MODELO
DE TESTIMONIO DE PODER ESPECIAL, AMPLIO Y SUFICIENTE OTORGADO POR NOTARIO
PUBLICO. (EN PAPEL SELLA DO DE LEY)
(Sello y rúbrica
del Notario)
CORRESPONDE
N°……………………
PODER ESPECIAL, AMPLIO Y SUFICIENTE QUE
CONFIERE LA SEÑORITA B.M.M., EN FAVOR DEL SEÑOR R.S.L………………………….
En la ciudad de …………………………, horas
(literal) del día (literal) del mes de ……………… (literal) de dos mil ……………años.- Ante
mí: el Abogado V.T.M., Notario de Fe Pública de ……………… Clase de este Distrito
Judicial y testigos que al final se nombran y suscriben, fue presente la
señorita: B.M.M., mayor de edad, soltera, (Profesión), natural de (lugar de
procedencia), C.I. N°………………. (o número de pasaporte internacional), hábil por
derecho, a quien de identificarle doy fe y dijo: Que, confiere poder especial,
amplio y suficiente, cual por derecho se requiere, en favor del señor R.S.L.,
de profesión ……………………. con C.I. N°…………………… para que en nombre y representación
de su persona, acciones y derechos, se apersone ante el Juzgado de ………………… de
esta capital, para intervenir, tramitar y proseguir en todas sus instancias, el
juicio social que tiene iniciado contra (el nombre de la persona o entidad) sobre
cobro de salarios devengados y beneficios sociales. Al efecto, le confiere las
más amplias facultades para presentar memoriales, ofrecer y producir pruebas,
tachar las contrarias, asistir a audiencias, apelar, recurrir de nulidad,
recusar, compulsar, pedir excusas, ocurrir en queja, transar, desistir, admitir
desistimientos, propugnar e impugnar dictámenes fiscales, pedir revocatorias,
complementaciones, enmiendas, notificaciones, mandamientos y embargos;
solicitar informes, certificados, testimonios, copias legalizadas, copias
fotostáticas, inspecciones oculares y cuanta diligencia sea necesaria hasta la
conclusión del proceso. Del mismo modo, en representación de la poder conferente,
intervendrá en toda clase de juicios civiles, ya sean ordinarios de hecho o da
puro derecho, interdictos, ejecutivos o de cualquier otro procedimiento
especial, con las más amplias atribuciones y facultades señaladas
precedentemente. En suma, podrá el mandatario, hacer en general, todo cuanto
sea necesario a la buena marcha del proceso laboral, muy especialmente en lo
que se refiere a cobrar y percibir costas; facultades todas estas de las que
podrá hacer uso también según los casos en los procedimientos judiciales que
interviniere en representación de la poder conferente. En cuya representación,
podrá, igualmente intervenir en toda clase de juicios criminales, ya sea como
encausada o como denunciante, querellante o parte civil. En tales casos, podrá
oponer excepciones previas y perentorias; oponer y tramitar cuestiones e
incidentes, ofrecer toda clase de pruebas de cargo y descargo, pedir detenciones,
arraigos, extradiciones, concurrir a debates, asistir a toda clase de
actuaciones, exigir y obtener el pago de daños civiles, alegar en conclusiones,
apelar y recurrir de nulidad con amplias facultades. Finalmente, el mandatario,
podrá sustituir y reasumir en todo o en parte, cuantas veces fuere pertinente
el presente mandato y, proceder en general a realizar y ejecutar todo cuanto
fuera necesario a la buena marcha y atención de los procesos y asuntos en que
intervenga, sin que por falta de cláusula expresa pueda negársele personería.
Así dijo, lo otorga y firma previa lectura de principio a fin sin observación
en su tenor, juntamente con los testigos Y. de Z. y J.P, mayores de edad,
vecinos de esta ciudad y hábiles por derecho.- Doy fe. …………….
Fdo. B.M.M.,C.I. N°………………… Conferente
……………………… Fdo. Y .de Z. ……………………… J.P. …………….. Testigos. ………………… Ante mí:
……………. Fdo. Dr. V.M. T. ………………….. Notario de (Primera o Segunda clase) Sello y
signo notariales……………………
Concuerda.- El presente testimonio con el
protocolo original de su referencia al que en caso necesario me remito ……………….
Lo autorizo, signo, firmo y franqueo
en la ciudad de……………. a los (tantos) días de su otorgamiento o (a los ………….. días
del mes de ………………. de mil novecientos noventa y años). Doy fe.
(Sello y signo del
Notario). Firma del Notario de Fe Pública.
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