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Friday, April 11, 2014

MODELO DE ESTATUTOS PARA SINDICATOS DE TRABAJADORES - CAPITULO 9

CAPITULO IX
De la Asamblea General
Art. 23.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cada mes y ex­traordinariamente cuando sea convocada por el Directorio o por un núme­ro de diez socios.
Art. 24.- El quórum reglamentario de sesiones se establece con la asis­tencia de la mayoría absoluta de socios. Empero, silos socios que consti­tuyen dicho quórum reglamentario no concurrieren, previa citación, se pro­cederá a hacer una segunda convocatoria, la que se llevará a efecto con el número de socios asistentes. En las reuniones queda terminantemente prohibido tratar asuntos políticos o confesionales.
Art. 25.- La Asamblea General, principalmente, tendrá las siguientes atri­buciones:
a)       Elegir por mayoría de votos a los miembros del Directorio, cuyo período de funciones será de un año;
b)      Decretar la expulsión de los socios cuando haya causa justifi­cada, de acuerdo con los presentes estatutos;
e)       Ordenar los gastos mayores de ……………..que no se hayan incluido en presupuesto;
d)      Aprobar, observar o rechazar el presupuesto de gastos;
e)       Revisar trimestralmente los balances que le presente el Direc­torio;
f)       Remover a los miembros del Directorio cuando estatutaria o legalmente haya motivo para ello;
g)      Declarar la huelga, previo cumplimiento de los trámites lega­les pertinentes y con la aprobación de las dos terceras partes de los miembros del Sindicato;
h)      Aprobar, corregir o modificar ¡05 reglamentos o resoluciones dictados por el Directorio;
i)       Celebrar convenios y dictar acuerdos y resoluciones de con­formidad con la orientación político-sindical que estos estatu­tos lo permitan;
j)          Reformar los presentes estatutos y efectuar los trámites perti­nentes ante las autoridades respectivas para su aprobación y legalización;
k)      Fijar las cuotas extraordinarias que sean necesarias para el funcionamiento del Sindicato, previa aprobación de las dos ter­ceras partes de socios asistentes a la respectiva Asamblea General;

1)      Nombrar, llegado el caso, a los liquidadores y decretar la diso­lución del indicado, previa aprobación de las tres cuarta par­tes de sus miembros, en tres sesiones que se verificarán en tres días diferentes.

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