá ejercer un negocio análogo, ni formas parte
de entidades similares bajo pena de responder por los daños y perjuicios que
fuera a ocasionar a la sociedad, de ceder todos los beneficios que obtenga en
aquel.
Novena.- Anualmente se efectuará un balance al 31 de
diciembre de las utilidades y pérdidas que éste arroje, se distribuirán los
socios en la siguiente proporción: (Aquí especificar el porcentaje de
utilidad que corresponda a cada socio, estando prohibido por ley, beneficiarse
únicamente con las ganancias y no soportar las pérdidas)
Décima.- Para el caso
de solución de la sociedad, por cualquiera causa, los socios se sujetaran en
las siguientes normas generales, susceptibles de modificación de acuerdo y circunstancias:
· Se levantará un inventario y Balance General
dentro del mes de haberse decidido la disolución de la sociedad.
· D e las ganancias o pérdidas que resulten se
distribuirán en la proporción establecida en al cláusula novena de este
contrato.
· Para el efecto se designará como liquidadores a
___________ o, en su caso a _________ o personas particulares.
· Los liquidadores mensualmente darán parte a los
socios sobre el estado de la liquidación.
· Las sumas que se obtengan de la liquidación se
depositarán en una cuantas especial hasta la conclusión de aquélla.
· Para la venta de los bienes se someterá al
remonte precisamente.
· Cualquier mediada modificadora de las reglas
establecidas y otras que se adopten por al liquidación se resolverá por
mayoría.
Décima-primera.- En
caso de fallecimiento de alguno o algunos de los socios, si los observantes
vieren por conveniente continuar con la sociedad, podrán adoptar
alternativamente las siguientes medidas:
a) Entregar a los herederos del
socio fallecido la parte de capital y ganancias que correspondan en el término
de ______ días de acaecido el fallecimiento.
b) Decidir que los herederos,
siempre que así lo estimen éstos, ingresen en la socieda en representación de
la parte del capital aportado por su causante.
Décima-segunda.- La
Gerencia y Administración de los intereses sociales quedara a cargo del socio
Sr.________; con las siguientes facultades: usar de la firma social en todos
los actos que la represente; compara todo clase de bienes muebles o inmuebles;
librar y aceptar giros, cheques, letra de cambio, pagarés recibos y cuantos
documentos sena necesarios para la buena marcha del negocio; suscribir
escrituras públicas y privadas; designar, contratar y despedir empleados y
obreros. Para el efecto, se fija las
siguientes limitaciones; no podrá otorgar fianzas a favor de terceros en
operaciones ajenas a la sociedad. Para
hipotecar o vender muebles cuyo valor pase de Bs._______; necesitará
autorización expresa de la mayoría de los socios, debiendo con notar ello en
acta.
Décima-tercera.-
Cualquier divergencia en al interpretación de las estipulaciones contenidas en
el presente contrato, se someterá a la
decisión de un Juez arbitro designado por común acuerdo de partes, o en su
defecto, por designación judicial de acuerdo
a leyes pertinentes. Para el
efecto se comprometen a acatar el fallo arbitral en única instancia renunciando
expresamente a los recursos de apelación y de nulidad.
Décima-cuarta.-
Nosotros A.A. (C.I. No.________);
B.B. (C.I. No: _______),
declaramos nuestra absoluta conformidad cláusulas de estilo y seguridad para su
plena valides.
Lugar y fecha
Fdo.________________
Fdo._______________
Fdo._______________ Fdo.______________
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